Blog de Arturo Yáñez Cortes

¡Sálvese quien pueda!: El futuro de la abogacía

Sostiene que así como en prácticamente el resto de todas las profesiones y oficios, la era de la automatización impactará notablemente en el inmediato futuro en el ejercicio profesional de la abogacía, existiendo el riesgo que podamos ser reemplazados por la inteligencia artificial de las computadoras.

Lo peor es que ese futuro ya está aquí a través del uso de robots en tareas de búsqueda de jurisprudencia y doctrina que están reemplazando a los colegas que antes hacían ese trabajo; existen ya plataformas de internet que prestan servicios legales en línea –con tarifas mucho más baratas que las que cobran bufetes por hora y otras incluso son gratuitas; programas que resuelven diversas disputas en línea e incluso, los algoritmos podrían en el futuro realizar la labor de jueces y mediadores, resolviendo disputas: cita a investigadores que afirman que en aproximadamente 5 a 10 años, los algoritmos podrán probablemente manejar y resolver todas las controversias, incluyendo instancias de apelación, sin la intervención de algún árbitro humano.

Producto de la amplia investigación realizada para esa nueva obra, nos muestra que ya actualmente una cantidad importante de trámites sobre transacciones de inmuebles y vehículos, testamentos, acuerdos prenupciales y registros públicos, son realizadas en línea, sin la participación o con menor participación de los abogados y que acaba de surgir una nueva disciplina que predice –por algoritmos- las reales posibilidades de ganar un pleito. También existen servicios en línea que disponen de enormes bases de datos que adelantan las posibilidades de aprobación de patentes o hasta las tendencias de voto de jueces y tribunales sobre determinados asuntos. Incluso, ya se usa programas informáticos que evalúan la competencia de los grandes bufetes y sus abogados, permitiendo a los clientes evaluarlos antes de contratarlos, de forma que ofrecen rankings que en función al caso particular y previa consulta a esas bases de datos, ofrecen al interesado el mejor abogado posible o varias alternativas disponibles.

Entre sus ventajas se destaca a que todo el anterior panorama devendrá no sólo por cuestiones estrictamente económicas (menores costos), sino también porque actualmente las Cortes no dan abasto a la enorme cantidad de causas generando altos niveles de retardación de justicia –por si caso, no es un “perjuicio burgués”-, que las empresas y ciudadanos no están dispuestos a esperar años para resolver conflictos gastando sus recurso de tiempo y dinero y hasta que las computadoras no pueden ser influenciadas por factores o poderes externos – el partido, el jefazo, la plata, el cobro por la factura de la designación, etc- .

Eso sí, pese a todo el pronóstico no es tan malo para nuestra profesión cuando destaca que no todas nuestras áreas de trabajo podrán automatizarse, siendo actualmente principalmente aquellas tareas de revisión de documentación, búsqueda de antecedentes legales y análisis predictivo de posibilidades de éxito, lo que podrá permitirnos liberarnos de ese tipo de tareas en términos de tiempo y uso de recursos, permitiendo concentrarnos en el análisis estricto del caso y, por supuesto en la preparación y su litigio.

El autor pronostica que aún así, los abogados tendremos más clientes, lo que será facilitado por la aplicación de la automatización y la disponibilidad de más tiempo para dedicarnos a las tareas que no podrán ser realizadas por las máquinas –por ejemplo, los juicios orales-, tampoco las computadoras podrán reemplazarnos en la relación personal con el cliente que implica un alto grado de confianza e incluso, gracias a la inteligencia artificial, podremos disponer de mayores y mejores herramientas que terminarán facilitando nuestro trabajo. En fin, por el momento cabrá remitirse a aquello de BRANDT: “El futuro no va a ser dominado por aquellos que están atrapados en el pasado”.

PAREMIOLOCOGI@
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Supremo servilismo

Por un lado, aunque para quienes conocemos la interna del Judicial no constituye ninguna sorpresa, el discurso del Presidente del TSJ (por si algún ingenuo aún le cabría alguna duda) prueba más allá de toda duda razonable la vergonzosa sumisión al oficialismo de ese órgano apodado en la CPE de independiente, pues como algún colega escribió –“thantha bolchevique”- estuvo conveniencieramente adornado para contentar a su jefazo de arengas propias de algún sindikathu cooptado por el oficialismo en alguna plazuela, huyendo tocar temas de relevancia –independencia, carrera judicial, etc-, poniendo en evidencia una preocupante desubicación.

