El Estado debe pagar $us 40 mil a Lupe Andrade y sus abogados
Corte IDH declaró a Bolvia culpable de violar los derechos humanos de la ex alcaldesa Lupe Andrade.
El Estado deberá pagar un total de 40 mil dólares americanos a Lupe Andrade y sus abogados de acuerdo a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El Estado Plurinacional de Bolivia fue encontrado culpable de la violación de los derechos a la propiedad privada, a la libre circulación y a ser juzgado en un plazo razonable. Además, establece que se debe definir la situación jurídica de Andrade y publicar un resumen de la sentencia.
La Corte conmina al Estado a detener las medidas cautelares por el proceso “luminarias chinas”. Y a que se defina la situación jurídica de Andrade, “el Estado debe garantizar en un término de un año desde la notificación de esta Sentencia, que se defina de forma definitiva la situación jurídica de la señora Andrade”, dice el documento. La sentencia fue emitida el 1 de diciembre de 2016 y notificada a Bolivia en la misma fecha.
La sentencia, en su art. 208 y 213, establece un total de 40 mil dólares americanos como indemnización monetaria a Andrade y sus defensores, ”indemnización por daño inmaterial, y por el reintegro de costos y gastos” dice la sentencia. Del total, 15 mil son para Andrade por los daños ocasionados al impedirle la circulación dentro y fuera del país; además, debe otros 15 mil dólares a su abogada en los 6 casos, Coty Krsul y 5 mil para cada abogado que colaboró en su defensa, en este caso, Carlos Arrien y Julio Burgos. Los pagos deben hacerse en un máximo de un año y estar libres de descargas fiscales.
La decisión de la Corte fue declarar culpable al Estado Plurinacional de Bolivia de violar los derechos a la propiedad privada, a la circulación y a ser juzgado en un plazo razonable. Y lo absuelve de la violación a los derechos a la libertad persona, de la no protección de la honra y dignidad y de adopción de disposición de derecho interno.
La Corte IDH establece que el Estado debe publicar un “resumen oficial de la sentencia elaborada por la Corte en el diario oficial y uno de amplia circulación nacional” con letra legible y tamaño adecuado. Asimismo, la sentencia completa debe estar disponible en por lo menos un año en un sitio web oficial del Estado. Las publicaciones deben hacerse en un plazo de seis meses desde emitida la sentencia.
Andrade fue procesada por seis casos, entre los que están: pagar a la empresa Gader para elaborar un programa de computación para el sistema municipal de recaudaciones y el desvío de cheques fiscales dirigidos al Fondo de Pensiones Básicas y por comprar luminarias chinas.