Tribunal de Santa Cruz rechaza recurso que pedía cancelar la personería de ocho partidos
La acción popular presentada por el abogado Humberto Vidaurre buscaba afectar a los partidos de Acción Democrática Nacionalista (ADN), Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol), Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), Partido Demócrata Cristiano (PDC) Frente Para la Victoria (FPV), Autonomía Para Bolivia – Súmate (APB – Súmate), Unidad Nacional (UN) y el Movimiento Demócrata Social (Demócratas).

Este viernes, la Sala Constitucional Cuarta de la ciudad de Santa Cruz rechazó el recuso que buscaba cancelar la personería jurídica de ocho partidos con el objetivo de evitar su participación en las elecciones generales del 17 de agosto.
La acción popular presentada por el abogado Humberto Vidaurre buscaba afectar a los partidos de Acción Democrática Nacionalista (ADN), Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol), Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), Partido Demócrata Cristiano (PDC) Frente Para la Victoria (FPV), Autonomía Para Bolivia – Súmate (APB – Súmate), Unidad Nacional (UN) y el Movimiento Demócrata Social (Demócratas).
“De estos ocho partidos, dos no se adecuaron y seis que supuestamente se adecuaron, pero en fecha posterior al 31 de diciembre del 2021. La ley fue promulgada el 1 de septiembre del 2018, tuvieron prácticamente 3 años para adecuarse a la ley”, señaló Vidaurre en pasados días.
No obstante, la justicia denegó la acción popular en una audiencia desarrollada la tarde de este viernes.
Al respecto, el vocal Tahuichu Tahuichi afirmó que la decisión es un “respiro” para el Órgano Electoral de cara a garantizar las elecciones.
La decisión de la Sala Constitucional se dio pocas horas después de que la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) exhortara a los jueces constitucionales a respetar las competencias del Órgano Electoral en la organización y desarrollo de las elecciones del 17 de agosto.
Además, el TCP aseveró que ninguno de los recursos judiciales debe alterar o modificar el calendario electoral ni retrotraer acciones ya superadas en el calendario electoral.
“Se ha instruido a las salas constitucionales y jueces de garantía de todo el país que tramitan y resuelvan, de forma inmediata, los diferentes recursos y acciones vinculadas al proceso electoral que son de su conocimiento en estricto apego a la Constitución Política del Estado y en los principios que rigen el proceso en los procesos electorales”, señala el comunicado del TCP.