Mediante la circular Nº 808, el ente fiscalizador dio a conocer las modificaciones al Reglamento de Tasas de Interés, Comisiones y tarifas. El documento informa que, a partir de esta fecha, las entidades supervisadas deberán cobrar una comisión en una banda de 5% a 10% máximo, para las transacciones y giros al exterior en dólares. Entretanto, las transacciones gratuitas tienen un máximo de mil dólares por quincena.