Procuraduría: Fallo judicial señala que bloqueos son atentados y el Estado debe intervenir para restablecer el orden
"Después de deducir que el bloqueo de caminos se traduce en un mecanismo de protesta grave, irracional y extremo (…), el Tribunal de Garantías Constitucionales exhortó al Ministerio de Gobierno a activar los mecanismos legales para restablecer los derechos vulnerados”, precisó la Procuraduría.
La Procuraduría General del Estado remarcó este lunes que continúa vigente el fallo judicial que determina que los bloqueos son un atentado a los derechos constitucionales y, por lo tanto, el Estado debe intervenir para restablecer el orden.
“Se encuentra vigente, como decisión vinculante y de cumplimiento obligatorio, la Resolución Constitucional 040/2024 de 16 de febrero de 2024, emitida por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cuya parte resolutiva de carácter exhortativo concluyó que los bloqueos atentan contra los derechos constitucionales a la vida, la salud, libre tránsito, alimentación y trabajo de la población boliviana”, se lee en un comunicado.
En las últimas horas, Evo Morales ratificó su convocatoria a una marcha desde la población de Caracollo (Oruro) hasta la ciudad de La Paz, el martes 17 de septiembre, presuntamente en defensa de la sigla del Movimiento Al Socialismo (MAS), pero principalmente para que lo habiliten para una nueva candidatura rumbo a las elecciones presidenciales de 2025.
De forma paralela David Mamani, afín a Morales, convocó a un bloqueo en el departamento de La Paz a partir de este lunes 16 de septiembre, exigiendo la renuncia del presidente Luis Arce y del vicepresidente David Choquehuanca.
Ante esta situación, la Procuraduría señaló que el impedir la distribución de alimentos, poner en serio riesgo el estado de salud de los ciudadanos y obstaculizar la libre circulación de personas, vehículos, insumos agrarios, combustibles y medicamentos vulnera los derechos fundamentales y, por ello, las instituciones pertinentes deben intervenir.
“La justicia constitucional también razonó que el Estado tiene la obligación de intervenir cuando la medida de protesta no resulta proporcional y afecta al bien común. Después de deducir que el bloqueo de caminos se traduce en un mecanismo de protesta grave, irracional y extremo (…), el Tribunal de Garantías Constitucionales exhortó al Ministerio de Gobierno a activar los mecanismos legales para restablecer los derechos vulnerados”, precisó la Procuraduría.
Asimismo, aclaró que el derecho a la protesta y libre expresión están garantizados, “siempre y cuando se ejerza a través de reuniones y manifestaciones pacíficas, sin la afectación de derechos de otros miembros de la sociedad”.