Código Penal
César Sánchez
05/01/2018 - 10:50

La Asamblea derogará los dos artículos del Código Penal el martes; hoy elaborarán el Proyecto de Ley

El Presidente del Senado aseguró que se cumplirá con el pedido del Presidente y se derogarán los artículos 137 y 205 del Código penal.

El presidente del Senado, José Alberto Gonzales. Foto: Cámara de senadores

El presidente del Senado, José Alberto Gonzales, informó hoy que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) espera derogar los artículos 205 y 137 del nuevo Código Penal hasta el próximo día martes y así cumplir al pedido del primer mandatario del Estado, Evo Morales.

En ese sentido, Gonzales explicó que la Comisión de Asamblea, que se reunirá esta tarde, tendrá la misión de elaborar el Proyecto de Ley para viabilizar la derogación de los mencionados artículos además de la revisión de los artículos 293 y 294 del mencionado Código.

Este Proyecto de Ley, explicó, deberá ser debatido y aprobado por la Cámara de Diputados, para después ser aprobado por la Cámara de Senadores y así ser  sancionada. Gonzales confía en que este proceso sea completado hasta el próximo día martes, una vez que la Asamblea termine su vacación colectiva.

“Ese Proyecto de Ley va a ser considerado el lunes por diputados y el martes el Senado haría la aprobación y sanción de esa Ley”, señaló Gonzales.

El Presidente del Senado aseveró que la derogatoria de dichos artículos significa que ya no forman parte del nuevo Código Penal.

Ayer, tras más de 40 días desde que inició el paro general indefinido del sector de salud y con la amenaza de un nuevo paro de parte del transporte pesado, el presidente del Estado, Evo Morales, pidió a la Asamblea Legislativa Plurinacional la derogación de los artículos 205 y 137 del nuevo Código del Sistema penal.

El artículo 205 castiga con cárcel a los profesionales que por negligencia causen lesiones o la muerte de las personas, aunque libera de culpa a quienes no hayan tenido las condiciones aptas para desempeñar su trabajo y a los médicos que se hayan enfrentado a una  situación que no se pudo prever; y el artículo 137 se refiere al tipo penal de Homicidio Culposo con Medio de Transporte, el cual castiga con dos a cuatro años de cárcel, reparación económica e inhabilitación a los choferes que por impericia generen un hecho de tránsito con muerte.

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