MAS: El TSE rechaza supervisar congreso del Pacto de Unidad y declara improcedente el recurso extraordinario del evismo
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó este miércoles la solicitud de supervisión al Congreso Ordinario del Movimiento Al Socialismo (MAS) del Pacto de Unidad que debía realizarse, en la ciudad de El Alto, del 3 al 5 de mayo.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó este miércoles la solicitud de supervisión al Congreso Ordinario del Movimiento Al Socialismo (MAS) del Pacto de Unidad que debía realizarse, en la ciudad de El Alto, del 3 al 5 de mayo.
Según la Sala Plena del TSE se incumplió el artículo 8 del Reglamento para la Supervisión de Organizaciones Políticas, lo dispuesto por la Resolución Constitucional 273/2023 de 11 de diciembre de 2023 y el Auto constitucional de 20 de marzo de 2024.
El artículo 8 del Reglamento para la supervisión dispone que la solicitud debe ser realizada por “el representante legítimamente facultado de la organización política; asimismo, deberá presentar la solicitud de supervisión mediante nota formal dirigida al presidente del TSE con 15 días de anticipación al evento partidista”.
Según el TSE, se verificó que los solicitantes no cumplieron con estos dos requisitos.
Asimismo, señala que no acreditaron el cumplimiento del artículo 13 del Estatuto Orgánico del MAS-IPSP, que dispone: "El Congreso Nacional Ordinario se reunirá cada dos años, será convocado públicamente, con un plazo máximo de noventa (90) días y un mínimo de sesenta (60) días antes de su realización, por la Dirección Nacional del MAS – IPSP de acuerdo a temario, previo consenso con las organizaciones matrices nacionales".
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante la Resolución Constitucional 273/2023, dispuso se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 13 del Estatuto Orgánico del MAS – IPSP para la convocatoria a Congreso Ordinario, señala este órgano electoral.
Debido a dicha Resolución Constitucional y una disposición complementaria, procedente de la misma Sala Constitucional el 20 de marzo, el TSE conminó a la directiva del MAS-IPSP convocar a un nuevo Congreso Nacional Ordinario para la renovación de su directiva, previo consenso acreditado con las organizaciones matrices nacionales, de acuerdo con un reporte institucional.
Recurso extraordinario del evismo
Por otra parte, el TSE también decidió declarar improcedente el recurso extraordinario que había presentado el evismo para validar su convocatoria al Congreso del MAS en Villa Tunari para el próximo 10 de junio.
“La decisión fue asumida en la sesión de Sala Plena y se fundamenta en que los solicitantes no demostraron fehacientemente hechos nuevos o preexistentes, como establece el artículo 217 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral cuando se presenta un recurso extraordinario de revisión. En este caso, los delegados del MAS-IPSP no presentaron pruebas de reciente obtención que demuestren que la Resolución emitida por el TSE fue dictada erróneamente”, informó el TSE.
Además, la Sala Plena del TSE observó que la dirigencia liderada por Evo Morales presentó una nueva solicitud de supervisión para su congreso el 10 de julio, lo que, concluyo, es una aceptación tácita de la validez de la resolución de rechazo a su Congreso de junio.
El TSE había rechazado la solicitud del evismo para supervisar su Congreso de Villa Tunari debido a que no se consensuó con las organizaciones matrices del Instrumento Político.