TED de Santa Cruz: El artículo 25 del Estatuto es claro cuando se habla de una ausencia temporal
El artículo 25 de la norma departamental, vigente desde el año 2018, estable que “ante la ausencia temporal de la Gobernadora o el Gobernador se produce la suplencia gubernamental, asumiendo la Vicegobernadora o el Vicegobernador las funciones de Gobernadora o de Gobernador”.

La presidenta del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, María Cristina Claros, afirmó este martes que el artículo 25 del Estatuto Autonómico Departamental cruceño “es claro” cuando hace referencia a la ausencia temporal del gobernador.
“El artículo 25 del Estatuto Autonómico es claro cuando se habla de una ausencia temporal. El tema de la interpretación es una atribución exclusiva del Gobierno Autónomo de Departamental de Santa Cruz y nosotros no tenemos ninguna atribución sobre la interpretación misma que se pueda dar al artículo 25”, señaló Claros en una conferencia de prensa, según reportes de medios estatales.
En efecto, artículo 25 de la norma departamental, vigente desde el año 2018, estable que “ante la ausencia temporal de la Gobernadora o el Gobernador se produce la suplencia gubernamental, asumiendo la Vicegobernadora o el Vicegobernador las funciones de Gobernadora o de Gobernador”.
Desde la aprehensión del gobernador Luis Fernando Camacho, el 28 de diciembre de 2022, y su posterior reclusión en el penal de Chonchocoro, La Paz, por el caso Golpe de Estado I, los adeptos del excívico cruceño señalaron que éste continuará ejerciendo su mandato desde el centro de reclusión.
Alegaron que Camacho no perdió su condición de gobernador, ni sus derechos políticos y que sólo está impedido de trasladarse de un punto a otro.
Incluso, el asesor de Gestión de Gobierno Departamental de Santa Cruz, Efraín Suárez, dijo que esta entidad cuenta con una oficina en La Paz para facilitar la labor de Camacho desde Chonchocoro.
Sin embargo, el exsecretario de la Gobernación de Santa Cruz, Vladimir Peña, señaló que en tanto Camacho guarda detención preventiva en Chonchocoro el vicegobernador Mario Joaquín Aguilera Cirbian debe asumir las funciones de gobernador en apego al Estatuto Autonómico cruceño.
En entrevista con Sin Compostura, Peña dijo que si Aguilera asume la conducción de la Gobernación de forma temporal se estaría dando mucho más valor a la autonomía.
Lamentó que “ciertas desavenencias” entre Aguilera y Camacho imposibiliten una solicitud apegada a la normativa.
Formado como arquitecto, Aguilera fue elegido vicegobernador junto con Camacho en las elecciones subnacionales de 2021. Es de su misma agrupación: Creemos.
La presidenta del TED de Santa Cruz aclaró que al igual que todas las autoridades Aguilera tiene su credencial de autoridad electa.
“Nosotros, como Tribunal Electoral Departamental, el 7 de marzo de 2021 hemos llevado, dentro de nuestras competencias, la elección de las autoridades departamentales y municipales y hemos cumplido nuestras atribuciones y competencias con la entrega de credenciales correspondientes”, insistió.
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