Auto Constitucional
César Sánchez
28/04/2025 - 20:58

El TCP admite acción de inconstitucionalidad contra Decreto que deriva a La Paz los casos de terrorismo y otros delitos

La Acción de Inconstitucionalidad fue presentada en contra de los artículos I y II del Decreto Supremo 138, que establece que "queda consolidada la ciudad de La Paz, como ámbito de jurisdicción procesal para el juzgamiento de los delitos de Terrorismo, Sedición o Alzamientos Armados contra la Seguridad y Soberanía del Estado".

El TCP deberá definir si todos los casos de terrorismo siguen siendo trasladados a La Paz para su juzgamiento.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió el recurso de inconstitucionalidad presentado por los abogados Reinerio Vargas y José Luis Santistevan en contra de los dos primeros artículos del Decreto Supremo 138 de mayo del 2009 que, entre otras cosas, deriva a La Paz todos los casos de terrorismo, sedición o alzamientos armados contra la seguridad y soberanía del estado para su juzgamiento.

En concreto, el artículo 1 señala que el Decreto tiene por objeto “establecer el procedimiento para determinar la jurisdicción, la aplicación de medidas cautelares sobre el patrimonio, medios e instrumentos que hubieran sido utilizados o estuviesen comprometidos, en la comisión de los delitos de Terrorismo, Sedición o Alzamientos Armados contra la Seguridad y Soberanía del Estado”.

Además, el artículo 2 dispone que “queda consolidada la ciudad de La Paz, como ámbito de jurisdicción procesal para el juzgamiento de los delitos de Terrorismo, Sedición o Alzamientos Armados contra la Seguridad y Soberanía del Estado, siendo esta ciudad la Sede de Gobierno legalmente constituida donde se encuentran las principales instituciones del Estado Plurinacional de Bolivia”.

Los abogados presentaron el recurso dentro del proceso iniciado contra Fernando Camacho, entre otros, por el paro de 36 días que se llevó adelante en Santa Cruz el 2022 por la realización del censo.

Precisamente dentro de ese caso, Camacho y otros líderes cruceños son acusados, entre otros, por el delito de terrorismo, por lo que el proceso iniciado por el paro de 36 días no tendrá una sentencia hasta que el TCP resuelva la acción de inconstitucionalidad presentada.

Asimismo, la acción podría tener efecto en el caso del presunto ‘Golpe I’, en el que se acusa a Camacho y el exlíder cívico Marco Pumari , entre otros, también por el delito de Terrorismo.

Los efectos jurídicos de la acción de inconstitucionalidad dependerán, en concreto, de la sentencia del TCP y el dimensionamiento que defina, ya que podría definir qué lo establecido en su fallo se aplique únicamente en casos futuros a partir de su publicación o también en los procesos vigentes y que están en proceso.

Además, el auto constitucional del TCP dispone la notificación al presidente Luis Arce y le da un plazo de 15 días para presentar sus alegatos en defensa del Decreto al ser “personero del Órgano que generó la norma impugnada”.

Ya el pasado 15 de abril, cabe recordar, la Defensoría del Pueblo sugirió al Gobierno y la Asamblea Legislativa Plurinacional modificar el tipo penal de terrorismo y abrogar el Decreto Supremo 138.

“(…) Este Decreto ha sido utilizado de forma discrecional y arbitraria porque no tiene un procedimiento específico para el traslado de estas personas (…) además, no es respetuoso del artículo 109 parágrafo II de la Constitución Política del Estado, que establece que los derechos y garantías de las y los bolivianos deben regularse por Ley (principio de legalidad) y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, puntualizó el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, en la presentación de la investigación defensorial.

Mira el auto constitucional del TCP:

Auto Constitucional Terrorismo Decreto138 by César Fabricio Sánchez Carranza

El Periódico Digital OXIGENO.BO, es desarrollado y administrado por Gen Film & Crossmedia Ltda. Teléfono: 591-2-2911653. Correo: info@gen.com.bo