Salas constitucionales
César Sánchez
25/01/2024 - 18:53

Nueva polémica: El Senado aprueba Ley para eliminar las Salas Constitucionales

El Proyecto de Ley fue aprobada con apoyo de los senadores del ala evista del Movimiento al Socialismo (MAS), de Comunidad Ciudadana (CC) y de Creemos, pero fue rechazada por los “arcistas”. La norma eliminaría la Ley 1104, que determina la creación de 22 salas constitucionales que tienen la capacidad de resolver procesos constitucionales en  temas de acciones de libertad, de amparo constitucional, de protección de privacidad, de cumplimiento, populares y otras previstas en la Ley 254 del Código Procesal Constitucional.

El Senado sesionó la tarde de este jueves.

Una nueva polémica. Este jueves, la Cámara de Senadores aprobó una Ley para eliminar las Salas Constitucionales al considerar que están “politizadas”.

La norma fue aprobada con apoyo de los senadores del ala evista del Movimiento al Socialismo (MAS), de Comunidad Ciudadana (CC) y de Creemos, pero fue rechazada por los “arcistas”.

A decir del senador de CC, Antonio Zamora, se tomó la decisión al considerar que las salas constitucionales se han vuelto “políticas”.

“Nos han suprimido nuestras atribuciones previstas en la Constitución”, protestó, según reportó Erbol.

Después, en conferencia de prensa, el senador del evismo, Luis Adolfo Flores, explicó que las salas constitucionales no están previstas en la Constitución.

En los últimos meses, salas constitucionales fueron cuestionadas por decisiones como suspender las interpelaciones contra los ministros y paralizar el proceso de preselección de candidatos a elecciones judiciales.

Ante ello, en concreto, el Proyecto de Ley aprobado por el Senado eliminaría la Ley 1104 promulgada por el expresidente Evo Morales.

La Ley 1104 determina la creación de 22 salas constitucionales que fueron distribuidas en las capitales y municipios de los nueve departamentos, y que tienen la capacidad de resolver procesos constitucionales en  temas de acciones de libertad, de amparo constitucional, de protección de privacidad, de cumplimiento, populares y otras previstas en la Ley 254 del Código Procesal Constitucional.

Según el Proyecto de Ley aprobado este jueves,  las acciones de amparo se tratarían en juzgados de materia penal y el resto de acciones se tramitarían ante cualquier sala de turno de los tribunales departamentales o juzgado.

La ley aprobada fue remitida a la Cámara de Diputados, que deberá tratarla en instancia de revisión.

// Con información de Erbol

 

 

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