Blog de Roberto Ossio Ortube

Respecto a la intención de cierre de la Asamblea Legislativa

Ante la expansión de la pandemia del Corona Virus, COVID 19, Virus Chino o como quiera llamársele, que asola nuestro país desde principios del mes de marzo de 2020, gran parte de la población de Bolivia, ha manifestado su profunda molestia ante el comportamiento personal o partidario, de muchos de los asambleístas del Movimiento al Socialismo (MAS), respecto a la forma como afrontan esta crisis sanitaria nacional, solicitando, no sin sobrados motivos, el cierre de la Asamblea Legislativa.  

El clamor popular, radica en la postura egoísta y sectaria de estos asambleístas, quienes dejan de lado la salud de la población boliviana, con el único objetivo de desestabilizar y entorpecer la labor gubernamental del actual Ejecutivo y buscar o justificar por cualquier medio o cálculo,  el retorno de Evo Morales al país. Al aproximadamente setenta por ciento (70%) de la  población no le faltan motivos más que válidos, para exigir un desafuero de todas estas personas, que no justifican para nada la erogación de sus inflados salarios, sólo para complotar o hacer declaraciones contrarias a la seguridad estatal y a la salud de la población, llegando a extremos lindantes con la sedición o en algunos casos a la ridiculez e ignorancia.

Este hecho se vio fuertemente refrendado ante  la impertinente, inaudita e inoportuna solicitud de la Asamblea Legislativa de cuestionar la cuarentena, mediante la pretensión de interposición de recursos legales o la intención de enjuiciar a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, por razones meramente de cálculo político, atentando contra quienes junto al personal de salud, arriesgan sus vidas ante el mortal virus, por tratar infructuosamente de hacer respetar el Estado de Emergencia, frente a la indisciplina, testarudez o deliberada intención de desobediencia civil instigada por el MAS.

Pero, ¿Qué dice la CPE actual y qué disponía la Carta Magna de 1967, con sus modificaciones sancionadas entre 1995 y 2004, con relación a este aspecto?:

La CPE de 1967 era muy clara con relación a la imposibilidad de clausura o cierre del Congreso, es más era muy categórica respecto a las penalidades y responsabilidades que podían emerger si ocurría un hecho  de arrogación o acumulación arbitraria de atribuciones y potestades.  El texto abrogado señalaba lo siguiente:

ARTICULO 30º.- Los poderes públicos no podrán delegar las facultades que les confiere esta Constitución, ni atribuir al Poder Ejecutivo otras que las que expresamente les están acordadas por ella.

ARTICULO 31º.- Son nulos los actos de los que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de los que ejerzan jurisdicción o potestad que no emane de la ley.

ARTICULO 69º.- Prohibición de delegación de atribuciones por parte del Congreso

En ningún caso podrá delegar el Congreso a uno o más de sus miembros, ni a otro Poder, las atribuciones que tiene por esta Constitución.

ARTÍCULO115

I. Ni el Congreso, ni asociación alguna o reunión popular pueden conceder al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias ni la suma del Poder Público, ni otorgarle supremacías por las que la vida, el honor y los bienes de los habitantes queden a merced del Gobierno, ni de persona alguna.

La vigente CPE de 2009, repite esta orientación en las disposiciones referidas en forma precedente. El Artículo 12, parágrafo III señala lo siguiente: Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí.

Asimismo,  el Artículo 122 de la Constitución actual, señala que son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley.

Finalmente, el Art.140 en vigencia es lapidario:

I. Ni la Asamblea Legislativa Plurinacional, ni ningún otro órgano o institución, ni asociación o reunión popular de ninguna clase, podrán conceder a órgano o persona alguna facultades extraordinarias diferentes a las establecidas en esta Constitución.
II. No podrá acumularse el Poder Público, ni otorgarse supremacía por la que los derechos y garantías reconocidos en esta Constitución queden a merced de órgano o persona alguna.
III. La reforma de la Constitución no podrá iniciarse mientras esté vigente un estado de excepción.

Por tanto, aunque se encuentre plenamente justificada la indignación popular para exigir  una clausura legislativa, tanto la abrogada CPE de 1967, así como la vigente Carta Magna de 2009, inviabiliza cualquier posible ruptura del orden constitucional y del equilibrio de poderes. La pregunta entonces es: ¿Qué hacer frente a este candado constitucional con el que se encubren los asambleístas del MAS???

La única forma de modificar estos acápites o disposiciones, se encuentra establecida en el Artículo 411 de la Constitución vigente,  que determina que cualquier reforma de la CPE  pasa por una Asamblea Constituyente originaria y plenipotenciaria, activada por voluntad popular mediante referendo  y este se activará por iniciativa ciudadana con al menos la firma del veinte por ciento de la población. Por tanto, podría realizarse una seria, organizada, bien pensada y genuina  convocatoria popular, para solicitar una reforma total o parcial de la CPE, donde se procedan a importantes modificaciones constitucionales, en las que se  incluya la posibilidad de un cierre o clausura de la Asamblea Legislativa, por causales justificadas.

Pero ojo, se debe tener cuidado con esta opción y su redacción, puesto que un Poder Ejecutivo sin equilibrio, inescrupuloso, ambicioso y falto de moral,  armado de esta posibilidad, disolvería  la Asamblea Legislativa cuando le dé la gana o cuando no tenga mayoría legislativa, causando inestabilidad y anarquía en el Estado.  ¿Se imaginan a Evo Morales, con esta posibilidad de clausurar o disolver una Asamblea Legislativa a su antojo?  Sería un desastre, una calamidad de incalculables consecuencias, que nos llevaría a una situación similar o peor a la de Venezuela, donde el régimen chavista desafuera, persigue y encarcela a los parlamentarios opositores.

Por tanto, debe contarse con una propuesta seria y jurídicamente coherente, que establezca claramente, cuáles serían las causales legítimas, para una clausura y que no respondan al humor o ambiciones del temporal detentador del Poder Ejecutivo.  

Pero lo más importante aún, si no existe esta reforma constitucional, es que los votantes en las próximas elecciones generales, sepan elegir correcta y libremente a sus representantes, sin que todo el Poder Legislativo se encuentre monopolizado por un solo partido y que las decisiones legislativas en el futuro sean adoptadas,  no por peso de un rodillo  abrumadoramente mayoritario, sino por consenso de varios partidos o alianzas políticas , para generar un equilibrio, acuerdos y decisiones consensuados.

Algunos cuestionarán: ¿Volveremos a lo sucedido entre 1985 y 2005? ¿Retornarán las componendas? ¿Los acuerdos? ¿Las “juntuchas”? En cierta forma sí, pero desde una realidad diferente, en un contexto evolucionado con altas y bajas de tres décadas de diferencia y particularmente en base a la experiencia de estos últimos catorce años, porque la grosera manipulación masista en la Asamblea Legislativa con sus imbatibles dos tercios no los diferencia de sus antecesores,  haciendo que la población boliviana vea con impotencia, las coartadas, movidas, exabruptos y chantajes de una mayoría concentrada en un solo partido, aprovechando peor aún, el tiempo de una pandemia mundial.

La decisión está en manos de los electores, quienes deben responsablemente en los siguientes comicios generales o en un posible referendo para modificar la Constitución,  decidir lo correcto, para evitar este tipo de situaciones que afectan la estabilidad institucional de Bolivia. Solicitar caminos extremos como un cierre ex profeso o por la fuerza de la Asamblea Legislativa, aunque tenga motivos  plenamente válidos y justificados, sería  contrario a la CPE y al Estado de Derecho, para caer en un error que generaría consecuencias y responsabilidades contra quienes lo adopten, a mediano o largo plazo, generando un mayor daño a la credibilidad de las instituciones democráticas.

