Proceso
César Sánchez
02/04/2025 - 09:45

TSE abre plazo probatorio de ocho días por denuncia que busca quitar la personería jurídica de FPV y Pan-Bol

La denuncia fue presentada por Peter Erlwein Beckhauser, bajo el argumento de que ambos partidos no lograron el 3% de los votos en las elecciones generales pasadas, por lo que corresponde la cancelación de sus personarías jurídicas.

La papeleta de las Elecciones Generales del 2020.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) abrió un plazo probatorio de ocho días dentro de la denuncia que busca quitar la personería jurídica del Frente Para la Victoria (FPV) – partido que se alió a Evo Morales- y el Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol).

La denuncia fue presentada por Peter Erlwein Beckhauser, bajo el argumento de que ambos partidos no lograron el 3% de los votos en las elecciones generales pasadas, por lo que corresponde la cancelación de sus personarías jurídicas.

El TSE admitió la denuncia el 13 de febrero y especificó que el proceso ingresó a su fase probatoria de ocho días después de que se vencieran los plazos para la respuesta que tenían que hacer llegar las dos fuerzas políticas denunciadas.

“La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral en la sesión de 1 de abril de 2025, conforme el artículo 10 parágrafo IV del Reglamento de Procedimiento para la Cancelación de Personalidad Jurídica y Gradación de Sanciones, dispone la apertura de término probatorio de ocho (8) días hábiles que correrá a partir de la legal notificación”, indica la providencia 028/2025.

De acuerdo a una publicación oficial de los resultados de las elecciones generales de 2020 del TSE, el FPV obtuvo 1,55%, equivalente a 95.255 votos en el país y exterior, mientras que Pan Bol obtuvo 0,52% con 31.765 votos en Bolivia y del exterior.

A inicios de mes, el vocal del TSE, Tahuichi Tahuichi, había señalado que el gobierno de Jeanine Añez aprobó la Ley 1315, el año 2020,  y la misma establecía que de manera excepcional no se aplicaría la obligatoriedad de obtener el 3% de los votos para mantener la personería jurídica de los partidos que participaron de las últimas elecciones generales.

“El año 2020 hubo la Ley 1315 excepcional en su disposición adicional única señala que para ese proceso electoral de manera excepcional no se tomaría en cuenta en artículo 58 de la Ley 1096 (de Partidos Políticos), que señala que no se va a tomar en cuenta ese 3%”, había explicado el Vocal.

El artículo 58, de la Ley 1096, en su parágrafo I, inciso b, establece el Tribunal Electoral cancelará la personalidad jurídica de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas al “no haber obtenido al menos el tres por ciento (3%) del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron”.

Tahuichi indicó que esa ley excepcional salvó a “varios” partidos políticos de ser cancelados en su personería jurídica, entre ellos al Frente Para la Victoria.

No obstante, a través de su cuenta en la red social ‘X’ y desde el penal de Miraflores, Añez desmintió a Tahuichi y exigió que se cumpla la ley y se quite la personería jurídica al FPV.

La exmandataria explicó que la ley 1315 que se aprobó el año 2020, no establece nada sobre partidos políticos que no alcanzaron el 3% de votación y solo garantiza la realización de las elecciones y que las organizaciones políticas deben adecuar sus estatutos hasta el 31 de diciembre de 2021. “No dice absolutamente nada del incumplimiento del porcentaje de votos obtenidos en los comicios ni ‘salvataje’ fuera del 31 de diciembre de 2021 y por razón estatutaria”, explicó.

“No se escuden en una expresidenta, presa política para ocultar la cobardía de asumir su obligación de cumplir la Constitución y la ley”, aseveró la exmandataria.

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