Elecciones 2025
César Sánchez
18/03/2025 - 21:00

Comisión de Diputados aprueba proyecto de ley para el debate obligatorio de candidatos

Esta propuesta es parte de las al menos seis leyes que el Legislativo debe aprobar antes de la emisión de la convocatoria a las elecciones generalas, prevista por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para abril.

El proyecto de ley 112/2024-2025 plantea la incorporación del artículo 137 bis a la Ley 026 del Régimen Electoral.

La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto de ley de debate obligatorio con miras a las elecciones generales del 17 de agosto y lo remitió a la presidencia del plenario para su tratamiento, informó la presidenta de instancia legislativa Olivia Guachalla (MAS).

“Se ha tratado este proyecto de ley para que los candidatos a presidente, vicepresidente, sean alcaldes y gobernadores vayan a los debates de manera obligatoria, esto tiene que ser reglamentado en un plazo de 60 días por el Tribunal Supremo Electoral”, informó a Cadena A.

El proyecto de ley 112/2024-2025 plantea la incorporación del artículo 137 bis a la Ley 026 del Régimen Electoral. En la disposición se establece que el debate electoral público es obligatorio para la reflexión y deliberación de las propuestas programáticas de las candidatas y candidatos a cargos públicos elegibles, es decir, presidente, vicepresidente, gobernadores, alcaldes y concejales.

Los candidatos o candidatas que incumplan con la participación en debates serán sancionados con la suspensión de la subvención indirecta estatal del fortalecimiento público a su organización política.

Esta propuesta es parte de las al menos seis leyes que el Legislativo debe aprobar antes de la emisión de la convocatoria a las elecciones generalas, prevista por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para abril, según los acuerdos alcanzados en el Tercer Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia.

Desde el TSE se solicitó acelerar el tratamiento de dos de las seis leyes: el que garantiza el respeto al principio de preclusión y el referido a los recursos para el sistema de trasmisión de resultados.

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