Si bien señaló que su zalamería no era institucional sino personal, ocurre que tratándose de la inauguración anual de actividades de un órgano estatal, tengo serias dudas sea pertinente llunkhearse públicamente de tal manera a su jefazo, interpretando la canción de agrado de sus oídos. Sólo le faltó entonar el himno con el puño izquierdo en alto y proclamar al binomio trucho.

Sin olvidar las desatinadas generalizaciones contra los medios de comunicación que también cacarean ese discurso oficialista contra todo el que piensa diferente a su credo y, sus lloriqueos contra el Word Justice Proyect que mide el índice de estado de derecho (entre ellos, la separación de poderes) situando a la justicia pluri entre las 10 peores del mundo https://worldjusticeproject.org/sites/default/files/documents/2017-18%20ROLI%20Spanish%20Edition.pdf, continuó reptando llegando al clímax del desprecio de los derechos ciudadanos, señalando: “No existe retardación de justicia y lo que hay es un prejuicio burgués”: ¿Qué dirán las miles de víctimas de retardación –imputados, victimas, demandantes, demandados-? pues producto de ello es que Bolivia puntea el vergonzoso record de índice de presos sin condena (más del 70% el año recién pasado) o de hacinamiento carcelario (270%). Trágico que el Presidente del Órgano responsable de ese estado, lo ¿ignore? …

otro lado, luego de semejante ejercicio zalamero el jefazo no pudo ocultar su satisfacción, señalando como no podía ser de otra manera haber quedado inspirado en su confianza para cambiar la justicia, cerrando el acto con la pregunta del millón: ¿Por qué Bolivia no puede ser referente mundial en el ámbito judicial?.

Pues Presidente, créame que lo es. Precisamente entre muchos otros, ese informe del WJP sobre el índice de estado de derecho que desató la furia del supremo prueba que Bolivia ocupa el puesto global 104 de 113 en la categoría de límites al poder gubernamental; 110 de 113 en ausencia de corrupción; 92/113 en la de Derechos Fundamentales; 101/113 en orden y seguridad; 111/113 en justicia civil y, 112 de 113 en justicia penal a nivel mundial; en este último rubro, logramos los peores índices en investigaciones efectivas; impartición de justicia puntual y efectiva; sistema penitenciario efectivo; ausencia de corrupción; influencias indebidas y claro, respeto del debido proceso. Todo un referente mundial, pero de ineficiencia. No cabe más remedio que aplicar la denominada “Ley de Campoamor”: “En este mundo traidor, nada es verdad ni mentira, todo es según el color del cristal con que se mira”. La sancionó, Ramón de CAMPOAMOR Y CAMPOSORIO.

PAREMIOLOCOGI@
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Una política sin barreras

Tratándose del pluri, sostengo desde hace tiempo que la democracia dejó de existir, cuando el régimen acaparó todos los órganos estatales, sus organismos de control, irrespetó los DDHH e incluso, acaba de truchar los mismísimos “derechos humanos” para perpetuarse ilegítimamente en el poder, pasándose por el orto la máxima instancia de decisión ciudadana como es el referéndum 21F; en fin: le mete nomás por encima de todo lo que no sean los delirios totalitarios de su jefazo.

Empero volviendo a ese muy interesante libro, si bien gran parte de lo que expone resulta perfectamente aplicable al caso boliviano, sus capítulos “La subversión de la democracia” y “Las barreras de la democracia” los entiendo especialmente aplicables al estado del arte plurinacional.

Sus autores explican que para que una democracia funcione, existen dos reglas fundamentales: a) la tolerancia mutua y b) la contención institucional, pues enseñan a los políticos como comportarse para que las instituciones funcionen. La primera consiste en la disposición colectiva de los políticos a acordar no estar de acuerdo, sin que ello signifique que se traten como enemigos buscando eliminarse y la segunda, en evitar realizar acciones que si bien podrían incluso hasta formalmente respetar la ley escrita, vulneran claramente su espíritu, lo que acarrea que no usen sus prerrogativas institucionales desenfrenadamente, ya que podrían poner en peligro al sistema democrático.

Cuando los partidos se contemplan como enemigos mortales, sus apuestas se disparan desmesuradamente: perder una elección deja de ser un aspecto rutinario y aceptado del proceso político y, se convierte en una catástrofe, con lo que se ven tentados de abandonar toda contención, no sólo legal sino de cualquier otra índole: le meten nomás. El resultado es una política sin barreras; en palabras de Nelson, un “ciclo de extremismo constitucional creciente”.

De esa manera, la competencia política queda convertida en una guerra y las instituciones estatales, que debieran servir para protegernos a todos los ciudadanos, se transforman en armas que cotidianamente les agreden –piensen en la Policía, las FFAA, la Justicia o la Defensoría– poniendo al sistema, al borde del precipicio.

