La CIDH cierra el caso Pacheco Tineo; Bolivia cumplió con toda la sentencia
"La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una resolución 1 en la cual decidió dar por concluido y archivar el caso Familia Pacheco Tineo en contra del Estado Plurinacional de Bolivia debido a que éste dio cumplimiento a cada una de las reparaciones ordenadas en la Sentencia emitida el 25 de noviembre de 2013", dice el documento de prensa emitido la tarde de este jueves.
San José, 14 de mayo (Oxígeno).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos dio por cerrado el caso de la familia Pacheco Tineo en contra del Estado Plurinacional de Bolivia, porque éste cumplió con cada una de las medidas establecidas por la sentencia, según informó este tribunal internacional.
"La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una resolución 1 en la cual decidió dar por concluido y archivar el caso Familia Pacheco Tineo en contra del Estado Plurinacional de Bolivia debido a que éste dio cumplimiento a cada una de las reparaciones ordenadas en la Sentencia emitida el 25 de noviembre de 2013", dice el documento de prensa emitido la tarde de este jueves.
El 2001, la Familia Pacheco Tineo ingresó al territorio boliviano y las autoridades nacionales decidieron expulsarla, "cuando sus miembros se encontraban en condición de migrantes en situación irregular y de solicitantes del reconocimiento del estatuto de refugiados. Dicha expulsión se produjo sin que las víctimas hayan sido escuchadas y sin que los órganos estatales realizaran las valoraciones que correspondían", señala la información.
La decisión de la Corte de concluir la supervisión de cumplimiento de las reparaciones ordenadas en la Sentencia se tomó luego de constatar que Bolivia: realizó las publicaciones y difusión de la Sentencia; pagó las indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial a las víctimas, para lo cual tomó las previsiones pertinentes para pagarles en Chile, país en que residen, realizando, inclusive, un “acto oficial” de entrega de las indemnizaciones en el Consulado de Bolivia en Santiago; cumplió con reintegrar determinado monto al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte2, y elaboró e inició la implementación del “Programa de Capacitación” denominado “Actualización en Gestión Migratoria (2da versión)”, dirigido a capacitar a funcionarios de la Dirección Nacional de Migración y la Comisión Nacional de Refugiados, así como funcionarios de otras entidades con atribuciones relacionadas con la atención de migrantes y solicitantes de refugio.
La Corte tomó en cuenta que el contenido del programa abarca materias relativas a los estándares internacionales de los derechos humanos de los migrantes, las garantías del debido proceso y el derecho internacional de refugiados y contempla una materia específica sobre la Sentencia del presente caso, y que Bolivia garantizó la previsión presupuestaria para su consecución en el 2015. La Corte declaró el cumplimiento de esta medida de reparación en el entendido de que el Estado “deberá garantizar que el programa de capacitación referido se desarrolle de modo permanente y obligatorio”.
Los hechos se remontan a febrero de 2001, cuando la familia peruana, conformada por Rumaldo Juan Pacheco Osco, Fredesvinda Tineo Godos, Frida Edith Pacheco Tineo, Juana Guadalupe Pacheco Tineo y Juan Ricardo Pacheco, solicitó refugio político en Bolivia. El pedido fue negado y fueron expulsados a Perú.
El 25 de noviembre de 2013 fue dictada la sentencia en contra del Estado y a favor de la familia Pacheco-Tineo por las vulneraciones cometidas en el rechazo a esta solicitud de asilo y posterior envío de estas personas a su país de origen.