Defensoría analiza medidas frente a las observaciones al Código Niño, Niña Adolescente
Según la institución defensora de los derechos humanos, “El nuevo Código, como toda Ley, es perfectible y rectificable y el propio Estado y la sociedad debemos vigilar para que sea cumplido, respetado y mejorado”.
La Paz, 19 de julio (Oxígeno).- La Defensoría del Pueblo analiza las acciones que asumirá frente a la incorporación, en el Código Niño, Niña y Adolescente, de medidas observadas como la edad de imputabilidad y el trabajo infantil, tras la promulgación de la norma por el Órgano Ejecutivo.
“En relación a las observaciones específicas y en uso de nuestras atribuciones constitucionales, hemos decidido realizar un análisis profundo desde la perspectiva de la normativa nacional y los instrumentos internacionales suscritos por Bolivia, a fin de determinar las acciones que se pudieran tomar en el futuro”, señala un comunicado de la institución.
Según la institución defensora de los derechos humanos, “El nuevo Código, como toda Ley, es perfectible y rectificable y el propio Estado y la sociedad debemos vigilar para que sea cumplido, respetado y mejorado”, indica.
El comunicado afirma que el Código es un instrumento que tiene muchos avances en materia de protección, especialmente en cuanto a la tipificación penal del infanticidio, la garantía de derechos en temas de salud, educación, identidad, protección de la niñez y adolescencia con discapacidad, garantías sobre los derechos a la vida, la integridad, el principio de corresponsabilidad y muchos otros, “que han sido recogidos y mejorados del anterior Código y se han incorporado a partir de las sugerencias recibidas de distintas instituciones especializadas”.
Sin embargo advierte que algunos temas se trataron con “superficialidad e inconsistencia”, lo que implican una regresión respecto a los derechos de las niñas, niños y adolescentes y un peligroso mecanismo para sostener y profundizar su vulneración”.
Por otro lado también exige a las autoridades del Estado que se proyecte y se promulgue un instrumento reglamentario a la brevedad con amplia participación de las niñas, niños y adolescentes, así como de las instituciones responsables de implementar las medidas determinadas.
También se demandan políticas públicas, creación de la institucionalidad y sobre todo la asignación de recursos suficientes para garantizar su aplicación y que se implementen acciones informativas, educativas y de sensibilización suficiente y necesaria para que este instrumento sea de conocimiento de la población.
Finalmente, señala que las observaciones que la Defensoría del Pueblo presentó durante el tratamiento de la norma tenían el propósitode que el Código “no cayera en la situación de muchas normas recientemente promulgadas que, perfectas en la teoría y el discurso, no pueden ser aplicadas en la realidad, transformándose en verdaderos monumentos a la retórica y los buenos deseos”.
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