ROE
César Sánchez
01/03/2018 - 18:26

El 16 de marzo vence el plazo para el registro de empresas con 50 trabajadores o más

Las empresas o establecimientos laborales con 49 trabajadores o menos tienen plazo hasta el 30 de abril para el mismo registro.

Evelyn Viscarra, directora general de Trabajo, Seguridad e Higiene Ocupacional.

El 16 de marzo vence el plazo para que las empresas del sector privado y público con 50 o más trabajadores se inscriban en el Registro Obligatorio del Empleador (ROE) a través de la Oficina Virtual de Trámites (OVT).  De igual manera, las empresas o establecimientos laborales con 49 trabajadores o menos tienen plazo hasta el 30 de abril para el mismo registro, informó Evelyn Viscarra, directora general de Trabajo, Seguridad e Higiene Ocupacional.

También mencionó que aquellas personas naturales o establecimientos laborales que  perciban o administren recursos del Estado, deben registrarse por la misma OVT hasta el 26 de julio de esta gestión. Los empleadores del sector público y privado tienen la obligación de actualizar e introducir su información en el ROE a través de la OVT y de manera gratuita.

La Resolución Ministerial No.105/18 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social reglamenta la aplicación del Decreto Supremo No. 3433, del 13 de diciembre de 2017 y estableció que el ROE  se realice a través de la Oficina Virtual de Trámites (OVT) administrada por esta cartera de Estado.

Viscarra informó que los profesionales independientes no deben registrarse en el ROE, a no ser que cuentan con algún personal bajo su dependencia. Tampoco se registran las pequeñas y medianas unidades productivas, ni personas inscritas en el régimen simplificado.

La inscripción y actualización de los datos se debe realizar ingresando a la página Web: www.ovt.mintrabajo.gob.bo, utilizando los datos de acceso otorgados por el Servicio de Impuestos Internos (SIN). 

 “Las empresas o establecimientos del sector privado que no se inscriban en el ROE en los plazos previstos, recibirán multas  fijas de acuerdo al número de trabajadores, o una multa de Bs 1000 para aquellas que no cuenten con trabajadores. El Ministerio de Trabajo desmiente las especulaciones sobre multas excesivas” finalizó Viscarra.

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