El MAS presenta acción de inconstitucionalidad para que Morales pueda ser candidato presidencial
Plantean la inconstitucionalidad de 5 artículos de la Ley 026 que permite la reelección continua por una sola vez de Presidente, Vicepresidente, Gobernadores, Asambleístas Departamentales, Alcaldes y Concejales.
Los Jefes de bancada del Movimiento al Socialismo (MAS) presentaron en Sucre, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), un recurso de inconstitucionalidad para anular los artículos de la Ley 026 del Régimen Electoral que impiden que el presidente Morales vuelva a postularse como candidato a la presidencia.
El MAS pide al TCP anular los artículos 52, 64, 65 71 y 72 de la Ley 026 del Órgano electoral, según su interpretación vulneran el artículo 26 de la Constitución Política del Estado (CPE) que establece que: “Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. todos los ciudadanos tienen derecho a ser elegidos”.
Los legisladores justifican su solicitud con el Art. 256 de la Constitución que establece que los derechos humanos reconocidos por tratados internacionales que sean más favorables al ciudadano se aplicarán incluso por encima de la CPE y con la Convención Americana sobre Derechos Humanos que se refiere al respeto y goce de los derechos políticos de los ciudadanos.
Piden que el TCP declare que 4 artículos de la Constitución son inaplicables, se refieren a los artículos 156, 168, 285 y 288, por lo que debería reestablecerse los derechos políticos, amparados en instrumentos internacionales; y plantean la inconstitucionalidad de 5 artículos de la Ley 026 de Régimen Electoral, que permite la reelección continua por una sola vez de Presidente, Vicepresidente, Gobernadores, Asambleístas Departamentales, Alcaldes y Concejales.
El Tribunal que debe responder a esta acción está compuesto por 7 magistrados, su actual presidente es el Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, además lo componen los magistrados Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Efren Choque Capuma, Mirtha Camacho Quiroga, Zenón Hugo Bacarreza Morales, Neldy Virginia Andrade Martínez y Ruddy José Flores Monterrey.
El recurso de inconstitucionalidad abstracto no podrá ser rechazado por razones de forma, el Tribunal tiene cinco días para observar, si fuera el caso, el incumplimiento de los requisitos establecidos para su presentación. Admitida la acción, la Comisión de Admisión ordenará se ponga en conocimiento de la autoridad u Órgano emisor de la norma impugnada, para que en el plazo de quince días se apersone y presente el informe que corresponda. Cumplido el plazo, con o sin informe se procederá inmediatamente al sorteo, debiendo el Tribunal Constitucional Plurinacional emitir la sentencia correspondiente dentro de los cuarenta y cinco días siguientes, esta será de carácter vinculante y general.
Los jefes de bancada del MAS después de presentar el recurso ante el TCP. Foto: Abya Yala