Los partidos o alianzas postulantes, deben presentar propuestas con posibles escenarios de reforma constitucional, para consideración de la ciudadanía y será esta la que en definitiva, decida con su voto, en forma transparente y limpia, cualquier modificación, que debe ser escrupulosamente respetada (eso esperamos, ya que no pasó con la negativa dada por el pueblo mediante referendo a una reelección indefinida, que se encontraba prohibida constitucionalmente).  La palabra final  está en manos del electorado, que ejercerá su voluntad soberana.  

HELTER SKELTER
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Improvisación e Inobservancia del Mapa de Riesgos en la planificación y ejecución de obras por parte del propio GAMLP

El día 14 de mayo de 2019, el suscrito columnista, en el trayecto de Miraflores hacia la Zona Sur que en parte transcurre por la Avenida Mejillones de Villa Armonía, pudo evidenciar y observar que el GAMLP viene ejecutando una obra de pavimento rígido, en una zona de alto riesgo, es decir un área roja de acuerdo al Mapa de Riesgos de La Paz.

Específicamente de acuerdo al mencionado documento técnico, en el Macro Distrito San Antonio, Zona: Villa Armonía, Calle Rio Mitre. Esta es una calle secundaria, que no conecta vías principales, concluyendo en el límite del talud colindante sobre la Avenida Zabaleta. Es un lugar cuyas características más relevantes son las casas notoriamente rajadas y con severos asentamientos diferenciales, que hacen evidente la mala calidad del suelo. (Se adjuntan las fotos y el extracto capturado del mapa de riesgos de La Paz de las áreas en cuestión).

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¿Pavimento rígido para una zona de alto riesgo? ¿Pavimento rígido a una calle con una pendiente pronunciada, irregular e inestable donde ni siquiera se ha verificado si los sistemas de agua potable y alcantarillado, están debidamente conectados con tuberías de PVC? ¿Pavimento Rígido donde por motivos obvios de seguridad no se ha colocado siquiera gas domiciliario, por el evidente riesgo de roturas de las tuberías?. Sin importar los riesgos, el GAMLP con sus inexpertos e improvisados funcionarios municipales le “metieron no más”, con “ñeque”, una obra que NO es adecuada o factible en un terreno deleznable de estas características, según el propio mapa de riesgos que con vocingleo altisonante se promociona con tanto alboroto, justamente estas jornadas.

La pésima y muy cuestionada gestión de Luis Revilla, como medida paliativa pretende “socializar” su mapa de riesgos, como una “gran solución” para involucrar a los vecinos y diluir sus responsabilidades ante los últimos acontecimientos suscitados en Llojeta. Recién, cuando los problemas se encuentran consumados, el GAMLP trata de emprender una campaña de “concientización”, siendo que debió realizar eso hace más de diez años, pero más que nada obras congruentes con la naturaleza geológica del suelo portante.

El DESASTRE DE LLLOJETA (con mayúsculas) no es únicamente por las construcciones clandestinas o las planimetrías aprobadas por municipios vecinos, se debe a la falta de fiscalización, pero más que nada a la inexistente planificación del GAMLP para la ejecución de obras en los POAS vecinales, que no responden a criterios técnico profesionales.

La burocracia municipal maneja la información técnico urbana, que debería estar al alcance de todos, como un secreto militar cuando les conviene o en forma discrecional cuando así se los instruyen. Desde siempre únicamente le es útil a los funcionarios ediles que se encuentran enquistados, engarrapatados indefinidamente, manipulando las autorizaciones de construcción a su discrecionalidad o en otros ámbitos planificando obras sin el menor criterio técnico urbanísitico.

Y lo peor de todo, que se evidencia justamente en este caso, teniendo el mapa de riesgos a su alcance NO LO APLICAN y hacen que se ejecuten trabajos insulsos y riesgosos en una zona geológicamente catalogada como roja, metafóricamente esto significa enterrar un torrente de greda deleznable con filtraciones y conexiones precarias bajo una losa de concreto, no se sabe que ocurrirá debajo de ella en los siguientes años.

Con esta prueba, sin descartar que deben existir muchísimas más en la ciudad, que en los últimos años sólo tuvo obras parche o ninguna, se demuestra irrefutablemente que en el GAMLP, NO existe planificación y criterio profesional serio para las ejecución obras barriales, puesto que es la misma administración municipal la que fomenta la clandestinidad de las construcciones en zonas de alto riesgo, al proyectar obras onerosas e innecesarias, vulnerando e ignorando el propio mapa de riesgos.

La asignación de recursos para la ejecución de obras, responde a intereses personales, cálculos políticos, caprichos de las juntas de vecinos afines a SOL.BO o a las necesidades egoístas de los dirigentes vecinales que imponen sus trabajos para su beneficio particular, en la puerta de su casa, sin que se repare en las características propias del suelo ni en las necesidades colectivas de la zona. En este caso específico: ¿Qué avenidas principales conecta la Calle Rio Mitre? Ninguna. ¿Conecta la Avenida Mejillones con la Avenida Zabaleta para desahogo del tránsito? NO ¿Cuál la razón para esta obra insulsa? Inexistente.

Las subalcaldías no sirven en su propia finalidad que es la desconcentración administrativa, puesto que no cumplen la misión de proponer obras útiles a las juntas vecinales, explicando sus alcances y la utilidad de las mismas, todo lo contrario, son los vecinos los que hacen lo que les viene en gana, avasallando las competencias municipales, definiendo a diestra y siniestra de acuerdo a sus criterios empíricos, políticos o personales.

La otra gran pregunta es, ¿Qué tipo de gente se encuentra tanto en la Dirección de Riesgos o la Dirección de Fiscalización de Obras e Infraestructura del GAMP? (O como se llamen dentro de los inventos semánticos de la gestión de Revilla) Desde luego se hace por demás evidente que son servidores públicos inexpertos, mediocres, medrosos e improvisados, puesto que de entrada tanto en Llojeta como en este lugar, debieron objetar la ejecución de este tipo de trabajos en primer lugar por las características de riesgo de estos sitios, que pretenden ser escondidos con trabajos pobremente planificados, porque no existe verificación previa de las conexiones de agua potable y alcantarillado mismas que ante cualquier falla harán imperceptible sifonamientos o filtraciones internas que pueden derivar en posteriores deslizamientos y catástrofes.

Después que el “burgomaestre” no se queje ni gimotee, buscando pretextos en la población, este es un caso manifiesto de negligencia e inobservancia de las propias limitaciones que establece el mapa de riesgos de La Paz, es sólo un ejemplo de cómo se maneja arbitrariamente de manera ineficiente la ciudad. La alcaldía no respeta su propio plano de riesgos, ni orienta a las juntas vecinales en la elaboración de sus POAS y otorga legitimidad a zonas rojas de alto riesgo con obras que no debían ejecutarse.

Los acontecimientos de Llojeta demostraron errores crasos y esta obra como muchas otras en La Paz, son los ejemplos de la pobre gestión urbana de Luis Revilla y su entorno, cuya degradación ha llegado a cotas inaceptables. Esta como muchas más, serán bombas de tiempo con posteriores consecuencias catastróficas donde de seguro se buscarán otros chivos expiatorios a su propia impericia y negligencia.

