La Defensoría del Pueblo insta a no exhibir a aprehendidos a menos que den su consentimiento
“Ante la exhibición en medios de comunicación de personas aprehendidas, sin previo proceso y pese a la presunción de inocencia; la Defensoría del Pueblo recuerda al Estado que tiene el deber de respetar y proteger la dignidad, honra e imagen de las y los bolivianos”, publicó el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, en su cuenta de ‘X’.

La Defensoría del Pueblo, a través de una Resolución Defensorial, instó al Ministerio de Gobierno, Viceministerio de Régimen Interior y a la Policía Boliviana a no exhibir a los aprehendidos ante los medios de comunicación a menos que estos den su consentimiento.
“Ante la exhibición en medios de comunicación de personas aprehendidas, sin previo proceso y pese a la presunción de inocencia; la Defensoría del Pueblo recuerda al Estado que tiene el deber de respetar y proteger la dignidad, honra e imagen de las y los bolivianos”, publicó el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, en su cuenta de ‘X’.
La Resolución Defensorial también plantea que se retiren las publicaciones de exhibiciones, exposiciones y/o presentaciones de personas aprehendidas y detenidas, publicadas en la página oficial y redes sociales de las entidades de Estado antes mencionadas.
Las medidas son planteadas a fin de precautelar “los derechos de la dignidad, honra, reputación y el principio de inocencia de las personas involucradas”, señala el documento, emitido semanas atrás y reiterado el anterior viernes.
En esa línea, la Defensoría del Pueblo sugiere al Ministerio de Gobierno, Viceministerio de Régimen Interior y a la Policía Boliviana “realizar capacitaciones a su personal sobre el derecho a la dignidad, honra, reputación y el principio de presunción de inocencia, en el marco de los estándares internacionales de derechos humanos”.
Según explicó la Defensoría, la recomendación se emite ante la posible vulneración de los mencionados derechos, lo cual podría generar responsabilidad para el Estado boliviano, como ya ocurrió en la exhibición de los aprehendidos en el caso de Blas Valencia y el atraco a una camioneta de Prosegur, en 2001, que motivó una demanda internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Dicha instancia, falló contra el Estado boliviano porque con la exhibición de los aprehendidos del mencionado caso se afectó la honra y dignidad de varios de los detenidos, puesto que la justicia los sobreseyó o, en otros casos, ni siquiera se iniciaron procesos en su contra.
“Por ello, la Corte IDH señaló que el Estado boliviano no debería incurrir en este tipo de exhibiciones, pues implica una condena informal a una persona, emitiendo un juicio ante la sociedad, contribuyendo así a formar una opinión pública, mientras no se acredite su responsabilidad penal conforme a la ley”, señaló la institución defensorial.
Además, la Resolución Defensorial enfatiza que el artículo 296, inciso 4 del Código de Procedimiento Penal boliviano, instituye: “No permitir que los detenidos sean presentados a ningún medio de comunicación social, sin su expreso consentimiento, el que se otorgará en presencia del defensor y se hará constar en las diligencias respectivas”.