Seguro el lector ya habrá advertido a partir de lo brevemente expuesto, lo perfectamente aplicable de aquellos razonamientos a nuestra realidad: todos los días soportamos asqueados las acusaciones de ambos lados –aunque con mayor énfasis de parte del régimen por su dominio de los medios– en sentido que de no ser de ellos, los otros harán lo peor de lo peor y, por supuesto como explican ambos autores, ello conlleva a que la defensa de la democracia sea utilizada como pretexto para su subversión.

Piensen por ejemplo, en la última estrategia envolvente de las “elecciones” primarias, proclamadas por los embusteros oficialistas como destinadas a fortalecer el, dicen ellos, “sistema democrático”, cuando todos sabemos que sólo son una burda estrategia para intentar –misión imposible– legitimar al binomio trucho y, encima botando a la basura 27 millones de bolivianos, de nuestros bolsillos.

Los autores recomiendan para combatir y superar esas distorsiones que los grupos opositores deben utilizar los canales institucionales, siendo firmes para preservar, en lugar de vulnerar, las reglas democráticas. Las coaliciones, si bien son importantes, no bastarán para defender por sí mismas la democracia, debiendo superar las temporales divergencias para encontrar un terreno común para la defensa del sistema, pues: “Perder la democracia es mucho peor que perder unas elecciones”. Levitsky – Ziblatt.

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Carta de la ciudadanía boliviana, al niñito Jesus

Paz, amor y felicidad, de forma que vivamos en un verdadero estado sujeto al imperio del Derecho, en el que nadie, absolutamente nadie, se ponga por encima de la Constitución (incluyendo aquella que hizo aprobar en un cuartel en medio de una masacre) o de sus propias leyes (aquellas que ordenó a sus asambleístas levanten su mano, para sancionarlas).

Ayúdanos a construir una genuina democracia que no sea otra estrategia envolvente no más, de forma que todos, absolutamente todos, sin importar como seamos, como pensemos o donde vivamos, tengamos igualdad de oportunidades entre nosotros y, por supuesto ante quienes –circunstancialmente- administran el estado. Que éste sirva para darnos mejores condiciones de vida a todos y no sólo las cúpulas de quienes lo tienen capturado para sus delirios personales.

Seamos tratados por tanto igualitariamente, sin importar si somos de la izquierda o de la derecha (si aún existen aquellas categorías de la antigua guerra fría); (neo) liberales o pluris; cambas, collas o chapacos; citadinos o campesinos.

Líbranos de que las personas sean castigadas, perseguidas o discriminadas por lo que piensan, sienten, dicen o escriben; que nos respetemos pensemos como pensemos; incluyendo aquellos que sólo cacarean las órdenes de su jefazo o, quienes usando nuestro natural discernimiento, las cuestionamos.

Regálanos una justicia de a de veras. No aquella que se ha prostituido ante el partido confeccionándole a su medida un ridículo “derecho humano” para afianzar su dictadura y no rendir cuentas de sus crímenes. Tampoco esa tuerta que persigue a quienes ordena el jefazo y encubre a sus conmilitantes (salvo algunos fusibles destinados a inmolarse). Menos aquella en la que aparecen milagrosamente de altos cargos quienes pierden por goleada las elecciones, cuyo único mérito es legalizar las arbitrariedades del régimen, lavar diligencias y ayudar a meterle no más. No permitas que sigan disfrazados de jueces, aquellos militantes azules que son los judas de la justicia: juristas del horror.

No dejes que los policías llamados a proteger a la ciudadanía sean del partido que sean o piensen como piensen, siga convertida en una guardia pretoriana al servicio de su jefazo, haciendo gala de su prepotencia, ignorancia y servilismo. Permite que se acuerden de aquello que sonaba tan nice: por el bien de todos contra el mal de pocos, en vez de por el bien del partido y contra el mal del resto.

Logra que nuestras FFAA otorguen seguridad a todos los ciudadanos cuidando nuestras fronteras y no se dediquen sólo a atarle los watos a su jefazo, vivando incluso a quien intentó liquidarlos, cacareando sus sangrientas consignas.

No permitas que nuestros “diplomáticos” que –juran- representarnos, continúen haciendo papelones internacionales en todo foro mundial o regional que asisten, apoyando a una calaña de hampones impresentables, integrando el tristemente célebre club de los dictadorzuelos. Que a nadie se le ocurra caer en el cinismo de decir que los resultados del referéndum no son vinculantes o que hay seres humanos sin derechos fundamentales en foros de DDHH, ni en ninguna otra palestra.

