El Senado sanciona la Ley que suspende las Elecciones Primarias
Los “evistas” criticaron la anulación de las primarias, bajo el argumento de que elegir a los candidatos en cada partido era un avance democrático. También defendieron la postulación de Evo Morales y denunciaron que esta ley forma parte de un plan para proscribirlo.
La Cámara de Senadores, a pesar del rechazo del bloque ‘evista’ del Movimiento al Socialismo (MAS), sancionó este miércoles la Ley que suspende las Elecciones Primarias.
“El Pleno del Senado sanciona el proyecto de ley N°482/2023-2024 CD, Ley de Régimen Excepcional y Transitorio de Elecciones Primarias”, informó la Cámara Alta a través de sus cuentas oficiales en las redes sociales.
Los “evistas” criticaron la anulación de las primarias, bajo el argumento de que elegir a los candidatos en cada partido era un avance democrático. También defendieron la postulación de Evo Morales y denunciaron que esta ley forma parte de un plan para proscribirlo.
El debate de la Ley se postergó desde el martes. Y es que tras el pedido del ‘arcismo’ y la oposición de dispensar el trámite para poder tratar la Ley, el presidente de esa instancia, Andrónico Rodríguez, dispuso cuarto intermedio en la sesión y recién este miércoles en la mañana se aprobó debatir la norma durante la sesión de esta tarde.
Aunque inicialmente el Tribunal Supremo Electoral (TSE) había señalado que la norma debía ser sancionada antes del 17 de agosto, el presidente del Órgano Electoral, Oscar Hassenteufel, ya adelantó que podría alargar ese plazo por una semana.
La Ley
La norma fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 6 de agosto. El Proyecto de Ley fue acordado por jefes de diez organizaciones políticas – excepto Evo Morales-, representantes del Ejecutivo y del Legislativo en un Encuentro Multipartidario convocado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
“La presente Ley tiene por objeto disponer, de forma excepcional, que para las Elecciones Generales 2025, no se llevarán a cabo las Elecciones primarias de candidaturas del binomio presidencial, en consecuencia no se aplicará el artículo 29 (Elecciones primarias de candidaturas del binomio presidencial) y parágrafos I y II del artículo 51 (Solicitud de la alianza) de la Ley N° 1096, de 1 de septiembre de 2018, de Organizaciones Políticas”, señala el artículo único de la norma.
Junto al Proyecto de Ley, el TSE expone los motivos de la presentación de la norma y resalta que el retraso en el proceso de las judiciales provoca el riesgo de una sobreposición de ambos procesos electorales.
“En atención a los acontecimientos suscitados en nuestro Estado Plurinacional de Bolivia, la realización de las Elecciones Judiciales 2024 fueron retrasadas en el tiempo, esto generó una alta probabilidad de que se lleven a cabo elecciones conjuntas, es decir, un paralelismo de calendario electoral entre Elecciones Primarias y Elecciones Judiciales, aspecto que conllevaría dificultades operativas, tales como la definición de recintos, adquisición y producción de material electoral, logística electoral, difusión de méritos de los candidatos al Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, propaganda electoral, proceso de cómputo entre otros”, señala el TSE.
Asimismo, alerta que las Elecciones Primarias y las Elecciones Judiciales son procesos electorales con una naturaleza distinta, “cuya realización paralela podría conllevar confusión en el electorado contaminando principalmente el proceso de Elecciones Judiciales con la propaganda electoral y activismo político que se da alrededor de una elección de candidatos de Elecciones Primarias de Candidaturas del Binomio Presidencial para Elecciones Generales”.
“El Estado Plurinacional de Bolivia se encuentra precautelando la sostenibilidad financiera, con el objetivo de efectivizar el manejo apropiado de bienes del Estado y optimización del uso de recursos públicos, por lo que, en atención a la política de austeridad, no es recomendable la inversión de recursos públicos en elecciones primarias que por antecedentes previos no generaron ejercicio democrático, sino por su definición normativa, se constituyeron en una ratificación de candidatos únicos y un gasto de recursos del Estado que podrían ser utilizados de mejor manera bajo criterio de economía y eficiencia”, añade el texto enviado desde el TSE hasta la ALP.
Finalmente, el Tribunal Supremo Electoral recuerda que en las Elecciones Primarias del 2019 las organizaciones políticas no presentaron más de un binomio y la participación no sobrepasó el 50% de la participación de los militantes al interior de sus organizaciones políticas.