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Opinión
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El Desastre Ambiental de Alpacoma

El año 2007 en cumplimiento de funciones públicas, el suscrito columnista tuvo la oportunidad de conocer y visitar el área de tratamiento de residuos sólidos de la zona de Alpacoma en la ciudad de La Paz. Allí se pudo observar en ese entonces un trabajo febril, laborioso y ordenado por parte de los funcionarios de la empresa concesionaria, con bastante maquinaria que apisonaba y compactaba la basura. Uno de los operarios tuvo la amabilidad de mostrarnos a todos los presentes, el proceso de concentración y acumulación de residuos, en áreas debidamente organizadas, con separación de deshechos y lugares que tenían chimeneas y lagunas artificiales por donde salía un líquido de olor muy fuerte y fétido, que se explicaba era resultado de la degradación de los sólidos. El trabajador manifestó orgullosamente, que este era uno de los mejores lugares de tratamiento de basura de Latinoamérica y en atención a lo efectivamente observado, no quedó duda de que así era, puesto que, por ese entonces, con sus problemas y defectos, la ciudad de La Paz se mantenía meridianamente limpia y sin mayores contratiempos.

Lamentablemente todo cambia y las administraciones también. En la segunda semana de enero de 2019 se produjo un deslizamiento en la zona de Alpacoma, provocado por el colapso de uno de los muros que contenía los pozos de acumulación de residuos, desplazándose cerro abajo, una masa infecta de quince mil toneladas de basura, afectando a siete zonas de la ciudad, con el gran riesgo de contaminar agua y suelo. El Ministerio de Salud en atención a lo anterior ha determinado declarar como desastre ambiental lo ocurrido y solicitó se determinen responsabilidades en el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, puesto que no se trata de un hecho fortuito causado por la naturaleza, sino por inacción de la empresa concesionaria TERSA en tareas de prevención y contención, evidenciadas por los reclamos de los vecinos quienes advirtieron de esta circunstancia sin recibir respuesta.

La gestión municipal de Luis Revilla Herrero, desde que se hizo cargo de la alcaldía de La Paz, fue objeto de un sin número de observaciones, lamentablemente sus labores fueron de regulares a malas, con pocos aciertos y muchísimos errores. En este tema específico de la basura y el desastre provocado en Alpacoma, existen muchas interrogantes sin respuesta:

  1. La licitación “pública” recayó en una empresa denominada TERSA que fue formada de la noche a la mañana, totalmente improvisada y carente de experiencia, con muchísimas dudas y anomalías sobre la conformación e identidad exacta de sus accionistas y los posibles intereses y beneficios que podrían estarse generando para terceros particulares. Estas circunstancias no fueron develadas ni esclarecidas hasta el momento. El reflejo de ello fue que los primeros meses de inicio de operaciones, la basura era recogida en escuálidas y destartaladas camionetas, justificadas por el alcalde y su entorno alegando “que se debía tener tolerancia hasta que llegue la maquinaria nueva de recojo”.
  2. Se sabe que la ciudad de La Paz por su topografía y geología es compleja y propensa a deslizamientos. Conociendo estas circunstancias, se evidencia que la concesionaria, la empresa TERSA, NO realizó ningún trabajo de estabilización o prevención oportuno, dejando todo al azar, sin inspecciones o verificaciones de rutina. Y el alcalde y el GAMLP obviamente más ocupado en otras actividades innecesarias hasta triviales (“desfile navideño”, “mi primer amor”, “postulación presidencial frustrada”) pecaron de omisión y negligencia culposa. Dentro el enorme e inflado entramado burocrático municipal actual, de más de ocho mil funcionarios , se supone que existe una Secretaría de Infraestructura o Medio Ambiente o una Dirección de Fiscalización encargada de verificar los trabajos civiles que se realicen en el municipio, mucho más si ya los vecinos alertaron de rajaduras en los muros de contención de la planta de Alpacoma; sin embargo, el munícipe con la laxitud y palabras gastadas a la que nos tiene acostumbrados, salió del paso con explicaciones infantiles y condescendientes con los afectados, faltándole el respeto a la ciudadanía.
  3. Sin embargo, las irregularidades no se limitaban a ello, el contrato de concesión de TERSA establece que, debía construirse una nueva planta de tratamiento, misma que hasta el momento no se evidencia en su emplazamiento, más allá de lo que existía en 2007. A ello se debe sumar que el acceso para la maquinaria y carros recogedores, debió ser asfaltado bajo responsabilidad del concesionario, sin embargo, hasta la fecha no se ha realizado trabajo alguno, permaneciendo el polvoriento y maltrecho camino de tierra, siendo una de las áreas más abandonadas e insalubres del municipio (algo ya común en La Paz en todas sus zonas y estas no son de la periferia). ¿Por qué no se exigió el cumplimiento de estas obligaciones? ¿Qué hace el Concejo Municipal en su labor de fiscalización? Paradójicamente, una de las muchas excusas de TERSA para el problema actual, es justamente que su maquinaria se arruina con el camino de tierra y no puede llegar al lugar del siniestro.
  4. Asimismo: ¿Bajo qué mecanismo se extendió el contrato de concesión con TERSA que ya no es de diez años sino por veinte años? ¿Quién se benéfica con esto? Desde luego la ciudad NO, por el pésimo trabajo y los resultados que son paupérrimamente desastrosos y se hacen tangibles con este desplome que no es resultado de un desastre natural sino al descuido: rajaduras y filtraciones de muros que no fueron verificados por el concesionario y el GAMLP. Se supone que todo contrato administrativo tiene una contraparte que realiza seguimiento y control para su cumplimiento.
  5. Téngase presente, además, que el GAMLP para lo que le es conveniente, es estricto y draconiano y para otros aspectos es altamente permisivo, por ejemplo, las microempresas de recolección de basura fueron fiscalizadas con inusitada implacabilidad, ahogándolas con multas hasta obtener la recisión de sus contratos, para luego contratar por excepción a TERSA, pagando un precio triplicado por tonelada de basura. ¿Cuál el beneficio para la ciudad? o en pocas ¿Quién se benefició?
  6. Ahora, los hechos demuestran el grado de irresponsabilidad e improvisación de una deficiente gestión municipal y una mala e inexperta empresa improvisada: quince mil toneladas de basura esparcidas en un área de siete hectáreas, una masa putrefacta y nauseabunda que afecta a por lo menos siete zonas y que generó como reacción casi lógica el cierre de los accesos hacia Alpacoma por parte de vecinos y comunidades cercanas, que lamentablemente tienen razón al no querer ya tolerar semejante catástrofe, un foco de contaminación e infección sin precedentes, que es visto con demasiada simpleza por el alcalde, que dicho sea de paso, ni apareció por el lugar, seguramente por falta de valor para enfrentar el problema mayúsculo que ocasionó por su desidia y descuido generalizado de la ciudad.
  7. Agravando lo anterior, los fosos de acumulación pueden estar rajados en sus bases y eso significará que puedan filtrarse líquidos y residuos químicos en descomposición, tanto a las aguas como al suelo, contaminándolos, en pocas palabras envenenándolos. Revilla con su conocida prepotencia y suficiencia ignorante, alega que se “construyeron muros de contención y diques y que la situación está controlada”, sin percatarse que el agua o los líquidos buscan su curso natural filtrándose por gravedad a través de las diversas capas superficiales de la tierra buscando su curso.
  8. El entorno de Revilla tiene confianza que no se generará un mecanismo efectivo de fiscalización, debido a que en el Concejo Municipal de La Paz tiene mayoría de concejales de SOL.BO, cuyo único mérito para estar allí no emerge de representatividad puesto que es nula, probidad profesional o técnica de ninguna naturaleza (son tan intrascendentes que se desconoce siquiera quienes son), sino meramente fundados en razones políticas, sin que se les reconozca obra o logro intelectual o académico alguno. La mediocridad de “los concejales”, seguro pretenderá pasar de largo el grueso problema en el que se encuentra metido el ejecutivo edil. Tal es su intrascendencia y desatino como supuesto ente fiscalizador, que se limitaron a exigir al Defensor del Pueblo una acción popular (¿?) para que se deje entrar nuevamente a los camiones recogedores de basura al área de Alpacoma, cuando su labor obvia era apersonarse al sitio, negociar con los pobladores lograr un acuerdo consensuado a mediano plazo y otorgar soluciones y garantías plausibles. Paralelamente, era su obligación generar inmediatamente una petición de informe escrito y oral, remitiendo a las instancias correspondientes al o los responsables. Sin embargo, sabemos que NO LO HARÁN por motivos por demás obvios.
  9. Revilla arguye que no es un desastre medioambiental porque “todo está controlado” SIENDO FALSO. Hoy sábado 19 de enero de 2019, las calles de La Paz, empiezan a rebosar de basura y seguramente la situación empeorará con el transcurso de los siguientes días. Asimismo, cual es la solución que se obtuvo hasta este momento: NINGUNA, los camiones de recojo siguen sin poder ingresar a la zona de Alpacoma y los estudios preliminares señalan que la limpieza tardará TRES MESES, si es que los comunarios afectados los dejan entrar en estos días. Y los vecinos no permiten la entrada o salida de maquinaria de apoyo y mucho menos los camiones cargados de basura.
  10. Un proceso de auditoría tiene plazos y procedimientos que tomarán su tiempo y el GAMLP lo sabe, por eso pretenderá diluir responsabilidades hasta hacer creer que este es un mero impasse circunstancial, añadiéndose a ello el manifiesto encubrimiento e inacción de un Concejo Municipal servil e inoperante. Revilla se conforma con repetir que se aplicarán sanciones administrativas a la empresa cuando los efectos para la ciudadanía no lo son, puesto que se ha comprometido la salud y seguridad de la población paceña. Se sabe que la Contraloría General del estado y peor Auditoría Interna de la Alcaldía se pierden en marismas y complementaciones procedimentales y de forma, que se diluirán con el tiempo. Sin embargo, la Ley 1178 en actual vigencia tiene mecanismos que podrían ser aplicados en forma inmediata:

