La abogada Pinto asegura que las resoluciones de la OEA son solo recomendaciones
"Chile nunca aceptó la obligación jurídica de negociar una salida al mar y nunca ha quebrantado una resolución de este tipo", agrega Pinto.
Mónica Pinto es la segunda abogada en realizar la intervención en la segunda jornada de alegatos orales del equipo jurídico chileno en la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
La abogada argentina afirmó que las resoluciones aprobadas por la Organización de Estados Americanos (OEA) solo declaran como tema de interés regional el conflicto entre Bolivia y Chile por el mar, pero que no crea ninguna obligación de negociar, por lo tanto, en opinión de la jurista se trata de recomendaciones.
"En su memoria, Bolivia ha apoyado que las resoluciones de la OEA han creado una obligación de negociar. En su réplica, Bolivia ha dicho que la Asamblea no puede obligar a los estados a adoptar un comportamiento concreto", afirma Pinto.
Pinto argumenta que las resoluciones de la OEA no han creado obligación alguna de negociar y que no podrían haberlo hecho de forma vinculante. Asegura que "el texto de las resoluciones de la Asamblea General no utiliza la palabra obligación, solo habla de un interés regional, insta a los estados afectados a iniciar un diálogo, o decide exhortar a Bolivia y Chile a que inicien un acercamiento, no hay nada que señale que hay una obligación, se trata solo de resoluciones políticas", puntualizó.
La abogada también afirmó que Chile nunca ha reconocido una obligación de negociar y ha votado en contra de las resoluciones de 1979 y contra las de 1984 y 1989 de la OEA. “No se creó ninguna obligación de negociar en virtud de las resoluciones de la OEA", finaliza Pinto, que sostiene que "ni Bolivia ni la OEA mencionaron una resolución de este tipo".