El OEP recibió en total 237 pedidos de revocatoria; 66 fueron aceptados y 149 están en revisión
227 corresponden a pedidos para revocar a autoridades subnacionales y 10 para revocar a diputados uninominales de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El Órgano Electoral Plurinacional (OEP) recibió en todo el país 237 solicitudes de revocatorias de mandatos para autoridades electas, de las cuales 227 corresponden a pedidos para revocar a autoridades subnacionales y 10 para revocar a diputados uninominales de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
A nivel regional, en el departamento de Tarija es donde se registra el mayor número de peticiones de revocatorio para autoridades subnacionales, 44 en total; le siguen el departamento de Santa Cruz con 39, La Paz con 36, Potosí con 29, Cochabamba con 25, Beni con 20, Oruro con 14, Chuquisaca con 11 y Pando con nueve.
A la fecha, las Salas Plenas habilitaron 66 solicitudes para la impresión de los libros de adhesión ciudadana, otras 12 fueron rechazadas y 149 aún se encuentran en proceso de revisión de los trámites.
Existen 10 solicitudes nacionales
Las diez peticiones corresponden a diputados uninominales y se encuentran en proceso de revisión de los requisitos que presentados por los ciudadanos que impulsan la iniciativa.
Éstos son: Víctor Alonzo Gutiérrez Flores (Cochabamba); Sandra Cartagena López, (Cochabamba); Francisco Cuellar Ríos (Chuquisaca); Sabelio Estrada (Santa Cruz); Adriana Arias (Santa Cruz); Anacleta Ampuero (Santa Cruz); Eusebia Fernández (Santa Cruz); Edgar Montaño (Santa Cruz); Ana Claudia Torres Diez (Pando) y Carol Mireya Montaño Roca (La Paz). Las solicitudes también alcanzan a sus respectivas suplencias.
Las adhesiones ciudadanas deberán recogerse en 90 días
Según el procedimiento establecido en el Reglamento de Condiciones Administrativas para los Proceso de Revocatoria de Mandato, a partir de la aprobación de la solicitud de impresión de los libros, los promotores de la iniciativa cuentan con 90 días calendario para la recolección del porcentaje mínimo de los datos personales firmas y huellas dactilares de las y los ciudadanos adherentes.
Las adhesiones deberán corresponder a las y los ciudadanos que se encuentran registrados en el Padrón Electoral correspondiente a la circunscripción electoral donde se impulsa la iniciativa.
Cuando se trate de autoridades nacionales, el porcentaje deberá ser de por lo menos el 25% de adhesión de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral nacional; para autoridades departamentales y regionales, el 25%; y para autoridades municipales, el 30%.