La normativa que fue aprobada el 26 de marzo; sin embargo fue hecha pública 12 días después, establece en su parágrafo tercero que “En las publicaciones antes señaladas se debe comunicar a la ciudadanía que los votos consignados a favor de franjas electorales sin candidaturas sustitutas registradas hasta el 25 de marzo del 2015 (…) por inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente, incapacidad total o por renuncia, serna consignados con fines estadísticos en el Acta del Computo Departamental”.