Líbranos de la banda de los 4, recientemente reloaded por los 7 serviles, militantes disfrazados de jueces electorales. Que hagan de árbitros electorales y no de carniceros de la voluntad popular, Señor.

En fin, haz el milagro que los bolivianos no vendamos nuestra conciencia por las migajas del banquete del poder y aprendamos a respetar (nos) y respetar los derechos de nuestros hermanos. Que ningún phajpaku les haga creer que es salvador. AMEN, NO MAS.

PAREMIOLOCOGI@
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Prevaricadores electoreros

No es que me extrañe su proceder (lo raro fuera que cumplieran las leyes y no obedecieran a su amo), pero suponiendo que se trata de seres pensantes, veamos el avanzado grado de necedad con el que procedieron. Ese su reglamentito, señala: “40. II. Las demandas de inhabilitación serán presentadas por escrito ante Secretaría de Cámara del Tribunal Supremo Electoral acompañando la prueba que demuestre la existencia de alguna o algunas de las causales de inhabilitación establecidas en la Constitución Política del Estado y en la Ley. El Tribunal Supremo Electoral admitirá solo aquellas demandas que tengan relación con el incumplimiento de requisitos e incompatibilidades. Las demandas que no cumplan esta condición serán rechazadas sin mayor trámite”.

El aludido art. 168 de la CPE, no deja lugar a dudas cuando ordena: “El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.

Como cualquier persona sabe, siendo imperdonable lo “ignoren” tratándose de altos cargos de la administración electoral que hacen de jueces, el art. 410 de la CPE (denominado supremacía constitucional) ordena: “Todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la presente Constitución. II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa”.

Consecuentemente, sin necesidad de ser un gran jurista sino sólo con poner a funcionar de la manera más elemental y rudimentaria el intelecto, sería imposible evitar concluir por lo menos: a) que la impugnación se enmarcó taxativamente en el incumplimiento del art. 168 de la CPE, por el binomio trucho; y, b) que precisamente por orden de la misma CPE que –reitero- constituye la norma suprema del ordenamiento jurídico, jamás puede aplicarse un reglamento, por encima de la misma CPE. Por ello, lo así resuelto no solo asombra por la flagrante prevaricación que contiene el “argumento” sino ofende la inteligencia de quienes lo vomitaron y, por supuesto, la de los ciudadanos, que tan opas no somos.

Por supuesto, esos actos caben matemáticamente por lo menos dentro de los delitos de prevaricato y resoluciones contrarias a las Leyes y la Constitución, pero como benefician a quienes tienen sometidos a los operadores de justicia, será –por ahora- imposible ajusticiarlos. Acuérdense por ejemplo, de los perpetradores de la SCP No. 084, hoy aún impunes y hasta gozando de peguitas gubernamentales como parte del cobro de la factura, por su prevaricato.

Así el estado de la náusea, resulta imposible no sostener algo diferente que el estado plurinacional ha degenerado en un estado salvaje en el que rige la ley del trucutú (el más bruto) y ya, nada tiene que ver con un estado democrático sujeto al imperio del Derecho, en el que absolutamente nadie esté por encima del bien y del mal, peor de la Ley y la Constitución; pues el sistema de administración de justicia –salvando muy pocas excepciones que sobreviven- cuya función principal y razón de ser radica en ponerle límites al poder, ya no sirve para nada que no sea meterle no más como carniceros de no sólo las leyes, la CPE, sino hasta del sentido común, con tal de agradar a su amo. Ingo MULLER (célebre autor de “Los Juristas del Horror”) dice precisamente: “Alemania sufrió horrores con “juristas” politizados, fanáticos convencidos y mentes primitivas, de que en un proceso revolucionario, como lo fue el nacionalsocialista alemán, la justicia se sometía a la voluntad del Führer, quien estaba por encima del bien y del mal”. ¿Estamos así?...

PAREMIOLOCOGI@
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!!! Dictadura es !!!

Si nos atenemos a la más simple de sus definiciones (del mataburros on line) consiste en el: “Sistema político que defiende la soberanía del pueblo y el derecho del pueblo a elegir y controlar a sus gobernantes”, no será difícil concluir (salvo un avanzado y putrefacto estado de servilismo) que, para empezar aquí aquella soberanía plasmada en su mecanismo más importante como es el referéndum del 21F ha sido pasado por el orto, primero por el Tribunal Constitucional del régimen mediante su SCP 084 y luego rematado por su Electoral. Con ese modus operandi, se ha metido por la chimenea a las próximas elecciones, pese a no estar habilitado de la elemental comprensión del art. 168 de la CPE: “El periodo de mandato del Presidente y Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua” e incluso, no olviden, que por lo mismo incluso ya la actual 3ª gestión es inconstitucional.

