Carnet de vacunación
César Sánchez
24/12/2021 - 11:20

La FELCC coadyuvará en controles para evitar la falsificación de carnet de vacunación anticovid

Ayer se dio a conocer que el Gobierno boliviano dispuso, mediante el Decreto Supremo 4640, que la presentación del carnet de vacunación anticovid sea obligatoria para asistir a lugares donde exista aglomeración de gente y para viajes interdepartamentales. La norma rige para personas mayores de 15 años a partir del 1 de enero del 2022.

La Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) anunció que coadyuvará en el control de los carnets de vacunación contra la Covid-19, para evitar la falsificación de esos documentos.

“Conforme a las disposiciones se realizarán los aspectos para coadyuvar a que estos se lleven de mejor manera, evitar que haya falsificaciones, fraguado de este tipo de documentos, mala utilización, remisión ilegal de otros ámbitos”, declaró el subdirector de la FELCC, Juan José Donaire, según reporte de la ANF.

Ayer se dio a conocer que el Gobierno boliviano dispuso, mediante el Decreto Supremo 4640, que la presentación del carnet de vacunación anticovid sea obligatoria para asistir a lugares donde exista aglomeración de gente y para viajes interdepartamentales. La norma rige para personas mayores de 15 años a partir del 1 de enero del 2022.

El Decreto establece textualmente que “las instituciones públicas, privadas, entidades financieras, religiosas, centros comerciales, mercados y supermercados, unidades educativas, universidades, institutos técnicos e instituciones educativas en general, lugares de entretenimiento y otras donde exista aglomeración”, deberán solicitar a las personas el carnet de vacunación con esquema completo (primeras y segundas dosis) de las vacunas Sputnik V, Pfizer, Sinopharm, o AstraZeneca u otra; o la unidosis de la Johnson & Johnson.

Asimismo, el Decreto dispone que se deberá pedir “el carnet de vacunación de la primera dosis de cualquiera de las vacunas antes señaladas, para aquellas personas que a la publicación del presente Decreto Supremo no se encuentren vacunados, debiendo posteriormente según el intervalo de tiempo contar con el esquema completo de vacunación, cuando corresponda”.

Por otro lado, las personas que opten por no vacunarse deberán presentar una prueba PCR  con resultado negativo y emitida 48 horas antes de su ingreso a los establecimientos y/o actividades mencionadas.

Similares disposiciones entrarán en rigor para los viajes interdepartamentales terrestres, aéreos, fluviales y/o férreos.

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