Corte-IDH
César Sánchez
19/01/2023 - 19:04

La Procuraduría afirma que cumplirá sentencia de la Corte IDH sobre un caso de violencia sexual

La Corte IDH encontró al Estado boliviano como “responsable internacionalmente” por la violación de los derechos a la integridad personal, las garantías judiciales, la vida privada y familiar, la igualdad ante la ley, la protección judicial y los derechos de la niñez de una víctima de violencia sexual que sufrió la revictimización en el proceso judicial respectivo.  

El Procurador afirmó que el Estado boliviano es respetuoso  de las decisiones adoptadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El procurador general del Estado, Wilfredo Chávez, aseguró que el Estado Plurinacional de Bolivia es respetuoso de la normativa internacional y que cumplirá las medidas de reparación dispuestas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo que halló al Estado culpable de la violación de los derechos humanos de una víctima de violencia sexual que sufrió la revictimización en el proceso judicial respectivo.  

 “El Estado boliviano es respetuoso  de las decisiones adoptadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además que este tribunal internacional valoró de forma positiva, las diferentes leyes que implementa Bolivia en contra la violencia de género, la violencia sexual  y otras que protegen a las niñas, niños y adolescentes, así como las diferentes reformas procesales que buscan facilitar el acceso a la justicia por parte de las víctimas de violencia sexual”, indicó el procurador citado en un boletín de prensa institucional.

La Corte resaltó, de forma particular, las modificaciones realizadas al Código de Procedimiento Penal que establece que los tribunales de sentencia se integren por tres jueces técnicos y no por dos profesionales de justicia y dos ciudadanos; como estaba establecido al momento de los hechos, lo que garantiza, que casos de  violencia sexual cometidos contra menores de edad sean juzgados por autoridades judiciales de carácter técnico que cuenten con la debida capacitación  y especialización requerida.

El Tribunal también advirtió que el Ministerio Público realizó una serie de programas de capacitación para sus servidores públicos sobre derechos humanos y atención de víctimas de violencia sexual.

Del mismo modo, la Corte destacó que Bolivia presentó información sobre las medidas de salud para la atención de víctimas de violencia doméstica, especialmente, la Ley 2033, que establece el derecho de las víctimas de violencia sexual a “recibir atención de urgencia, material  y médica por los hospitales estatales y centros médicos”, además de “recibir tratamiento postraumático, psicológico y terapia sexual gratuito para la recuperación de su salud física y mental en los hospitales estatales y centros médicos”.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos destacó la información que le presentó el Estado boliviano sobre el Sistema de Información de la Niña, Niño y Adolescentes (SINNA) y de registros y estadísticas realizadas por la Policía Boliviana y el Ministerio Público.

Finalmente, se informa que el Estado boliviano, en sus diversas instancias, trabajará en la capacitación con cursos pertinentes al personal responsable en la atención a las víctimas de violencia sexual a niñas, niños y adolescentes de acuerdo a los puntos resolutivos de la indicada Corte.

El caso

El caso data entre los años 2001 y 2002. La víctima es una mujer que, cuando tenía 16 años de edad sufrió violencia sexual de parte de su primo de 26 años de edad en Cochabamba.

El organismo encontró al Estado boliviano como “responsable internacionalmente” por la violación de los derechos a la integridad personal, las garantías judiciales, la vida privada y familiar, la igualdad ante la ley, la protección judicial y los derechos de la niñez.

Entre las medidas de reparación en el caso, la Corte IDH, determinó que el Estado debe mantener abierto el proceso penal seguido contra el imputado por este caso e impulse la investigación del caso si hubiere cualquier cambio de circunstancia que lo permita.

Debe adoptar “todas las medidas necesarias” para determinar las eventuales responsabilidades de los y las funcionarias que contribuyeron con su actuación a la comisión de actos de revictimización y eventuales irregularidades procesales.

Además que el Estado boliviano debe adecuar su ordenamiento jurídico interno de tal manera que la falta de consentimiento sea central y constitutiva del delito de violación, entre otras acciones.

// Con información del Periódico Ahora el Pueblo

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