Artículo 34º.- La responsabilidad es penal cuando la acción u omisión del servidor público y de los particulares, se encuentra tipificada en el Código Penal.

Artículo 35º.- Cuando los actos o hechos examinados presenten indicios de responsabilidad civil o penal, el servidor público o auditor los trasladará a conocimiento de la unidad legal pertinente y ésta mediante la autoridad legal competente solicitará directamente al juez que corresponda, las medidas precautorias y preparatorias de demanda a que hubiere lugar o denunciará los hechos ante el Ministerio Público.

Salvando las distancias, las posibles connotaciones y evidencias, LA SALUD DE LA CIUDADANÍA DE LA PAZ es tan o más importante que las mochilas irregularmente adquiridas en el Municipio de Cochabamba y que son objeto de una investigación penal.

11.Corresponde por tanto a la Asamblea Plurinacional del Estado, a través de la comisión correspondiente convoque al Alcalde Revilla y en base a las respuestas y evidencias que se acumulen, se remitan antecedentes al Ministerio Público al existir evidentes indicios de RESPONSABILIDAD PENAL EN SU ACCIONAR , más específicamente por la presunta comisión de los siguientes delitos de ORDEN PÚBLICO, por acción y omisión:

OTROS ESTRAGOS tipificado en el Artículo 207 del Código Penal: El que causare estrago por medio de inundación, explosión, desmoronamiento, derrumbe de un edificio o por cualquier otro medio poderoso de destrucción, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a ocho (8) años

DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA: Incurrirá en privación de libertad de uno (1) a diez (10) años, el que:

9) Realizare cualquier otro acto que de una u otra manera afecte la salud de la población.

11) Vertiere lixiviados generados en sitios de disposición final, en cuerpos o cursos de agua, así como el que disponga residuos no establezca botaderos adyacentes a cuerpos o cursos de agua, afectando la salud humana o la seguridad alimentaria, y no haya implementado medidas correctivas y de reparación.

Desde luego no es el único responsable, existen muchos otros que son coparticipes en diversos grados de responsabilidad por culpa y negligencia en sus funciones específicas entre ellos: la Secretaría de Gestión Ambiental, la Secretaría de Infraestructura y su dependencia la Dirección de Fiscalización y por supuesta la empresa concesionaria TERSA.

Seguramente se argüirá que este es un “ataque interesado y político” nada más alejado de la verdad, es una observación imparcial, objetiva y fundamentada de un ciudadano común e informado, respecto a una deficiente gestión municipal, que no tiene ni el mínimo parecido a la de su antecesor Juan Del Granado quien con sus aciertos y fallas, con menos recursos , menos funcionarios y peores problemas (téngase presente el DESASTRE NATURAL del 19 de febrero de 2002) hizo una gestión aceptable, austera y eficiente, logrando resultados que se hicieron notorios con el transcurso del tiempo.

El Ministerio de Salud NO exagera al señalar que lo acontecido en Alpacoma es un DESASTRE AMBIENTAL DE GRAVÍSIMAS CONSECUENCIAS PARA LA CIUDAD DE LA PAZ, hecho nocivo que afectará a toda la población de la urbe directa o indirectamente, tarde o temprano. Cerrar los ojos ignorando el problema o siendo contemplativo con la gestión de Revilla, es simplemente ser irresponsable con el futuro de otras generaciones por el mal uso de los recursos y la elección de malos administradores públicos.

Finalmente se concluye que este es un hecho fue originado no por circunstancias imprevistas provocadas por la naturaleza, sino que responde al descuido, a la improvisación y a la falta de control de quienes son los concesionarios para la prestación del servicio, como de los responsables del seguimiento y fiscalización de servicios públicos indispensables. 

HELTER SKELTER
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En defensa del ejercicio de la Profesión Médica

La profesión médica es una de las más complejas, exigentes, sacrificadas e ingratas. Requiere altos niveles cognoscitivos, de precisión y de continua actualización, que deben ser asumidos personal y económicamente por quienes han decidido, en buena o mala hora, asumir este largo camino lleno de obstáculos. Pero, más allá de todo, la medicina como ciencia, es esencialmente una actividad humana, por tanto está sujeta a errores y aciertos.

No puede confundirse a un médico con una máquina infalible, con un dispositivo donde no exista un margen mínimo de error, puesto que hasta los sistemas y las máquinas más perfectas tienen fallas. Aún no ha llegado el tiempo en el que máquinas o robots, carentes de yerros o sentimientos, intervengan a humanos para restaurar su salud de forma perfecta sin ningún inconveniente adverso. Eso aún pertenece al campo de la ficción.

La imprevisibilidad del comportamiento del organismo humano y su deterioro, es el que desde el principio de los tiempos, determina quiérase o no, la batalla para prolongar lo más posible nuestra estadía temporal en este Mundo. Para ello debemos recurrir a quienes han estudiado una de las áreas más difíciles y escabrosas del conocimiento: el cuerpo humano. No cualquiera puede adentrarse en los complejos y tortuosos meandros de la ciencia y literatura médica. Eso sólo puede explicarse como una vocación, puesto que el oportunismo se paga con el fracaso o la mediocridad.

Cada cuerpo es distinto uno de otro. Siendo las circunstancias a las que se somete el paciente totalmente variables. Para ello, evidentemente se deben cumplir con principios, protocolos, procedimientos y formas ineludibles, que no pueden ser obviados tanto por los médicos como el personal de apoyo, para no incurrir en negligencia o una mala praxis médica. Corresponde por tanto, tomar todos los recaudos necesarios y elementales para evitar inconvenientes que puedan derivar en tragedias.

