Decisión
César Sánchez
03/02/2021 - 13:04

Reelección: La justicia anula la demanda penal contra exmagistrados del TCP; afrontarán juicio de responsabilidades

Ahora, los magistrados Oswaldo Valencia, Mirtha Camacho, Neldy Andrade, Rudy Flores, Zenón Bacarreza y Macario Cortez ya no serán juzgados por la vía penal y deberán afrontar un juicio de responsabilidades, si es que el Legislativo así lo aprueba.

El Juzgado Anticorrupción Segundo de la ciudad de Sucre decidió anular la demanda penal en contra de los exmagistrados del Tribunal constitucional Plurinacional (TCP) que avalaron la figura de la reelección indefinida en el país.

Ahora, los magistrados Oswaldo Valencia, Mirtha Camacho, Neldy Andrade, Rudy Flores, Zenón Bacarreza y Macario Cortez ya no serán juzgados por la vía penal y deberán afrontar un juicio de responsabilidades, si es que el Legislativo así lo aprueba.

Los mencionados exmagistrados, el 28 de noviembre de 2017, dictaron la Sentencia Constitucional 0084 que habilitó al presidente Evo Morales, al vicepresidente Álvaro García Linera y a todas las autoridades electas a repostularse de manera indefinida. Por ello, fueron denunciados penalmente por los supuestos delitos de resoluciones contrarias a la Constitución.

Empero, la demanda no prosperó, y la justicia resolvió “archivar obrados”. El denunciante y abogado, William Bascopé, calificó tal decisión como “vergonzosa”  al precisar que el caso será remitido para juicio de responsabilidades a la Asamblea Legislativa Plurinacional.

“Total vergüenza para la justicia en el país; el Juez Anticorrupción N° 2 de Sucre, acaba de fallar a favor de los exmagistrados que dijeron que es derecho humano reelegirse indefinidamente para Evo Morales y dio por fundado sus excepciones e incidentes”, protestó en su red social Facebook.

Al respecto, el juez Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer, Emilio Pinto, aseguró que con su decisión solo cumplió la Ley ya que consideró que los incidentes interpuestos por dos de los exmagistrados estaban en lo correcto y el caso amerita ser tratado por el legislativo y no por la vía penal.

“Mi resolución ha declarado fundada dicha excepción toda vez que ha encontrado que existía un impedimento legal para continuar la investigación correspondiente”, aseveró el Juez a radio Fides.

Fueron los magistrados Flores y Bacarreza quienes interpusieron los incidentes y excepciones argumentando que no correspondía juzgarlos en la justicia ordinaria, sino en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

En ese sentido, el juez remitió el caso a la Comisión de Justicia Plural a través Comité del Ministerio Público y Defensa del Estado de la Cámara de Diputados, “para que puedan promover la acción legal correspondiente y sean ellos quienes juzguen a estas exautoridades”, precisó.

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