El Tribunal Constitucional admite la Acción presentada por el MAS
La acción de inconstitucionalidad busca que el presidente Evo Morales se presente como candidato en las elecciones presidenciales de 2019.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta planteada por senadores y diputados del Movimiento al Socialismo (MAS) y resolvió poner la acción en conocimiento del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Alvaro García Linera.
La tarde de este viernes los jueces miembros de la Comisión de Admisión del TCP, Ruddy Flores Monterrey, Efren Choque Capuma y Zenón Hugo Bacarreza Morales, que la preside, resolvieron aceptar la acción de inconstitucionalidad que podría permitir que el presidente Evo Morales se presente como candidato en las elecciones presidenciales de 2019.
La acción se pone en conocimiento del presidente de la ALP, ya que representa al Órgano que generó la norma impugnada. García Linera debe apersonarse ante el Tribunal para responder la solicitud.
Asambleístas opositores se instalaron desde el inicio de la semana en el Tribunal para pedir que la acción sea rechazada, líderes políticos y el expresidente Mesa afirmaron que aceptarla sería un golpe a la democracia institucional.
Acción de inconstitucionalidad
El MAS pidió al TCP anular los artículos 52, 64, 65 71 y 72 de la Ley 026 del Órgano electoral, según su interpretación vulneran el artículo 26 de la Constitución Política del Estado (CPE) que establece que: “Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva, todos los ciudadanos tienen derecho a ser elegidos”.
Los legisladores justifican su solicitud con el Art. 256 de la Constitución que establece que los derechos humanos reconocidos por tratados internacionales que sean más favorables al ciudadano se aplicarán incluso por encima de la CPE y con la Convención Americana sobre Derechos Humanos que se refiere al respeto y goce de los derechos políticos de los ciudadanos.
Además piden que el TCP declare que 4 artículos de la Constitución son inaplicables, se refieren a los artículos 156, 168, 285 y 288, por lo que debería reestablecerse los derechos políticos, amparados en instrumentos internacionales; y plantean la inconstitucionalidad de 5 artículos de la Ley 026 de Régimen Electoral, que permite la reelección continua por una sola vez de Presidente, Vicepresidente, Gobernadores, Asambleístas Departamentales, Alcaldes y Concejales.