La ciencia de la medicina tiene factores adicionales, la experiencia y constante práctica, que deben adquirir los médicos con el transcurso del tiempo, para sobreponerse a cualquier eventualidad, puesto que aparte de los años de licenciatura, se debe perfeccionar su práctica en la residencia médica para la especialización, que muchas veces se realiza bajo condiciones ínfimas, casi inhumanas, lindantes en la explotación no remunerada, donde los más elementales principios laborales son vulnerados. Y al terminar, debe ser complementada con una sub especialidad, que generalmente es subvencionada por el propio médico con su propio peculio, en la mayoría de los casos fuera del país, debiendo soportar a ello, la postergación de su propia vida personal y afrontar su calidad de extranjero en un lugar extraño y muchas veces hostil, donde los años de estudio se prolongan interminablemente y parecen nunca acabar.

Como todas las profesiones estas tienen sus particularidades y correspondientes responsabilidades. Sin embargo, la negligencia, la mala praxis médica o el homicidio culposo, pueden configurar tipos penales que corresponden ser sancionados, si existen suficientes elementos probatorios, que demuestren inocultablemente que médicos de mala fe e irresponsables NO dijeron LA VERDAD , incumplieron procedimientos o protocolos, o no se encontraban suficientemente capacitados en un área específica o no contaban con la suficiente práctica para asumir una decisión o intervención pertinente y oportuna. Esta minoría que se puede identificar con fechas, lugares, nombres y apellidos, no puede mellar a la gran mayoría silenciosa de galenos, de planta y residentes, que junto con el plantel de enfermeras, cumplen una labor por demás sacrificada, donde no existe vida familiar, personal, asuetos o feriados.

Dentro de una analogía equilibrada, todas las profesiones implican un riesgo, pero más que nada para que exista equilibrio y un sano balance para las partes intervinientes, debe prevalecer un PRINCIPIO DE LEALTAD, basado en decir LA VERDAD. Utilicemos un ejemplo práctico en Derecho: un abogado será responsable con el cliente si este dentro de su profesión no cumple plazos procesales, incumple sus deberes respecto a su defendido por la inadecuada aplicación de sus conocimientos elementales , donde se incluye la gramática y la ortografía o promete obtener resultados favorables cuando las circunstancias hacen ver que puede pasar todo lo contrario. Por tanto, éticamente, está obligado a decir clara y objetivamente desde el principio LA VERDAD de como percibe las cosas y la situación. Sin embargo, el cliente también tiene la obligación de manifestar LA VERDAD al abogado, respecto a todos los aspectos concernientes a su defensa y a los hechos ocurridos, documentos cuestionados o bienes objetados, de lo contrario deberá asumir que los posibles resultados no serán culpa de su abogado, que se supone hará lo mejor que este a su mano para defenderlo o representarlo. Por tanto, NO se puede garantizar la victoria, siendo irresponsable y antiético. La vida, la libertad o el patrimonio pueden encontrarse en juego.

Esto también sucede en el ámbito médico puesto que es la existencia misma es la que está en juego, LA VIDA y conjuntamente están en juego la libertad y el patrimonio tanto de médicos como de pacientes: un galeno tiene la obligación de dar un diagnóstico verídico y lo más objetivo posible respecto a una enfermedad, en pocas decir LA VERDAD sin ambages, donde se expongan las ventajas y desventajas de un diagnóstico, tratamiento o intervención quirúrgica. El paciente o sus familiares tienen el Derecho de conocer los alcances y consecuencias del diagnóstico, con la posibilidad de requerir otras opiniones respecto a lo expresado en primera instancia, donde el mismo puede variar y ser más esperanzador o más lapidario, para posteriormente tomar una decisión, autorizando expresamente las medidas a adoptarse, todo ello en base a una conducta de lealtad recíproca basada en LA VERDAD. Para ello el médico debe cumplir con todos los protocolos y procedimientos previos que sean necesarios, sujeto a verificación, con las autorizaciones correspondientes, sin que esto garantice un resultado, puesto que debe tenerse certeza de las limitaciones y riesgos existentes, además de las muchas variables que pueden influir: edad, estado de la enfermedad, grado de complejidad.

Ese es el error que se evidencia en el tratamiento de los artículos vinculados a la profesión médica en el anteproyecto de Ley del Sistema Penal en Bolivia que pretende ser aprobado: con el título de negligencia o mala praxis, se pretende criminalizar a los médicos asumiendo que su rol es infalible, deshumanizándolo, generando una presión intolerable a la que por propia seguridad se evitará ingresar a toda costa, por temor a juicios y represalias. Peor aún, se busca extender la responsabilidad penal y el resarcimiento de los daños sobre el patrimonio de terceros que nada tienen que hacer en el desempeño profesional, cuyo único delito es ser pariente en algún grado de consanguinidad del médico procesado, circunstancia inaceptable desde todo punto de vista. Si durante juicio, se ha demostrado la evidente culpabilidad y la mala praxis, téngase presente que la responsabilidad penal es intuito persona, personalísima, por tanto no se puede intentar extender una persecución a los bienes o intereses de otras personas.

Nadie discute que se deba sancionar la negligencia, la mala praxis médica o un homicidio culposo provocado por una mala práctica o intervención médica, pero respetando el Debido Proceso y la Presunción de Inocencia constitucionalmente consagrados, sin pretender una infalibilidad que NO existe en los seres humanos, además sin tener en cuenta las reacciones propias del organismo humano que son únicas en cada persona. Corresponde tomar todos los recaudos necesarios, basados en LA VERDAD sobre un criterio estudiado, analizado y responsable, que debe transmitirse con antelación a los interesados, previa valoración seriamente realizada, velando por la integridad de los pacientes como de los médicos, sin temor a una revisión o auditoria posterior.

Para ello, también es importante equipar los nosocomios, hospitales y postas, porque tampoco se puede exigir mucho, si no se cuentan con los medios mínimos para salvar y proteger vidas. El Estado no debe ocuparse de cosas frívolas , burocráticas o triviales, DEBE prestar atención primordial a la salud, pero no desde la declamación vacía, sino con la inversión eficiente en grandes centros hospitalarios que den cobertura a la población más vulnerable y que se otorguen a los médicos los medios mínimos salariales y materiales para ejercer su ciencia. Así no existirán pretextos para ninguna de las partes.

Finalmente, debe evitarse este tipo de criminalización, que responde a un clamor muchas veces insensato, donde no se ha escuchado la contraparte y no se ha dicho toda la historia, basados en el desconocimiento de la realidad médica y de los pacientes. La penalización del ejercicio profesional, significará que los médicos, por temor natural y autoprotección, no querrán asumir mayores responsabilidades ante el peligro de infundadas denuncias, procesos o persecuciones de pacientes, familiares y abogados aprovechadores y advenedizos, que los verán como presas de circunstancia. Quienes pagarán las consecuencias serán los pacientes, en su mayoría de escasos recursos, que no encontraran alivio, respuestas o soluciones y deberán erogar mayores gastos en consultas particulares privadas, donde los galenos cubrirán sus espaldas en todos los frentes e incrementaran naturalmente sus honorarios, ante posibles eventualidades impensadas o preferirán irse, provocando una migración hacia otros lugares donde podrán ejercer con mayor tranquilidad y mejor remunerados la profesión que eligieron.

La perfección no es una cualidad o virtud, inmanente o propia de los seres humanos, pero la previsión, basada en la verdad y la lealtad entre partes, implica un equilibrio no penalizador entre los involucrados, en un tema tan importante como la vida y la salud, que no se solucionará criminalizando una profesión tan compleja. Sin este balance cualquier avance es imposible.

