PGE 2025
César Sánchez
17/03/2025 - 17:43

Industriales celebran suspensión de la disposición “confiscatoria”: Es un acto de defensa de los derechos a la actividad económica

El presidente de la CNI, Pablo Camacho, aseguró que la decisión del TCP “es un acto de defensa y respeto de los derechos a la actividad económica y propiedad privada” y reiteró que la disposición séptima de la Ley del PGE 2025 “genera un clima de alta inseguridad jurídica para la inversión privada”.

El presidente de la CNI, Pablo Camacho

La Cámara Nacional de Industrias (CNI), expresó, mediante un comunicado, su conformidad respecto al auto constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que dispuso la suspensión provisional de la aplicación de los dos primeros parágrafos de la disposición adicional séptima del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025, calificada por sectores económicos como “confiscatoria”.

El presidente de la CNI, Pablo Camacho, aseguró que la decisión del TCP “es un acto de defensa y respeto de los derechos a la actividad económica y propiedad privada” y reiteró que la disposición séptima de la Ley del PGE 2025 “genera un clima de alta inseguridad jurídica para la inversión privada”.

Camacho, en ese sentido, recordó que la CNI fue la primera entidad gremial en rechazar y solicitar la anulación de la disposición adicional séptima por considerarla confiscatoria y transgredir el derecho a la propiedad privada consagrada en la Constitución Política del Estado.

“Los industriales iniciamos un conjunto de acciones intensas en coordinación con varios sectores empresariales para lograr que esta norma sea anulada”, indicó.

Además, aseguró que su sector” continuará en permanente vigilia y se seguirá adoptando acciones y pronunciamientos para que esta disposición confiscatoria sea totalmente anulada”.

El auto constitucional del TCP, emitido el 13 de marzo pero conocido recién este lunes, dispone "la suspensión provisional de la aplicación de los parágrafos I y II, de la Disposición Adicional Séptima de la ley del Presupuesto General del Estado 2025 quedando igualmente prohibido el tratamiento de cualquier otra normativa vinculada a la cuestión planteada, hasta que este Tribunal, previo sorteo de la causa dicte la respectiva sentencia constitucional plurinacional".

La disposición en cuestión señala que “con la finalidad de garantizar la disponibilidad y abastecimiento de alimentos esenciales, se faculta a las entidades competentes, activar acciones de control, fiscalización, confiscación y/o decomiso de productos, a los actores de comercialización de alimentos, que almacenen o retengan y/o pretendan encarecer los precios de los mismos”.

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