Christian Rojas
30/08/2015 - 16:19

En Bolivia sólo están registradas 7.300 armas de fuego

El Gobierno convoca a la anotación voluntaria. Del número 2.808 se encuentran en Santa Cruz, 2.653 en La Paz, 1.068 en Tarija, 569 en Oruro, 114 en Cochabamba, 48 en Sucre, 32 en Beni, 8 en Potosí y en Pando ninguna.

Foto (Internet).

La Paz, 30 de agosto (ABI).- En Bolivia sólo se encuentran registradas legalmente 7.300 armas de fuego y el Gobierno convocó a la población a participar en la anotación voluntaria, en el marco de la Ley 400 de Tenencia y Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales, proceso que comenzará el martes.

El viceministro de Régimen Interior, Jorge Pérez, precisó: "A la fecha en el país sólo están registradas 7.300 armas, de las que 2.808 se encuentran en Santa Cruz, 2.653 en La Paz, 1.068 en Tarija, 569 en Oruro, 114 en Cochabamba, 48 en Sucre, 32 en Beni, 8 en Potosí y en Pando no existe ninguna".

 La autoridad explicó que a raíz de un incremento de la violencia en el país, con uso de armas de fuego, se convocó a un registro voluntario, que arrancará el 1 de septiembre en el país.

"Indicar que este martes 1 de septiembre se va a lanzar la campaña nacional de registro voluntario de armas, la misma se va a desarrollar en todos los departamentos del país", dijo.

 Pérez explicó que esa actividad será inaugurada en la ciudad de Santa Cruz, al este de Bolivia, e informó que se habilitaron oficinas de registro en las ciudades capitales de los nueve departamentos.

"Se está implementando un sistema de registros en cumplimiento a lo que manda la Ley 400 y sus decretos reglamentarios (2175 y 2344)", afirmó.

El Viceministro de Régimen Interior dijo que el proceso de registro tendrá una duración de 180 días.

"Deben llevar su documentación donde obtuvo el arma o hacer una declaratoria sobre su forma de posesión y ahí debe llevar su arma y entregarla a esta ofician, ahí harán una levantamiento fotográfico y registrarán los datos específicos del arma (...)", explicó.

Agregó que luego de ese proceso se realizará un peritaje para colectar el casquillo y proyectil del arma "a efecto de que queden guardados bajo control policial y además se va  a tomar las huellas del propietario".

"Se ha llevado adelante esta implementación de la Ley 400 y su decreto reglamentario 2175 con el decreto de 2344 en razón en el que el país se ha despertado tres fuentes sustanciales generadores y multiplicadoras de inseguridad y de hechos de violencia, estas son el excesivo consumo de alcohol, el hecho de ser un país tránsito de narcotráfico, y por la excesiva presencia ilegal de armas en manos civiles", justificó.

La Ley 400 de Tenencia y Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, regula el manejo de armas, fija las penas a los que trafiquen con ellas y los requisitos que exige el Estado de Bolivia para el transporte y comercialización de explosivos y municiones.

Para los uniformados que incurran en el delito de tráfico de armas, fija sanciones de hasta 30 años de cárcel.

Esa norma, además, con sus decretos reglamentarios, establece prohibiciones y regula la destrucción y desactivación de armas, municiones y explosivos.

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