Propuesta
Redacción Oxígeno
28/07/2016 - 11:20

Defensoría del Pueblo pide 30 años de cárcel para homicidios por ‘odio’

La iniciativa surgió, tras identificar las percepciones y vivencias de la población en relación a los crímenes fundados en el odio que vulneran los derechos.

El defensor del Pueblo, David Tezanos.

Después de finalizar el taller ‘Construyendo la Tipificación de Crímenes de Odio’, el defensor del Pueblo, David Tezanos planteó que se defina el crimen de homicidio por odio como un hecho sancionable con una pena de privación de libertad de 30 años sin derecho a indulto para ser incluido en el proyecto del nuevo Código del Sistema Penal Boliviano que se encuentra en la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados. La propuesta será presentada hoy a la Vicepresidencia.

La representante de la Defensoría del Pueblo, Tamara Núñez del Prado, afirmó que la  iniciativa surgió, tras identificar las percepciones y vivencias de la población en relación a los crímenes fundados en el odio que vulneran los derechos.

“Esta propuesta no sólo beneficiará al sector, sino a aquellos grupos que son las mayores víctimas de este tipo de crímenes como niñas, niños, personas adultas mayores, aquellas personas que profesan una religión, que son víctimas de xenofobia o que son discriminadas por su condición socioeconómica”, aseveró.

LA PROPUESTA

La sugerencia de la Defensoría del Pueblo es la siguiente:

"Articulo Crimen de Odio: Será sancionada con privación de libertad de treinta (30) años sin derecho a indulto, la persona que matara a otra por pertenecer a una población en razón de orientación sexual, identidad de género, sexo, color, origen, cultura, nacionalidad, credo religioso, ideología, filiación política, condición económica , social o de salud, tipo de ocupación, discapacidad, niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores en cualquiera de las siguientes circunstancias:

a) Cuando la muerte sea conexa al delito de racismo, discriminación, xenofobia, homofobia y transfobia.

b) Cuando la muerte sea resultado de ritos, iniciaciones, desafíos o prácticas culturales.

c) Cuando con anterioridad a la muerte la persona haya sido víctima de violencia.

d) Cuando la persona autora lo realizara por un sentido de misión o percepción de poder, que consistiera en eliminar a esta población porque crea que son inferiores o vulnerables.

e) Cuando sea por placer."

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