Arce promulga la Ley del TREP y asegura que las elecciones están garantizadas
“¡El cronograma electoral avanza! ¡El cronograma electoral se cumple según lo planificado! ¡Las Elecciones Generales del 17 de agosto están garantizadas, aunque algunos se empeñen y amenacen con boicotearlas! ¡El Gobierno coadyuvará desde el ámbito de sus competencias al cronograma electoral definido por el TSE!”, afirmó el presidente del Estado, Luis Arce.

El presidente del Estado, Luis Arce, informó este viernes que promulgó la Ley sobre el Sistema de Transmisión y Publicación de los Resultados Electorales Preliminares (TREP) y aseguró que las elecciones generales del 17 de agosto están garantizadas.
“Acabamos de promulgar la Ley de modificación de la “Ley No. 026 del 30 de junio de 2010 del Régimen Electoral, sobre Sistema de Transmisión y Publicación de Resultados Preliminares” (TREP), cumpliendo así con los acuerdos firmados en el Tercer Encuentro Interinstitucional Multipartidario convocado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en febrero pasado”, señaló el Presidente del Estado a través de sus cuentas en las redes sociales.
Y añadió que “ahora vamos por la aprobación de las leyes pendientes en la materia, esperando que la Asamblea Legislativa Plurinacional, y especialmente el Senado, apruebe las normas comprometidas”.
En ese sentido, el Jefe de Estado recalcó que las elecciones están garantizadas para realizarse el 17 de agosto.
“¡El cronograma electoral avanza! ¡El cronograma electoral se cumple según lo planificado! ¡Las Elecciones Generales del 17 de agosto están garantizadas, aunque algunos se empeñen y amenacen con boicotearlas! ¡El Gobierno coadyuvará desde el ámbito de sus competencias al cronograma electoral definido por el TSE!”, agregó.
Compuesto por dos artículos y tres disposiciones transitorias, la Ley 414/2024-2025 señala que, “en todo proceso electoral, referendo de revocatoria de mandato, se implementará un sistema de transmisión y publicación de resultados electorales preliminares, con acompañamiento de las organizaciones políticas en todas sus fases, que permita proveer en el menor tiempo posible a la ciudadanía candidaturas, organizaciones políticas y otras la información de resultados electorales provisorios y no vinculantes previo al cómputo oficial y definitivo”.
Se enfatiza que “la transmisión de estos resultados y su publicación tendrán un carácter preliminar, con la única función de informar sobre los resultados parciales de la votación bajo los principios de seguridad, publicidad, transparencia, confiabilidad, credibilidad y certidumbre”.
Una vez concluido el escrutinio electoral, a través de formatos y la aplicación de procedimientos técnicos transparentes y seguros de capturas y digitalización establecidas previamente por el Tribunal Supremo Electoral, se realizará la transmisión de resultados preliminares de las distintas mesas escrutadas a un centro de datos del Órgano Electoral Plurinacional.
En la jornada electoral, a partir de las tres horas del cierre de la votación, el Tribunal Supremo Electoral realizará las publicaciones de los resultados preliminares de los escrutinios debiendo realizarlo de manera periódica y continua.
Para todo proceso eleccionario referendario o de revocatoria de mandato, el Tribunal Supremo Electoral organizará una comisión técnica de asociamiento y seguimiento al sistema de transmisión publicación de resultados preliminares, constituida por representantes de entidades académicas con experiencia en áreas tecnológicas sociales y otras relacionadas con conocimiento en materia electoral sin militancia o actividad en organizaciones políticas bajo la coordinación técnica de un representante del Órgano Electoral Plurinacional.
Una vez puesta en vigencia la ley, el TSE tendrá un plazo de 60 días calendario para reglamentar la aplicación del sistema.