Repostulación
César Sánchez
30/11/2017 - 20:16

Montaño: ya se ha aplicado el resultado del referéndum del 21F

"Ya se ha aplicado el resultado del referendo porque no se realizó una reforma parcial a la Constitución Política del Estado", aseguró la Presidenta de la Cámara de Diputados.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, afirmó el jueves que el resultado del referendo del 21 de febrero de 2016 (21F), en el que el No a una reforma parcial de la Constitución para permitir una nueva postulación del binomio Morales- García Linera se impuso con el 51% “ya se aplicó porque no se realizó una reforma parcial a la Constitución Política del Estado”.

"Ya se ha aplicado el resultado del referendo, el resultado del referendo era la pregunta usted está de acuerdo con hacer una reforma del artículo 168 que es una reforma parcial, si no se hubiera respetado ese resultado la Asamblea hubiera hecho una reforma parcial de la Constitución y no lo ha hecho", dijo. 

Montaño aclaró que el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que permite la repostulación de autoridades nacionales y subnacionales no afecta a los resultados del referendo del 21 de febrero como dice la oposición.

"Hemos ido por otra vía que no tiene que ver con la reforma parcial de la Constitución, hay una aplicación preferente que no es lo mismo, la sentencia constitucional establece que hay una aplicación preferente, señala los artículos de la Constitución y señala que se ha declarado inconstitucional ciertas frases de ciertos artículos de la ley de régimen electoral, ahí no tenemos nada más hacer en relación a eso", complementó.

El martes, el Tribunal Constitucional Plurinacional aceptó el recurso abstracto de inconstitucionalidad presentado por el oficialismo y habilitó a Evo Morales y Álvaro García Linera para una nueva repostulación para las elecciones generales del 2019.

El presidente del TCP, Macario Lahor Cortez, señaló que la decisión fue de forma unánime en Sala Plena y se amparó en la Convención Interamericana de los Derechos Humanos para dar luz verde a la reelección indefinida de autoridades nacionales, departamentales y municipales.

“Me corresponde informar al pueblo boliviano que el TCP resolviendo la acción de inconstitucionalidad y en estricta aplicación por lo dispuesto en la Constitución Política del Estado (CPE) ha dispuesto la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos por ser una norma más favorable en relación a los derechos políticos que los artículos 156, 168, 285 y 288 de la CPE”, aseveró el Presidente del TCP.

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