Residencia permanente: El TCP aclara que candidatos sin estatus de asilados o refugiados pueden ser inhabilitados
La aclaración podría perjudicar la postulación de los candidatos Manfred Reyes Villa, en Cochabamba, y Cesar Dockweiler, en La Paz.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió un Auto Constitucional que ratifica que solamente los candidatos que acrediten su condición de asilados o refugiados políticos, a través de entidades nacionales o internacionales, quedan exentos del requisito de residencia de dos años y no podrán ser inhabilitados para las elecciones subnacionales.
“La inhabilitación por ausencia del requisito de domicilio permanente al menos por los dos años inmediatamente anteriores a la elección en el departamento, región o municipio al que postula, no resulta aplicable para quienes acrediten su condición de asilados, refugiados o perseguidos políticos declarados por cualquier instancia nacional o internacional”, señala el Auto Constitucional 001/2021, que fue revelado por Los Tiempos.
Asimismo, señala que “la medida cautelar dispuesta no resulta aplicable para los candidatos que teniendo la posibilidad o sin tener impedimento alguno, decidieron de manera voluntaria, establecer su domicilio o residencia en una circunscripción electoral diferente al que postulan como candidato o candidata”.
En ese sentido, los candidatos Manfred Reyes Villa, en Cochabamba, y Cesar Dockweiler, en La Paz, podrían ser perjudicados por la medida, según el mencionado medio cochabambino.
// Con información de Los Tiempos