Justicia sentencia a 8 años de cárcel a Zamora y Soliz por paralizar la planta de urea en la gestión de Añez
La sentencia considera que el cierre de la planta fue una decisión arbitraria, sin justificación técnica y legal, que ocasionó un daño económico millonario para el Estado y el deterioro de los equipos.

La fiscalía informó, a través de un comunicado, que el Juzgado de Sentencia Penal Nº 2, de la Localidad de Ivirgarzama - Cochabamba, dictó sentencia condenatoria de ocho años de cárcel en contra de el exministro de Hidrocarburos, Víctor Hugo Zamora, y el expresidente de YPFB, Herland Soliz, el caso de paralización de la Planta de Urea y Amoniaco en Bulo Bulo, en el año 2020, durante la gestión de Jeanine Añez.
“Durante la audiencia que se desarrolló hoy, el Ministerio Público presentó pruebas suficientes en contra de los acusados, entre ellos la pericia en auditoria forense, así como pruebas testificales, entre otras que generaron convicción en la autoridad judicial que determinó la sentencia condenatoria en contra de los autores del delito”, explicó la Fiscal Departamental de Cochabamba, Nuria Gonzales Romero.
Zamora y Soliz deberán cumplir una pena de ocho años de prisión en el penal de Chonchocoro de La Paz.
También fueron sentenciados, a ocho años de cárcel, el ex vicepresidente Nacional de Operaciones de YPFB, Jorge R.B.C., el exgerente de Industrialización de YPFB, Oscar A.B.H., el exdirector de la Planta de Amoniaco y Urea PAU, Carlos M.S.V.G., que deberán cumplir en el penal de El Abra. El excoordinador de la Planta de Amoniaco y Urea, Ivert F.O.S., debe cumplir la pena privativa de libertad de cinco años y cuatro meses en el penal de El Abra.
El caso
El 1 de febrero de 2020, se paralizó el reinicio de operaciones de la Planta de Amoniaco y Urea, ubicada en la localidad de Bulo Bulo del departamento de Cochabamba, ante el anuncio de una auditoria por parte del Ministro de Hidrocarburos y Energía.
En ese momento, Zamora, Soliz aseguraron que la planta de urea era deficitaria y que por ello se decidió paralizarla, sin embargo, no precisaron la pérdida que generó en sus dos años de operación.
La sentencia considera que la determinación fue arbitraria, sin la debida justificación técnica y legal, que no solo ocasionó la falta de producción, comercialización y abastecimiento del producto, sino también el deterioro de los equipos. Además, no se cumplió con los contratos de comercialización vigentes, lo que generó un daño económico millonario para el Estado. También se tuvo que asumir el costo de 272,64 millones de bolivianos para el mantenimiento y preservación de los equipos, 8.677.632 dólares americanos, costó el reinicio de operaciones y 1.487.959,19 bolivianos, la adquisición de repuestos para el reinicio de las operaciones, explicó el Fiscal Ortega.