Redacción Oxígeno
24/06/2015 - 12:47

Una ley permite que el Procurador intervenga en casos a solicitud del presidente Morales

La Cámara de Diputados aprobó la noche de este martes un proyecto de ley por el que se amplía el margen de la Procuraduría General del Estado, de tal manera que tome acción en defensa del Estado cuando el daño económico sea superior a los 7 millones de bolivianos. Otra de las disposiciones que señala es que el Procurador intervendrá en casos a solicitud del Presidente Evo Morales.

El Procurador General del Estado (ABI)

La Paz, 24 de junio (Oxígeno).- La Cámara de Diputados aprobó la noche de este martes un proyecto de ley por el que se amplía el margen de la Procuraduría General del Estado, de tal manera que tome acción en defensa del Estado cuando el daño económico sea superior a los 7 millones de bolivianos. Otra de las disposiciones que señala es que el Procurador intervendrá en casos a solicitud del Presidente Evo Morales.

El proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados señala las competencias específicas de la Procuraduría referidas a su participación en procesos en los que una máxima autoridad ejecutiva de cualquier institución pública sea demandada. También dice que participará en procesos judiciales y extrajudiciales a solicitud del Presidente del país para una mejor defensa de los intereses del Estado. 

Asimismo, la nueva norma establece el registro de antecedentes de abogados que prestan asesoramiento jurídico en entidades públicas del Estado, creándose, para el efecto, el Registro de Abogados del Estado (RAE).

Este registro tiene el objetivo de elaborar un registro informático de todos los abogados que defienden los intereses del Estado, también servirá para cualificar su trabajo y elaborar un récord de sus actividades en esta área. 

También la ley crea un registro permanente y actualizado de los procesos judiciales y administrativos de la administración pública, denominado Registro Obligatorio de Procesos del Estado ROPE para establecer un registro obligatorio; la responsabilidad por la función pública y el incumplimiento de deberes.

Se determina además que el plazo de un año computable a partir de la publicación del Decreto Supremo Reglamentario las y el responsable de la unidad jurídica o la instancia a cargo de los procesos de la administración pública deberá realizar el registro de todos los procesos que se encuentran a su cargo, el registro obligatorio del proceso.

El proyecto de modificación tiene dos artículos, dos disposiciones transitorias, una disposición adicional y tres disposiciones derogatorias.

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