ROBERTO OSSIO ORTUBE es Abogado.

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En defensa de la pareja Hombre y Mujer / Mujer y Hombre

La nueva disposición que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo en Bolivia,  es compleja y  cuestionable. Para empezar, se supone que debe emitirse una Ley específica del Estado aprobada por la Asamblea Legislativa, misma que es susceptible de impugnación ante el Tribunal Constitucional, puesto que la CPE no hace referencia a este tipo de uniones; NO un simple ”comunicado” emitido por servidores públicos del Órgano Supremo Electoral  que carecen de competencia para arrogarse semejante disposición.

Este hecho se está haciendo malamente común en las entidades públicas, puesto que debemos enterarnos de sus arbitrariedades encontrando  “hojitas” pegadas en letra menuda en las puertas de sus dependencias , como bandos de mala muerte, donde recortan horarios de atención o sacan nuevos requisitos para sus burocráticos trámites.

La pareja humana  normal consiste en  la unión de un hombre y una mujer, de una mujer y un hombre.  Punto. Así de simple. Las otras uniones del espectro LGTB , siempre y cuando no perturben  o hagan ostentación escandalosa  de su elección a los demás,  es su problema. Cada quien sabe lo que hace de su vida y su cuerpo mientras no molesten a nadie.

Pero,  pretender a la fuerza, como una orden , como una imposición, su reconocimiento a la mala, haciéndose las víctimas , en detrimento de los heterosexuales que en buen castellano somos la gente común y normal que es  la mayoría, endilgándonos  todo tipo de adjetivos como “intolerantes” , “racistas” , “homófobos “, “gente que odia”, con la absurda  pretensión de penalizar por siquiera comentar sobre ellos , es ridículo, infame e injusto .

Peor aún permitírles la adopción de niños o niñas,  quienes son seres en formación, sensibles, vulnerables e  inocentes,  que requieren orientación adecuada, para no sufrir confusiones. Y ojo, los riesgos y abusos que existen con la gente común,  también existen en la personas  LGTB.

Muchos  artistas, compositores, escritores que hicieron Historia fueron gente LGTB , respetables, admirables y notables desde todo punto de vista. Pero estas personas, no utilizaron su elección sexual para ser recordados, sino por sus aptitudes, por sus talentos innatos que los hicieron únicos. No interesaba con quienes andaban o se acostaban. Importaba su aporte, su genialidad.  Esa es la diferencia con los promotores de estas “leyes”, sus aptitudes son nulas , desconocidas, su único logro es enrostrarnos su conducta, tratar de imponernos su vida personal que no interesa a nadie.

El haber colgado una bandera del arcoíris  en el Palacio Consistorial de La Paz, es  arbitrario, abusivo  y unilateral. Es una toma de posición que no representa a la gran mayoría de la ciudadanía. Las instituciones representan a todos,  no a un sector minoritario.  Se busca congraciarse con una minoría denigrando al resto. Pésimo.

Por lo anterior, un colega y amigo, muy religioso y conservador, manifestó su opinión defendiendo a la unión heterosexual y fue atacado virulentamente por  gente que le “exigía disculpas” hacia la comunidad LGBT. Yo no comparto muchos de sus puntos de vista, pero respeto su opinión y en este caso apoyo su posición. Hipocresía e “impostura light” de gente que se da” tolerante y amplia”,  pero  que pondría otra cara si el problema toca su puerta, a su familia o sus allegados. Allí sería bueno verlos opinar y contemplar su “rostro tolerante”.

Yo defiendo la unión de la pareja de Hombre y Mujer/ Mujer y Hombre. Llámenme retrógrado, conservador e intolerante. Yo me llamaría gente común y normal. Y verán congelarse el infierno antes que yo pida disculpas a alguien por defender lo que creo. 

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Las Deficiencias de la Ley Municipal No. 233 y su finalidad de recaudación desesperada para el GAMLP

