Elecciones 2025
César Sánchez
14/05/2025 - 16:56

MNR formaliza su retiro del proceso electoral y 10 frentes están registrados para presentar candidaturas

Cinco organizaciones políticas: Nueva Generación Patriótica (NGP); Autonomía Para Bolivia Súmate (APB-Súmate); Movimiento de Renovación Nacional (Morena); Partido Demócrata Cristiano (PDC) y el Movimiento Al Socialismo-Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP); además de cinco alianzas: Alianza Libertad y Progreso ADN; Alianza Popular; Alianza Libre; Alianza Unidad y Alianza Fuerza del Pueblo participarán de las elecciones.

El MNR no participarás de las elecciones generales de agosto.

Al menos 10 frentes – 5 alianzas y 5 organizaciones políticas – están en carrera electoral y deben presentar sus candidaturas para las elecciones del 17 de agosto desde este miércoles hasta el 19 de mayo; mientras que el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) comunicó de manera formal que no participará del proceso electoral, informó el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Se trata de cinco organizaciones políticas: Nueva Generación Patriótica (NGP); Autonomía Para Bolivia Súmate (APB-Súmate); Movimiento de Renovación Nacional (Morena); Partido Demócrata Cristiano (PDC) y el Movimiento Al Socialismo-Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP).

Además de cinco alianzas: Alianza Libertad y Progreso ADN; Alianza Popular; Alianza Libre; Alianza Unidad y Alianza Fuerza del Pueblo.

De acuerdo con el TSE, estas 10 fuerzas presentaron “las actas notariadas de acreditación de la elección de candidaturas de acuerdo a sus normas estatutarias internas”.

“Mediante la presentación de este documento las organizaciones políticas comprometen que la elección de sus candidaturas se ceñirá a los estatutos internos que rigen a dichas organizaciones”, refiere el TSE.

En consecuencia, desde este miércoles y hasta el lunes 19 de mayo estas “organizaciones políticas que comprometieron su participación en las Elecciones 2025 podrán inscribir a sus candidatos y candidatas en el Tribunal Supremo Electoral (TSE)”.

Asimismo, el TSE confirmó que “el MNR presentó una nota formal comunicando que no participará en las Elecciones Generales 2025”.

De acuerdo con el Reglamento para la inscripción y registro de Candidaturas Elecciones Generales 2025, las organizaciones políticas y alianzas deben inscribir y presentar los documentos habilitantes de un mínimo de 146 candidatos para las elecciones generales del 17 de agosto.

Se trata del o la candidata a la presidencia y del o la aspirante a la vicepresidencia, además de 27 candidatos a senadores, 38 a diputados plurinominales, 63 a diputados uninominales, 7 a circunscripciones especiales y 9 a representantes supraestatales, se lee en el artículo 10 referido a “las cantidades mínimas de candidatas y candidatos” del reglamento, aprobado por Resolución TSE-RSP-ADM Nº 0184/2025 de 1 de abril de 2025.

Además, para cada postulación, se debe inscribir a un titular y a un suplente y respetando el criterio de paridad y alternancia: si el titular es mujer el suplente debe ser varón y viceversa.

Para el registro de candidaturas, a cada delegado titular del partido político o alianza se le entregó las credenciales de acceso al sistema informático pertinente, que es administrado por la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación (DNTIC).

Para ser registrados en el sistema, las candidatas y los candidatos deben contar con registro en el Padrón Electoral Biométrico.

Las organizaciones políticas y alianzas deben presentar las listas de candidaturas de forma impresa y digital. Estas listas deben estar firmadas y rubricadas por los delegados acreditados, para la revisión de requisitos por parte de Secretaría de Cámara del Tribunal Supremo Electoral.

Los aspirantes deben cumplir con al menos 11 requisitos comunes: contar con la nacionalidad boliviana; ser mayor de edad; haber cumplido con los deberes militares, en el caso de candidatos hombres; no tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento; no estar comprendida ni comprendido en los casos de prohibición de incompatibilidad e inelegibilidad establecidos en la Constitución Política del Estado.

Además, deben estar inscritas o inscritos en el padrón electoral; hablar al menos dos idiomas oficiales del país; no contar con antecedentes de violencia ejercida contra una mujer o contra cualquier miembro de su familia, que tenga sentencia ejecutoriada en calidad de cosa juzgada; y presentación de renuncia para los casos comprendidos en el artículo 238 de la Constitución Política de Estado;

Para acceder a la candidatura a la Presidencia o Vicepresidencia del Estado, se requiere contar con treinta (30) años de edad cumplidos al día de la elección y en el caso de las demás candidaturas, 18 años de edad cumplidos hasta el momento de la elección.

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