Montenegro especifica que se pondrán de garantía 18 de las 22,5 toneladas de oro para obtener dólares
El Ministro de Economía aseveró que muchos bancos centrales del mundo usan esa opción, “usan su oro” para tenerlo como garantía y realizar operaciones autorizadas. “No se está vendiendo”, remarcó.

El ministro de Economía, Marcelo Montenegro, especificó que el Banco Central de Bolivia (BCB) pondrá de garantía hasta 18 de las 22,5 toneladas de oro que tiene el país en sus Reservas Internacionales Netas (RIN) para poder obtener dólares.
“Tenemos en este momento 22,5 toneladas y 18 serán puestas en garantía”, afirmó Montenegro entrevistado por radio Fides.
Asimismo, explicó que el Presupuesto General del Estado (PGE) 2025 también le da esas facultades al ente emisor.
Según el ministro, muchos bancos centrales del mundo usan esa opción, “usan su oro” para tenerlo como garantía y realizar operaciones autorizadas. “No se está vendiendo”, remarcó.
“Cuando está en garantía (el oro) siguen en las cuentas del BCB, si no pagamos es otra cosa, pero la idea es ir pagando como se hace el servicio de la deuda externa, no hemos dejado de pagar en este tiempo”, enfatizó.
El Banco Central de Bolivia (BCB) aprobó la resolución 028/2025 que permite el uso de las Reservas Internacionales netas (RIN) y las reservas de oro como garantía de pago para contratar créditos y/o realizar operaciones de financiamiento.
“Con fines de fortalecimiento de las Reservas Internacionales y apoyo a la Balanza de Pagos, el BCB podrá contratar créditos y/o realizar operaciones de financiamiento con entidades financieras o no financieras sean estas públicas o privadas o con organismos internacionales, pudiendo constituir depósitos en custodia, instrumentos de cobertura, así como disponer y pignorar las reservas internacionales”, señala el artículo 27 de la resolución.
En ese sentido, el BCB emitió un comunicado en el que confirma la resolución y que podrá “o disponer y pignorar (una forma adicional de garantía de pago) las reservas para, entre otras cosas, “comprar instrumentos de cobertura cambiaria con el objeto de reducir riesgos”.
“El reglamento fue aprobado en el marco del artículo 16 de la Ley Nº 1670 que, textualmente, señala: ‘El BCB administrará y manejará sus Reservas Internacionales, pudiendo invertirlas y depositarlas en custodia, así como disponer y pignorar las mismas, de la manera que considere más apropiada para el cumplimiento de su objeto y de sus funciones y para su adecuado resguardo y seguridad. Podrá, asimismo, comprar instrumentos de cobertura cambiaria con el objeto de reducir riesgos. En caso de las reservas de oro estas se regirán también por la Ley específica’”, señala el comunicado del BCB.
Adicionalmente, el BCB especificó que “en cumplimiento de la Ley N° 1503 de Compra de Oro destinado al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales del 05 de mayo de 2023, informará cuatrimestralmente a la Asamblea Legislativa Plurinacional de las operaciones realizadas con reservas de oro”.