Antes de emitir opiniones positivas o negativas sobre una disposición normativa, se debe leer cuidadosamente su contenido, mucho más si existen reiteradas críticas por parte de la población que derivan en un perjuicio colectivo, que puede confundir un diagnóstico equilibrado. En este caso, los efectos generados por bloqueos y obstaculizaciones en el normal tráfico vehicular y peatonal, que es un gran perjuicio para la ciudadanía en general. La ciudad de La Paz está parcialmente paralizada, a causa de la oposición de vecinos a la Ley Municipal No. 233 de Fiscalización Técnica Territorial, aprobada por el GAMLP.
Del análisis general de la mencionada Ley Municipal, esta desde su inicio utiliza el lenguaje y los mismos parámetros ampulosos y declamatorios de otras normas ediles. Por ello no se reparará en los mismos y se ingresará a los artículos que causan mayor controversia colectiva, en la forma más directa posible y con el lenguaje más accesible al alcance:
1. El Artículo 11 (Vigencia de Planos Arquitectónicos y Planos As Built) pone en riesgo la seguridad jurídica de los planos arquitectónicos y las autorizaciones aprobadas con anterioridad a la precitada Ley Municipal, al mencionar “tendrán vigencia según normativa municipal, en tanto no se realice modificaciones que vulneren y/o alteren los usos asignados y/o los parámetros de edificación aprobados” , la pregunta es: ¿Estas modificaciones las puede hacer el GAMLP en forma posterior, con normativa diferente o contradictoria, por convenir a sus intereses? NO hay respuesta y está abierta la posibilidad, porque los usos y parámetros de asentamiento, pueden ser variados o cambiados de acuerdo al criterio del ente administrador edil. La redacción es ambigua, siendo que debe ser taxativa , condicionando tanto al GAMLP y al ciudadano por igual, no dejando abierta la puerta al Municipio para cambiar de idea cuando así le sea conveniente 
2. Respecto al Artículo 17, Inciso d, numeral 1 (Infracciones por daño al patrimonio cultural material, histórico, artístico, monumental, etc) Se pretende sancionar a un propietario de un bien denominado “patrimonial” “histórico”, dando un condicionamiento inaceptable: proceder a un mantenimiento forzoso, sin preguntarse si el administrado tiene los recursos y la voluntad para hacerlo. La inutilización de un bien llamado “patrimonial” responde a la imposibilidad de mantenimiento o erogación para refacciones, por su elevado costo. Téngase presente que el GAMLP, NO otorga ningún tipo incentivo (salvo una placa de reconocimiento inservible) para correr por lo menos parcialmente con esos gastos de refacción. En uso de su Derecho Propietario, el dueño puede cerrar el inmueble y no realizar trabajo alguno por falta de dinero. Nadie puede obligar a una persona a realizar acciones sin su consentimiento, ni mucho menos forzar a realizar gastos por demás caros o buscar dinero porque el GAMLP ordena hacerlo bajo la amenaza de un comedio proceso de fiscalización. Las casas patrimoniales son olvidadas y se las deja desmoronar, por falta de dinero e incentivos reales (exención tributaria) , si el Municipio quiere proteger todas las casas patrimoniales pues deben dar soluciones que apoyen su mantenimiento y no sancionen al propietario que posiblemente no tiene los recursos para gastos dispendiosos, casi suntuarios,  de salvamento . 
3. El punto medular de esta disposición municipal se orienta a la desesperada búsqueda de recursos económicos por parte del GAMLP. Mediante el Artículo 22 (Conversión de Sanción de Demolición en Sanción Pecuniaria) el vecino que se encuentre sometido a un proceso técnico administrativo de fiscalización, donde se le haya aplicado una sanción de demolición, será presionado por las autoridades ediles ante la amenaza de una demolición y buscará una solución pronta , puesto que el GAMLP tiene para algunas cosas (las que interesan a la población) un aparato engorroso , burocrático e ineficiente, (léase para recibir los descargos del administrado); pero altamente “eficiente” para recaudar y justificar de cualquier forma una sanción pecuniaria sin atenuantes. Pensar en un posterior proceso contencioso administrativo es someter al ciudadano a un infierno judicial, que no está dispuesto a soportar o pagar por años. Por ello el GAMLP, astutamente, ha creado el mecanismo perfecto para sacar recursos discrecionalmente: imponer una sanción de demolición por cualquiera de las causales de la Ley Municipal 233 y el vecino fiscalizado en su afán de librarse del problema decidirá acogerse a una multa pecuniaria arbitraria que será impuesta discrecionalmente, sin apelación o atenuantes, sujetas a valores y cálculos oscuros resguardados en reglamentaciones complejas, misma que tendrá un carácter taxativo porque de lo contrario se proseguirían las acciones y se incrementará la multa.
4. Asimismo, otra forma de forzar el pago es la denominada progresividad de la multa. Se habla de un plan de pagos respecto a la sanción pecuniaria, que “ayuda” al fiscalizado pero que en realidad lo pondrá en zozobra, ante la posibilidad de aplicación del Artículo 25 (Progresividad de la Multa) que incrementará discrecionalmente el monto de las multas cada día, sin saber el parámetro ¿UFV? ¿Interés Bancario? ¿El humor de los funcionarios municipales? ¿Ocultos e indescifrables reglamentos internos? .
5. La misma tramitación del proceso administrativo de fiscalización, señalada en los Artículos 36 y 37 (Procesos Administrativos de Fiscalización y Medidas sobre el inmueble objeto de fiscalización), está orientada a un afán recaudador desesperado, que busca a como dé lugar el reconocimiento del procesado de una infracción, dándolo por culpable, vulnerando el Derecho Constitucional consagrado en el Art. 115 , Parágrafo II de la CPE, referido al Debido Proceso, y para librarse del problema, debe asumir una multa y un “beneficioso” descuento, bajo la amenaza de una anotación en el Catastro Municipal, dando a conocer que el inmueble está inmerso en un proceso de fiscalización, con el objeto de obstruir cualquier trámite posterior en otras instancias (léase Derechos Reales), que de hecho son lentas, engorrosas y burocráticas. 
6. Un tema que es muy preocupante es la vulneración del principio de inviolabilidad del domicilio consagrado por el Art. 25 Parágrafo I de la CPE con la única salvedad de la intervención de una autoridad judicial. El Artículo 38 de la Ley Municipal 233 (Ministerio Público) , pretendiendo justificar el accionar del ente fiscalizador y penalizar absurdamente un tema netamente administrativo, busca involucrar al Ministerio Público para coadyuvar o justificar sus acciones arbitrarias de irrumpir o ingresar a título de fiscalización a una casa sin autorización del propietario, cuando el mecanismo es diferente: la imposibilidad de ingreso debe considerarse un indicio, una presunción de infracción administrativa que le otorga al ente fiscalizador la posibilidad de crear presunciones válidas fundamentadas en la obstrucción que deberán ser después confirmadas o deslindadas con el debido proceso administrativo. Además, ninguna persona tiene la obligación de permitir el ingreso a nadie en su domicilio salvo que se lo requiera u ordene una Autoridad Judicial Competente dentro de la investigación de un delito o proceso legalmente instaurado , por tanto, existe un exabrupto que vulnera los Derechos consagrados en la Constitución y expone a procesos penales a los funcionarios municipales que pretendan aplicarlos abusivamente, mismos que deben tomar en cuenta el Art. 110 , Parágrafo III de la CPE que responsabiliza a los autores de atentados a la seguridad personal , sin que les sirva de excusa haberlos cometido por orden superior. 
 7. En cuanto al cumplimiento de las sanciones, en el Artículo 40 (Cumplimiento de las Sanciones) existe una extralimitación que vulnera claramente los preceptos constitucionales señalados en el inciso precedente . Pregunta: ¿Quién es el Subalcalde para disponer el ingreso a una propiedad privada?¿ Es una autoridad jurisdiccional competente? Este funcionario edil no es más que un servidor público meramente administrativo, con tuición sobre otros empleados municipales. Por otra parte, quien en una última instancia jerárquica DEBERÍA bajo su responsabilidad decidir y disponer la demolición es el Alcalde Municipal, quien tiene que asumir las consecuencias de su responsabilidad ejecutiva al haberse supuestamente agotado la última instancia y recursos de impugnación franqueados por Ley. Esta es una forma irresponsable de delegar y escudarse, en subalternos y mandos medios, quienes de seguro serán procesados por haberse arrogado una facultad para la que no tienen competencia. El afán de exacción pecuniaria que llega a perfilarse con tintes lindantes a un chantaje institucional, se ve reflejado en el Parágrafo IV , V y VI , del artículo mencionado, que permite “pagar” o realizar la "conversión" hasta el último momento la multa y realizar un plan de pagos. 
8. La Ley Municipal No. 240 no es más que un simple esbozo de complementación, que en nada varía el texto de la Ley Municipal No. 233 que pretende hacer creer a la población que serán más benevolentes para las personas de escasos recursos que ocupan zonas y asentamientos irregulares, sin embargo , a parte de lo engorroso de los trámites municipales, la supuesta solución derivará indiscutiblemente a una “legalización” sujeta a un pago pecuniario de los poseedores ilegales, sujetos a un reglamento que como es tradición será tan complejo y tortuoso que ni los funcionarios ni la gente sabrán cómo aplicarlo. . 
9. Cabalmente la reforma de la Disposición Final Cuarta es ambigua, la Ley Municipal No. 240, habla confusamente de “actos de fiscalización y procesos administrativos” y NO de EDIFICACIONES ANTERIORES A LA EMISIÓN DE LA NORMATIVA. En pocas sigue el enigma oculto y entrelineas del GAMLP, que vulnera la seguridad jurídica de cualquier propietario y edificación construida con anterioridad a estas normas ediles.
 En suma y conclusiones, estas leyes municipales únicamente crean mayor incertidumbre e inseguridad jurídica en la población de La Paz, puesto que no son más que un instrumento de recaudación forzosa de recursos, coaccionando a los administrados por medio de un conjunto de amenazas, denuncias y fiscalizaciones oficiosas o a denuncia interesada, que generarán ingentes cantidades de procesos administrativos de fiscalización, que en su mayoría terminarán en sanciones de demolición, las que tratarán de ser evitadas con multas altas y onerosas, que serán canalizadas a favor del GAMLP, sin lograr el esperado ordenamiento urbano. 
Asimismo, se otorgan potestades a empleados ediles que vulneran varios preceptos de la CPE y les generarán responsabilidades, puesto que se delega a funcionarios de rango medio, atribuciones atentatorias a la propiedad privada, sin que el Máximo Ejecutivo Municipal asuma responsabilidad ejecutiva por la determinación de allanamiento a propiedades privadas, escudándose en subalternos. A ello debe añadirse que so pretexto de mejorar las fiscalizaciones el aparato burocrático municipal crecerá absorbiendo aún más los recursos recaudados. 
 Lamentablemente La Paz se convertirá en una chivatería de vecino contra vecino, donde las denuncias y contradenuncias lograrán la “intervención edil” cuyo objetivo NO ES ordenar y fiscalizar, sino es recaudar “como sea”, “de donde sea” , “de quien sea” recursos frescos, para ser dilapidados en una inflada e ineficaz burocracia, para alimentar legiones de funcionarios municipales cuyos resultados ignoramos y para realizar escasas obras innecesarias que por su intrascendencia desaparecen o son imperceptibles.
Nadie discute la necesidad de un ordenamiento urbano y procedimientos que frenen las construcciones clandestinas, ilegales y atrabiliarias que deforman la imagen de la ciudad y dañan a los vecinos que respetan la Ley, así como es necesario sancionar duramente a quienes no cumplen las normas municipales y ocupan espacios verdes; pero con parámetros justos e inflexibles que se adecuen a la realidad de La Paz. Las infracciones como una demolición o una multa deben existir, pero no hacer de estas, algo que discrecionalmente pueda ser “negociado” o “reconocido” por una “conversión”, se confunde el concepto de fiscalización con un mercado de regateo barato. 
 Finalmente, el GAMLP está escaso de recursos y no puede negar que ese es el objetivo de fondo de estas Leyes Municipales: obtener dinero a toda costa, a como dé lugar de los contribuyentes ”fiscalizados”, para sostener una gestión municipal cuya decadencia mimetizada en pobres maquillajes y gastos insulsos , se hace evidente por su falta de respuesta a los requerimientos ciudadanos y a las constantes protestas , que se afrontan con excusas que se balbucean públicamente con explicaciones ininteligibles y rebuscadas, en un falso afán de justificación.

