Diputados aprueba con modificación ley de elección del Fiscal General del Estado y lo devuelve al Senado
la Cámara de Diputados dispuso el retiro de la disposición sobre la elección del suplente del Fiscal General. Se mantienen dos disposiciones transitorias y los 41 artículos de la norma que fija un plazo de 45 días para las 13 etapas de selección de los postulantes, 2 días para la convocatoria a sesión de la ALP y 10 días para la designación de la nueva autoridad.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la madrugada de este jueves el proyecto de ley para la selección y designación del nuevo Fiscal General del Estado con modificaciones. Ahora, la norma retornará al Senado, como cámara de origen, para refrendar o rechazar la modificación que implicó el retiro de la disposición sobre la elección del suplente del Fiscal General.
Diseñado por los senadores de Comunidad Ciudadana (CC), Santiago Ticona y Nely Gallo, el proyecto fue aprobado entre el 3 y 5 de julio en la Cámara de Senadores y remitido a Diputados para su revisión.
Pasadas las 03:00 fue aprobado en grande y detalle el proyecto de ley con la eliminación de la disposición final tercer que hace a la elección del suplente del Fiscal General del Estado.
Se mantienen dos disposiciones transitorias y los 41 artículos de la norma que fija un plazo de 45 días para las 13 etapas de selección de los postulantes, 2 días para la convocatoria a sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional para la designación de la o el Fiscal General del Estado por voto de dos tercios de las y los asambleístas presentes y 10 días para la designación de la nueva autoridad que remplazará a Juan Lanchipa, quien concluye su mandato en octubre.
Las etapas de selección incluyen la publicación de la convocatoria (1 día); presentación de postulaciones (15 días); verificación de requisitos habilitantes comunes y específicos (3 días); publicación de los postulantes habilitados e inhabilitados (1 día); presentación de impugnaciones (2 días); resolución de impugnaciones (4 días); notificación de impugnaciones y publicación de la lista de postulantes habilitados para la fase de evaluación de méritos (1 día).
Además, está la evaluación de méritos (4 días); presentación del recurso de revisión de méritos (2 días); resolución del recurso de revisión de méritos (4 días); notificación de recurso de revisión de méritos (1 día); exámenes orales y exposición de plan de trabajo (5 días); y aprobación de los informes de selección y remisión a la Asamblea Legislativa (2 días).
Para el proceso de evaluación de méritos, la norma propone una puntuación de 120 puntos a los documentos y experiencia de los postulantes y 80 puntos a la evaluación oral, haciendo un total de 200.
Para pasar a la etapa de designación a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Ios postulantes deben obtener una nota igual o mayor a 130 puntos acumulados.
La Comisión Mixta de Justicia Plural “elevará informe a la Asamblea Legislativa Plurinacional con una lista de un mínimo de cinco (5) y un máximo de diez (10) postulantes poseedores de las mejores notas, para la designación del o la Fiscal General del Estado”.
Excepcionalmente, a falta de un representante indígena originario campesino o en caso de que no se llegue a la equidad de género, se habilitará a la o el postulante que tenga la siguiente mejor calificación que sea indígena originario campesino o mujer, según corresponda del número de postulantes, apunta el parágrafo tercero del artículo 37 de la iniciativa legal.