Juicio
César Sánchez
29/04/2022 - 10:59

Caso Golpe II: Añez presenta acción de inconstitucionalidad y pide postergar su sentencia hasta que se pronuncie el TCP

“Jeanine Añez interpone en audiencia acción de inconstitucionalidad concreta contra los supuestos delitos que la acusan, ante el tribunal sin competencia que la juzga, por lo que deberán abstenerse de emitir sentencia hasta que resuelva el Tribunal Constitucional Plurinacional”, se lee en la cuenta de Twitter de la exmandataria.

La expresidenta del Estado, Jeanine Añez, presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una acción de inconstitucionalidad concreta contra los delitos que se la acusan en el caso ‘Golpe II’ y así busca aplazar la sentencia en su contra.

“Jeanine Añez interpone en audiencia acción de inconstitucionalidad concreta contra los supuestos delitos que la acusan, ante el tribunal sin competencia que la juzga, por lo que deberán abstenerse de emitir sentencia hasta que resuelva el Tribunal Constitucional Plurinacional”, se lee en la cuenta de Twitter de la exmandataria.

Añez se encuentra en pleno juicio por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución e incumplimiento de deberes por el presunto golpe de Estado del 2019. El proceso avanza y ya se presentaron los testigos de cargo y descargo y se estima que la sentencia del tribunal llegue hasta mediados de mayo.

Añez, en ese sentido, explicó que la acción de inconstitucionalidad abstracta se presentó contra los tipos penales de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes y el de Incumplimiento de Deberes. Afirmó que ambos “contienen definiciones abiertas, difusas, discrecionales e indeterminadas, por tanto contrarias al principio de legalidad”.

“Ellos genera verdadera inseguridad a cualquier servidor público del Estado, que irónicamente comprende a muchos de los que participan en este juicio”, dijo en medio del juicio, según un video colgado en su cuenta de Twitter.

En caso del delito de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes, Añez señaló que no se puede dejar a  la interpretación de un fiscal o de un juez ordinario definir si la conducta de una persona es inconstitucional, puesto que esa es una competencia exclusiva del Tribunal Constitucional.

“Por tanto, si ustedes en verdad asumen lo que pregonan, es decir la aplicación del derecho, deberán abstenerse de dictar sentencia hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie, de lo contrario se confirmara el carácter político de este proceso, sin respeto al debido proceso y a las garantías constitucionales de mi persona”, acotó Añez.

Por su parte, el abogado Alaín Canedo afirmó que con la acción de inconstitucionalidad el caso pasará a revisión ante el control constitucional y el tribunal no puede emitir sentencia hasta que el TCP dé una respuesta.

“Mientras tanto, que es lo que importa, no puede el Tribunal de Sentencia dictar sentencia, es decir, puede desarrollar todos los actuados, toma de declaraciones de testigos, careos e incluso llegar a la fase de alegatos, pero ya el momento que tiene que tomar una sentencia esta se vería suspendida hasta que el TCP decida sobre esta acción que hemos presentado hoy”, explicó Canedo en contacto con La Razón.

 

 

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