Tampoco sus actos son controlados, incluso por los legalmente obligados para ello. No existe Tribunal, Policía, Fiscalía, Defensoría o Contraloría que –siendo independientes- puedan de manera efectiva, ponerle límites a su proceder –que le mete no más- pues sus Tribunales le falsearon un “derecho humano” para perpetuarse como candidato; su Policía se ha deformado en su guardia pretoriana; su Fiscalía le hace el trabajo sucio de perseguir a quien se le opone y encubrir sus flagrantes delitos; su Defensoría sólo mira hacia el lado que le conviene y, su Contraloría hace mutis por el foro. Ni que decir de sus FFAA, atan watos no más.

Peor si profundizamos el concepto y añadimos que entre las principales características de la democracia está el respeto de los DDHH de todos los ciudadanos, la situación es desastrosa. Bastará insistir que por obra de su “Tribunal Constitucional”, se le ha confeccionado a su medida un flamante “derecho humano” para perpetuarse como candidato, prostituyendo la joya más preciada del Sistema Interamericano de DDHH, su Convención en esa materia y “olvidando” que fue creada para poner límites al ejercicio arbitrario del poder y no para tenderle la cama, pues como ordena su art. 32 sobre correlación entre deberes y derechos (“olvidado” por sus secuaces disfrazados de jueces): “Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás”.

Detengámonos, dentro de aquellos DDHH en algunos de sus principales. La Libertad, ¿realmente se respeta por el régimen?. Por ejemplo, la libertad de expresión, si bien pese a sus burdos intentos, por el desarrollo principalmente de las RRSS no puede ser suficientemente controlada, nadie puede negar que se utiliza vilmente a los organismos estatales para castigar a quienes la ejercen –impuestos, autoridades regulatorias, etc- , vulnerando además otro de sus atributos, la igualdad, puesto que el régimen a través de sus tentáculos, vulnera cotidianamente su elemental entendimiento: otorgar trato similar a quienes están bajo similares condiciones. ¿Pluralidad? Olvídense, pues los altos cargos y sus adictos, cotidianamente hacen gala de su intolerancia, insultando, amenazando y hasta censurando a quienes piensan diferente de ellos: la derecha, el imperio, la iglesia, los comités cívicos, la prensa, etc.

No seamos ingenuos, se trata de una dictadura del siglo XXI, diferente en algunas facetas de otras, pero dictadura al fin de cuentas. MIRES nos ilustra cuando escribe: “Las dictaduras de hoy no aparecen mediante un acto violento, con casas presidenciales bombardeadas, con miles de muertos en las calles, con juntas militares pronunciando gloriosos discursos bajo banderas nacionales. No: las dictaduras, o autocracias, o tiranías, o lo que sea, llegan democráticamente al gobierno y desde ahí inician un proceso de transición hacia la no-democracia, hasta que el día menos pensado nos damos cuenta de que estamos en dictadura”.

PAREMIOLOCOGI@
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El “derecho humano” del jefazo, en la mira de la CIDH

El próximo miércoles 5 de diciembre en el marco del 170 Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de DDHH, el estado plurinacional de Bolivia representado por autoridades del régimen, comparecerá a una audiencia temática para informar sobre el “derecho humano” de su jefazo para meterle no más como candidato según el esperpento jurídico contenido en la SCP No. 084/2017. La denuncia fue formulada por las Fundaciones Observatorio de Justicia y DDHH y Human Rigths Foundation (HRF) que hacen de peticionarios, por la sociedad civil.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los DDHH en el continente americano. Las audiencias temáticas o generales se enmarcan dentro de sus líneas de trabajo vinculadas con el monitoreo de la situación de los DDHH en sus países miembros y constituyen uno de los principales mecanismos usados por el Sistema Interamericano para enfocar su atención en un tema que concita preocupación hemisférica. Tienen por objeto recibir información de las partes con relación a alguna petición, caso en trámite ante la Comisión, medidas cautelares o información de carácter general o particular relacionada con la situación de los DDHH de los estados miembros de la OEA.

En el caso, la Comisión recibirá información acerca del recién inventado “derecho humano” por el anterior Tribunal Constitucional –torpemente defendido por alguno de sus miembros actuales- cuando mediante su SCP No. 084, se interpretó nada más ni nada menos que el art. 23 (Derechos Políticos) de la Convención Americana de DDHH que es la joya más preciada del Sistema Interamericano, quedando prostituida en favor del poder frente a los verdaderos Derechos Humanos de los ciudadanos bolivianos y el resultado vinculante de la máxima instancia de decisión soberana: el referéndum del 21F. El estado deberá informar al respecto. Huelo que se viene otro papelón diplomático.

