Caso Golpe
Redacción Oxígeno
16/03/2021 - 22:16

Ministro Lima afirma que nunca existió una sentencia del TCP que avale la ‘autoproclamación’ de Jeanine Añez

El Ministro de Justicia explicó que el “comunicado” del TCP, emitido el 2019, y que se divulgó para justificar la denominada “autoproclamación” de Jeanine Áñez no era vinculante ni estaba contemplado en el Código Procesal Constitucional.

Un militar le pone la banda presidencial a Jeanine Añez.

El ministro de Justicia, Iván Lima, afirmó hoy que nunca existió una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que avale la “autoproclamación” de la expresidenta Jeanine Añez.

Según una nota de prensa de ese Ministerio, Lima explicó que el “comunicado” del TCP, emitido el 2019, y que se divulgó para justificar la denominada “autoproclamación” de Jeanine Áñez no era vinculante ni estaba contemplado en el Código Procesal Constitucional.

“Nunca existió una sentencia, una declaración o una resolución, hubo un comunicado y lo que dijo Petronilo Flores en su condición de presidente (del TCP), es que el comunicado no era un acto de reconocimiento a la legalidad y constitucionalidad de la señora Jeanine Añez, ese comunicado no tiene firmas, además tiene la objeción de una magistrada (Georgina) Amusquivar, y no tiene el acuerdo de Sala Plena, todo eso está en un proceso de investigación”, explicó Lima.

El Ministro de Justicia, en esa misma línea, recordó que el Código Procesal Constitucional de julio de 2012, en su Capítulo Tercero referido a las Resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, efectos y ejecución, establece en su artículo 10 que dicha instancia se manifiesta mediante sentencias constitucionales, declaraciones constitucionales o autos constitucionales, y no hace referencia a “comunicados” como un instrumento vinculante.

En el mismo capítulo, se manifiesta explícitamente que “la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional resolverá los procesos sujetos a su conocimiento por mayoría absoluta de votos de sus miembros presentes”.

“Ellos (el TCP) no avalaron las acciones realizadas por la señora Añez. Un argumento que he estado escuchando mucho es que el TCP dijo que era un acto constitucional, el TCP no lo dijo”, aseveró la autoridad.

En noviembre del 2019, el expresidente Evo Morales presentó su renuncia a la presidencia en medio de denuncias de fraude, conflictos sociales y tras perder el apoyo de la Policía y las Fuerzas Armadas. Ese mismo día, renunció el vicepresidente Álvaro García Linera y luego los presidentes del Legislativo, Adriana Salvatierra (Senado) y Víctor Borda (Dipuitados).

En ese sentido, Jeanine Añez, que era segunda vicepresidenta del Senado, asumió la Presidencia de la Cámara Alta y luego de la ALP, ante una Asamblea Legislativa sin quórum y sin antes haber sido designada presidenta del Senado, ni haberse dado lectura a la carta de renuncia del expresidente Evo Morales, ni del entonces vicepresidente Álvaro García Linera.

En ese escenario, Añez fue investida con la banda presidencial por jefes militares en Palacio Quemado y no en el Legislativo, como correspondía. Estos hechos generaron el rompimiento del orden constitucional.

De hecho, a denuncia de la exdiputada del MAS, Lidia Patty, la Fiscalía investiga los hechos del presunto golpe de Estado del 2019 y dentro de esas investigaciones, Añez, se encuentra detenida en un juicio ordinario, por sus actuaciones como exsenadora por el Beni en la etapa previa a la instalación de su gestión.
 

El Periódico Digital OXIGENO.BO, es desarrollado y administrado por Gen Film & Crossmedia Ltda. Teléfono: 591-2-2445455. Correo: info@gen.com.bo