Reelección
César Sánchez
14/05/2025 - 14:55

Tras sentencia del TCP que lo inhabilita, Evo dice que llevará a tribunales internacionales a los “prevaricadores”

La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) oficializó este miércoles lo que calificaron como la “histórica” sentencia 007/2025, que establece que nadie puede ejercer la presidencia del Estado en más de dos ocasiones, ya sea de manera continua o discontinua.

Evo Morales estaría prohibido de volver a postular a la presidencia.

Después de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitiera la sentencia 007/2025, que establece que nadie puede ejercer la presidencia del Estado en más de dos ocasiones, ya sea de manera continua o discontinua, Evo Morales anunció que llevará a tribunales internacionales a quienes, dijo, “prevarican por razones políticas”.

Y es que con la sentencia, Morales no podrá volver a ser candidato a la presidencia, al haber estado en el cargo durante más de dos periodos constitucionales.

“Seguros de su poder e impunidad temporal que le otorga el gobierno, el TCP pisotea la Constitución y dicta fallos inconstitucionales, arbitrarios y de acuerdo al gusto de los gobernantes. Como es muy difícil encontrar justicia, por ahora, vamos a llevarlos a tribunales internacionales a todos aquellos que prevarican por razones políticas y violan los derechos de los ciudadanos a ser electores y/o ser elegidos en las urnas”, señaló Morales a través de sus cuentas en las redes sociales.

Según Morales, la sentencia del TCP busca modificar la Constitución Política del Estado (CPE) al limitar también la reelección discontinua, algo que solo se puede hacer, dijo, a través de un referéndum constitucional o una Asamblea Constituyente.

“El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), con mayoría de magistrados de facto, (autoprorrogados ilegalmente) mediante la Sentencia 007/2025, dispone que ningún ciudadano boliviano puede ser reelecto de forma continua O DISCONTINUA, violando el Art. 168 de la CPE que solo prohibe la reelección CONTINUA. Con esa sentencia, el TCP está modificando el Art. 168 de la Constitución sin tener competencia constitucional. En nuestro país, la Constitución solo se puede modificar mediante Asamblea Constituyente o a través de un Referendo convocado por Ley que es de competencia exclusiva de la Asamblea Legislativa y no del TCP” (sic), señaló.

Según Morales, el TCP usurpa funciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) al prohibir candidaturas.

“Es parte del Plan Negro redactado por el gobierno y ejecutado por su ejército de magistrados, jueces y fiscales a los que los controla para consolidar su estrategia de proscripción política al candidato que tiene mayor preferencia electoral”, acotó.

La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) oficializó este miércoles lo que calificaron como la “histórica” sentencia 007/2025, que establece que nadie puede ejercer la presidencia del Estado en más de dos ocasiones, ya sea de manera continua o discontinua.

“Ningún ciudadano boliviano, bajo ninguna circunstancia, puede ejercer más de dos veces el cargo electo de presidente y vicepresidente, sea este de forma continua o discontinua, criterio aplicable en el tiempo, lo que involucra a los periodos constitucionales de mandato que se produjeron y que ya concluyeron en el pasado”, afirmó el decano del TCP, Yván Espada.

Espada, asimismo, aclaró que esta determinación se aplica a mandatos del pasado y está vigente para las actuales candidaturas.

“Resulta plenamente aplicable a las situaciones en curso, es decir, a todo candidato sin excepción alguna que actualmente pretenda incumplir lo determinado”, agregó.

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