La ASFI informa que las casas de empeño deben ser controladas por la Autoridad de empresas
La ASFI anunció que pedirá a la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) que controle estos negocios para verificar si algunas de esas actividades están vinculadas al lavado de activos.
La directora de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Lenny Valdivia, informó hoy que la regulación de las casas de empeño que existen en el país, se debe dar a través de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP); añadió que pedirá a la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) que controle estos negocios para verificar si algunas de esas actividades están vinculadas al lavado de activos.
En conferencia de prensa, Valdivia señaló que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas debe asumir la regulación de las casas de empeño, por lo que sostuvo reuniones para traspasar toda la información recolectada por ASFI.
Valdivia aclaró que ASFI llevó adelante este registro, porque no se contaba con información actualizada sobre el accionar de esta actividad comercial y por los constantes reclamos que la Defensoría del Consumidor Financiero venía recibiendo de personas que acceden a los servicios que prestan estas Casas de Empeño.
Por otro lado, la Directora de la ASFI también aclaró que las casas de préstamo y empeño que hay en el país, no realizan actividad de intermediación financiera. Explicó que las casas de empeño operan con recursos propios y otorgan préstamos bajo su propio riesgo, aunque los intereses deben estar en regla con el Código de Comercio.
"El empeño o el préstamo no es una actividad de intermediación financiera, porque no están autorizados a captar recursos y dar en préstamo. Lo que realizan estas casas de empeño o préstamo es bajo su propio riesgo, con su capital propio realizan un préstamo, que tiene que estar en el marco del cobro de intereses legales permitido por el Código de Comercio", dijo.
Valdivia agregó que la ASFI verificó que el empeño o préstamo en todo el territorio nacional se lo realiza al amparo de lo que establece el artículo 6 del Código de Comercio, "como una actividad comercial que se encuentra sujeta a la normativa comercial".
También indicó que las personas que visitan las casas de empeño pueden acudir a la Defensoría del Consumidor cuando ven afectados sus derechos como consumidores, en base a lo establecido en la Ley 453.
El registro que realizó la ASFI dio como resultado la existencia en el país de 58 personas jurídicas que realizan la actividad de préstamo o empeño y 405 empresas unipersonales, la mayor parte sin autorización de las alcaldías.
El 45% de esas actividades se concentran en el departamento de La Paz: 25% en El Alto y 20% en la ciudad de La Paz.