Cabe dejar claramente escrito, que al término de esas audiencias no se emite una resolución que otorgue triunfo o derrota sea a la sociedad civil peticionaria o al estado denunciado (si los adictos al régimen pretenden propagandear eso como un triunfo, será otra estrategia envolvente más). Empero, debo precisar que el sólo hecho que ese tema haya sido incluido en la agenda de las aproximadamente 30 audiencias que se realizan de muchísimas más peticiones que se rechazan, muestra desde ya que el Sistema Interamericano ha puesto su atención en tan peculiar interpretación y, especulo, podría dar lugar a posteriores acciones que espero desemboquen en una Opinión Consultiva ante la Corte IDH cuyo resultado si es vinculante para todos los estados miembros, incluyendo por supuesto el nuestro.

No obstante, es evidente que por ahora ante esa instancia, el régimen queda acorralado en su irrazonable e inconstitucional intento de legitimar su dictadura –misión imposible por si acaso- y está siendo puesto en flagrante evidencia ante el principal foro hemisférico de defensa de los DDHH. De ahí que será sumamente interesante oír sus explicaciones pretendiendo justificar lo injustificable, ya que desde la normativa, doctrina y jurisprudencia interamericana, ese “derecho humano” no existe y más bien, ofende la inteligencia de cualquier entendido en la materia; por lo que pretender defender su existencia, constituirá un soberano disparate y, mostrará al continente nuevamente el talante autoritario del régimen. Consolidará además el cada vez más inocultable aislamiento que ostenta en el ámbito internacional donde sólo es reconocido por el club de los dictadores –Maduro y secuaces- y, sensiblemente, pondrá en ridículo a los Tribunales bolivianos capaces de haber producido ese dislate por su procaz sometimiento al partido, todo eso ante nada más ni nada menos que ante la mayor vitrina de los DDHH del continente americano. Vaclav HAVEL decía: “Dado que el régimen es cautivo de sus propias mentiras, debe falsificar absolutamente todo. Falsifica el pasado, falsifica el presente y el futuro. Falsifica las estadísticas. Finge respetar los DDHH y finge no procesar a nadie. Finge no temer nada. Finge no fingir nada…”.

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Un gran hermano, muy poco confiable

A juzgar por el flamante escándalo desatado por las inscripciones truchas de militantes en el Padrón Electoral a cargo del Tribunal Supremo Electoral, resulta que ese organismo al margen de ya merecer ninguna credibilidad como árbitro imparcial, acaba de perderla también como simple depositario de nuestros datos identificativos.

La identidad, que por si acaso constituye –de a de veras- un Derecho Humano incluso considerado como operativo por su capacidad para facilitar el ejercicio de otros de similar calado; abarca el derecho de tener un nombre y apellido, nacionalidad y, vaya paradoja, el de ser inscrito en un registro público. Forma parte de los atributos de la personalidad humana.

En ese sentido, la CPE proclama el derecho de todo ser humano a gozar de su personalidad y capacidad jurídica, sin distinción alguna; la Convención Americana de DDHH el reconocimiento de la personalidad jurídica de todas las personas y la Declaración Universal de DDHH –que pronto festejará su 70 cumpleaños- la plenitud de derechos y libertades.

Pues bien, liberal -sin complejos, por si acaso- como me declaro, defiendo la idea que si bien el estado es un mal necesario (Popper) lo mejor que puede pasarnos es que se entrometa lo menos posible con nosotros. Ya que no hay más remedio que los registros públicos almacenen nuestros datos, debieran asegurar su resguardo y uso correcto.

En el caso, el estado fracasó demostrablemente otra vez, pues más allá del detestable rol que los partidos políticos jugaron en el tema (al que me refiero más adelante), el principal responsable, por su rol de garante de los datos registrados de los ciudadanos, se aplazó al no poder garantizar su adecuado manejo, permitiendo sean mal usados, sin el consentimiento de sus titulares legítimos: los ciudadanos. Si han sido truchados de la manera recién conocida, surgen dudas respecto otros posibles usos dolosos, en otros escenarios y registros. El gran hermano que delira con registrar y controlar todo, ha resultado ser un completo irresponsable.

Pero y qué de los partidos políticos? Resultaron de la misma calaña, pues han perpetrado una cadena de delitos electorales previstos por la Ley No. 026 de Régimen Electoral de 2010 que describe y castiga precisamente bajo la denominación de “Delitos Electorales”, a quien(es): a) manipulen o alteren la introducción, procesamiento, transferencia o supresión de datos informáticos consignados en un registro electoral oficial, conduzca a error o evite su uso correcto; b) altere o modifique datos del Padrón Electoral; y, c) cometa delito de falsedad ideológica y/o material o utilizara documentos falsificados para fines electorales.

