207 municipios pagan el bono a personas con discapacidad, aún faltan 122
La Ley 977, promulgada por el presidente Morales, obliga a los municipios a pagar un bono mensual de 250 Bs a las personas con discapacidad grave y muy grave.

Los ministerios de Justicia y Salud informaron que hasta mayo de este año, 207 municipios pagan el bono mensual a personas con discapacidad grave, de un total de 329 gobiernos autónomos municipales, por lo que 122 aún no cumplen con el mandato de la Ley 977 de Inserción Laboral y Ayuda Económica para las Personas con Discapacidad, promulgada por el presidente Morales.
La información se dio en una conferencia conjunta, en la que participaron Estefanía Morales, viceministra de Igualdad de Oportunidades; Emilio Rodas, viceministro de Empleo; Andrea Oropeza, jefa de la Unidad de Discapacidad del Ministerio de Salud; Edwin Soto, director del Comité Nacional de las Personas con Discapacidad (Conalpedis); y el director general de Personas con Discapacidad del Ministerio de Justicia, Javier Salguero.
“Exhortamos a los municipios a cumplir con la Ley 977 e iniciar el pago de este beneficio que consiste en Bs 250 mensual para las personas con discapacidad grave y muy grave. Desde el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional haremos el seguimiento para que se cumpla con el pago del bono mensual”, manifestó la viceministra Morales.
Morales dijo que en la gestión 2018 se tiene planificado pagar a 48.939 personas con discapacidad grave y muy grave que se encuentran registradas en la plataforma Moto Méndez, que ha sido instalada en los 329 municipios que tienen personas con discapacidad beneficiarias del bono.
Asimismo, informó que las personas beneficiarias del bono que todavía no cobraron, deben aproximarse a sus gobiernos autónomos municipales con su carnet de discapacidad, cedula de identidad vigente y verificar que se encuentren registrados en la plataforma Moto Méndez para que procedan al cobro del bono.
En caso de niñas, niños y adolescentes deben estar acompañados de uno de sus padres, tutor o tutora, guardadora o guardador, con el certificado de nacimiento original o la resolución judicial de nombramiento de tutor o tutor, guardadora o guardador.
En caso de personas mayores de edad con discapacidad intelectual y mental o psíquica, las que no pueden valerse por sí mismas, pueden proceder al cobro con la resolución judicial o la admisión de la demanda del nombramiento de tutora o tutor y las que pueden valerse por sí mismas cobrar de manera directa.
A su vez, el director general de Personas con Discapacidad manifestó que para el cobro del bono por primera vez en la gestión 2019, podrán hacerlo aquellas personas con discapacidad que se registraron en la plataforma Moto Méndez hasta el 30 de junio del 2018.