 

Roberto Ossio Ortube

Abogado 

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25 de Mayo en Oriente - Día de Chuquisaca

La señorial Sucre, Charcas,  la Ilustre Ciudad. Su Historia está plenamente vinculada a Bolivia, a su nacimiento, a su pasado y a su presente, a su gloria y a sus infortunios:  la Real Audiencia , la Universidad , el Grito del 25 de Mayo de 1809, los Doctores de Charcas cuyo paradigma fue Casimiro Olañeta, Juana Azurduy de Padilla la amazona de la libertad americana, los Patriarcas de la Plata, la hecatombe de Ayo Ayo,  el infortunado Presidente José Gutiérrez Guerra, el Dr. Hernando Siles y sus sueños truncados,  la fiereza de Don Mamerto Urriolagoitia. En el ámbito literario basta mencionar a Don  Adolfo Costa Du Rels y su elegante pluma, a Tristan Marof y su monumental retrato irónico de la Capital y desde luego a Jaime Mendoza y su fe inquebrantable en el futuro de su país. 

No podemos olvidar a Don Simeón Roncal y sus hermosas cuecas, como tampoco  a Don Fidel Torricos su más eximio interprete en el piano, como también la melancólica Matilde Casazola, quienes con su música nos enseñaron la  belleza sonora  de este terruño que se encuentra en un escarpado valle en los contrafuertes de la Cordillera de Los Andes, donde en sus buenos tiempos se llegaba por tren en un arribo que se saludaba con caballerosidad olímpica.

Sus calles y casas revocadas de blanco, la Plaza 25 de Mayo y el Parque Bolívar, están allí, como el querido, omnipresente y eterno recuerdo personal, donde se pasaban  tardes íntegras en animada plática,  desempolvando recuerdos, tratando de resolver entuertos o avizorando un porvenir que siempre se  esperaba con optimismo.  

La Florida, Ñujchu, Yotala  y quizás uno de sus referentes más emblemáticos, La Glorieta, se encuentran allí. Reflejan el deseo de crear un mundo idílico , no en la mente, ni fuera de la tierra natal, sino allí cerca de aquellos de los que no  queremos separarnos porque al final de cuentas ese cordón umbilical siempre nos reclama y mantiene vivos.

Allí  los badulaques se reúnen para complotar o vivir hazañas  que son hitos mentales persistentes en el tiempo.Obviamente pueden cuestionar jocosamente su cordura. Sin embargo, si la cosa es realmente seria,  el “Pacheco” está a mano para paliar cualquier mal. Hasta la muerte tiene un vergel hermoso en su  cementerio, que invita  a la reflexión y el silencio,  para salir con más fuerza al mundo de los vivos.

Sucre,  siempre será ese mito  y esa realidad, donde se vuelve con alegría, serenidad y nostalgia, aunque sea mentalmente, porque  en este viejo solar vivieron personas y familias, se forjaron amistades y antagonismos, porque en ese lugar se generaron  momentos inolvidables y trágicos, porque en este sitio,  nació para bien o mal , nuestro país, Bolivia. 

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La inutilidad de la ONU

Las últimas noticias y acontecimientos mundiales han demostrado tristemente algo que todos sabíamos pero que ahora se hace más evidente, la inutilidad de la ONU. Entidad parasitaria y burócrata, que no ha resuelto absolutamente NADA importante desde su creación en 1945. Los últimos hechos en la actualidad, en el año 2017, lamentablemente lo corroboran : el desastre de Siria, donde se incluye todo lo peor imaginable , desde el uso de armas químicas contra población civil hasta el genocidio de minorías étnicas y religiosas; la escalada de amenaza de enfrentamiento nuclear entre EUA, Rusia y Corea del Norte cercano a la conflagración general, donde el alarde de hacer desaparecer la vida en el planeta parece una sombra continua; el terrorismo con objetivos indiscriminados sin visos de freno: las iglesias coptas egipcias voladas en pedazos en El Cairo, con sus feligreses dentro; la debacle en Venezuela que polariza a una sociedad con una crisis humanitaria sin precedentes, donde se distribuyen quinientas mil armas para atizar el enfrentamiento sin posible solución a mediano plazo; hambruna en Sudan, Eritrea y Etiopía que recrudece por la intolerancia religiosa. Son sólo algunos ejemplos.

Mejor no retrocedemos más para no reprochar mayores desaciertos e impavidez, lindante en la ineptitud, la ONU y su actitud contemplativa tiene enormes falencias imperdonables desde su creación. Sus “recomendaciones, seminarios, informes, conclusiones y llamados” no representan absolutamente nada y pueden ser buenos reemplazos de papel higiénico, pero paradójicamente para elaborarlos, se gastan millones en mantener centenares de improductivos, parásitos e inútiles empleados cuya existencia no justifica, sus míseros por no decir nulos resultados. 

La Sociedad de las Naciones su predecesora, por motivos similares desapareció destruida por los acontecimientos. Uno de los personajes más temibles y siniestros de la Historia, Adolfo Hitler lo hizo de forma por demás brutal por razones que a la luz de los actuales acontecimientos hacían palpable su futilidad ante los reclamos de los Estados. En octubre de 1933, unos nueve meses después de que fuera nombrado canciller de Alemania, el gobierno alemán anunció su retirada de la Sociedad de Naciones. La razón ostensible era la negativa de las potencias occidentales de aceptar las demandas de Alemania relacionadas con la paridad militar. Con una brusca carta, del 19 de octubre de 1933, el ministro de Relaciones Exteriores, Konstantin Freiherr von Neurath, informaba al secretario general de la Sociedad de Naciones, Joseph Avenol, la retirada de Alemania. Tras dejar la Sociedad, Alemania procedió al rearme militar a gran escala, emprendido en violación de los acuerdos internacionales, la renuncia al Pacto de Locarno (1936), el ataque a Austria (1938) y la anexión de las provincias checoslovacas de Bohemia y Moravia (marzo de 1939). Estas acciones culminaron con el ataque alemán a Polonia, el 1 de septiembre de 1939, y el estallido de la Segunda Guerra Mundial.

La Historia parece repetirse , la ley de los más fuertes, de los más irracionales, de los megalómanos, de las armas de alto poder destructivo, se impone y la ONU confirma que nunca funcionó y reditúa su inoperancia al igual que la Sociedad de las Naciones.

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