¿Será que el Ministerio Público da con los autores? Tratándose de delitos de orden público, la Fiscalía enfrenta la enorme responsabilidad de investigar y llevar a juzgamiento a los autores de las falsedades y negligencias. Asumo que la investigación no será complicada pues bastará identificar a los respectivos responsables de cada libro y/o a quienes los validaron, así sea aleatoriamente, dada la cantidad de ciudadanos perjudicados.

Urge si aún podemos considerarnos un estado serio, que otorga seguridad jurídica a todos sus ciudadanos sean o no de algún partido, piensen como piensen y mantengan una relación con el régimen en los términos que les plazca, que el sistema electoral y judicial tenga la capacidad para descubrir lo realmente sucedido y a sus responsables. Lo contrario, probaría una vez más que: “Compartimos la vida con personas que se sienten seguras con más controles y, no se dan cuenta de que van camino a la de la inseguridad más absoluta, al caer en manos de un estado gendarme”. ZAFFARONI

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Un “derecho humano” inexistente: ser eterno candidato

En su esperpento jurídico No. 084/2017, el anterior Tribunal Constitucional prevaricó haciendo aparecer en un acto de magia plurinacional, el supuesto “derecho humano” de su amo para ser eterno candidato, pasándose por el forro el resultado vinculante del 21F por el que el soberano resolvió claramente que no estaba de acuerdo con modificar el art. 168 de la CPE: “El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.

Hoy, grotescamente los adictos al régimen –incluyendo hasta algún militante hoy disfrazado de magistrado, con S- cacarean insosteniblemente que respetan ese resultado, que esa norma constitucional está intacta, que por orden de la misma CPE las sentencias deben cumplirse pues no existe instancia internacional que pueda impedirlo y hasta, incurren en la temeridad de alegar que el principal instrumento regional en materia de DDHH, la Convención Americana, en su art. 23 (Derechos Políticos) “interpretada” por aquellos MASistrados, consagraría el “derecho humano” de su jefazo, para ser eterno candidato.

Nada más falso. Para empezar, el esperpento citado, huyó cobardemente de considerar al 21F en su “análisis jurídico”: le era imposible desde el más elemental sentido común, oponer aquel resultado que constituye la máxima expresión de la voluntad soberana, a sus torcidas consideraciones realizadas en su sentencia por aquellos operadores ilegítimos que perdieron por goleada en las “elecciones” judiciales pese a lo cual fueron personalmente posesionados por quien luego benefician con su esperpento. Incluso, aunque hubieran sido de lo más legítimos, jamás podían entre los 6 desconocer con su proceder ese resultado, más aun cuando el Tribunal Constitucional no puede ejercer control de constitucionalidad de la propia CPE sino sólo de las normas infra constitucionales, habiendo obrado además sin competencia para el efecto.

Empero, lo que asombra y, de buena fuente, sé que ha indignado a la órbita vinculada con el Sistema Interamericano de DDHH, es la prostitución que ha sufrido por esa SCP su principal instrumento normativo, la CADH, en su citado art. 23 que por donde se lo vea, no incluye ni por aproximación forzada el “derecho humano” del hombre más poderoso de este país, para oponer ese su supuesto “derecho”, a la voluntad mayoritaria del soberano expresada en la respuesta del NO a la pregunta del referéndum: "¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?

La doctrina y jurisprudencia interamericana sobre esa norma, en concordancia por supuesto con la Carta Democrática Interamericana (2001) y, a su vez, remitiéndose a la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1948), coinciden en razonar que el Derecho de sufragio y de participación en el gobierno (art. XX de la DADDH) alcanza a: “Toda persona, legalmente capacitada” y, por si fuera poco, correlativamente impone deberes, en su art. XXXIII: “Toda persona tiene el deber de obedecer a la Ley y demás mandamientos legítimos…”.

Por si fuera poco, la Carta Democrática Interamericana, sostiene que constituyen elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los DDHH y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho y, entre los componentes fundamentales del ejercicio democrático esta la subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida. De ahí que, sólo aquí considerando por razones de espacio, aquellas normas base del Sistema, ese “derecho humano” es una triquiñuela inventada por aquellos juristas del horror. JOST escribe al respecto: “Juristas, como ayudantes condescendientes de la política existieron en todas las épocas y en todas las regiones del mundo. Pero esta observación histórica no justifica su existencia. Ellos perjudican la derecho y perjudican a la democracia”.

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El “delito” del Bolivia dijo no, y… ¿los sicarios del derecho?

Hasta el momento que escribo esta opinión, en Potosí el joven albañil Moisés Montero Chambi permanecía imputado de oficio por una Fiscal por el supuesto delito de: “Atentados contra el Presidente y otros dignatarios del estado” descrito por el art. 128 del Código Penal, como: “El que atentare contra la vida o seguridad del Presidente de la República, Vicepresidente, Ministros de Estado y Presidente del Congreso Nacional, será sancionado con la pena de cinco años de privación de libertad” y, una Juez, acaba de otorgarle en audiencia medidas sustitutivas a la detención. Para mi gusto, sigue siendo un abuso, pues cabía darle libertad pura y simple, por no existir la menor probabilidad de autoría del hecho.

Considérese que en su defensa, el joven señaló: “Yo no he hecho nada, solamente (le dije) que respete el referéndum, nada más, por eso me están trayendo acá (a celdas policiales), Bolivia dijo No, respete el referéndum del 21 de febrero”, mientras que sus acusadores del oficialismo, señalan que además le habría echado al Presidente un vaso con agua –no bendita, por si acaso- y otros, un phijcho de coca, al parecer no sagrada. Circula un video en las RRSS de esos momentos, que muestra a la persona sacar algo de su mochila y meterla en su bolsillo, increpando a alguien.

Pues bien, así los hechos, si lo ocurrido fue que el albañil le gritó Bolivia dijo NO exigiéndole respete los resultados del 21F –como muchísimos de nosotros lo haríamos- e incluso, aunque fuera evidente que le haya echado con un vaso de agua o un pijcho de su coca al Presidente; esa acción no cabe ni por aproximación dentro del tipo penal descrito, puesto que hasta por sentido común, a nadie podría ocurrírsele que de esa manera se puso en riesgo la seguridad y peor la vida del mismo.

En un estado genuinamente democrático que respeta la separación de poderes y a sus instituciones y, quienes las operan cumplen medianamente su rol, asegurando a todos los ciudadanos el Debido Proceso, el derecho de castigar se encuentra absolutamente limitado por el principio de legalidad, que obliga atenerse a esa descripción –previa- que el legislador hace mediante los tipos penales o delitos de lo que uno debe hacer o no, para ser penalmente procesado y peor aún, castigado por ello.

La Corte IDH tiene resuelto de manera vinculante hasta para los operadores del plurinacional, que en un estado de Derecho, el respeto del principio de legalidad, preside la actuación de todos los órganos del estado y particularmente de aquellos que ejercen el ius puniendi. De esa manera, resulta absurdo desde todo punto de vista, que el Sr. Montero Chambi haya sido siquiera aprehendido por los verde olivos –su Comandante con el pantalón debajo de sus rodillas acaba impúdicamente de prometer fidelidad eterna a su amo- por el “delito” de exigirle en público al Presidente que respete los resultados del referéndum y peor, continué procesado por ello, incluso con medidas sustitutivas.

Salvo que, estemos ante la figura propia de las dictaduras, en la que quienes por obligación legal están, reitero, obligados a garantizar los derechos de todas las personas –no sólo de los altos cargos- se degradan en sicarios del derecho y le meten no más en contra de la CPE, el Código Penal, cualesquier otra norma legal e incluso el sentido común, poniéndose no al servicio del derecho o la sociedad, sino al del amo de turno, que así se sitúa por encima del bien y del mal, de las leyes incluyendo su propia CPE y por supuesto, de sus instituciones que de esa manera, se convierten en organismos amorfos sujetos a sus caprichos y a los de sus adictos.

Me extraña, que a pesar de los supuestos vientos de cambio que soplan en la Fiscalía (a juzgar por los lindos discursos recién vertidos con motivo de los fastos de posesión de sus nuevas autoridades), esa Fiscal no haya reivindicado su elemental rol de garante de legalidad y aplicado su razón de existir como es el principio de objetividad, rechazando in limine esa causa evitando imputar por una acción que no constituye delito. Supongo que pronto, algún juez –tercero imparcial- acogerá una defensa por falta de tipo de aquella conducta, con lo que el caso pasara a ser un pésimo recuerdo de otro abuso más de poder policial, espero luego castigado en las instancias respectivas. ¿O estaré delirando?. JESCHECK, a propósito escribió: “El derecho penal no solo limita la libertad, sino también, crea libertad”. ¿Darán esta vez esos juristas la talla? O preferirán no más convertirse en sicarios del derecho…

PAREMIOLOCOGI@
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