Aprueban proyecto de ley de derecho propietario de entidades públicas en áreas rurales
La Cámara de Diputados aprobó ayer el Proyecto, el INRA tendría el derecho al reconocimiento del derecho propietario en tierras fiscales disponibles para proyectos estatales.
La Cámara de Diputados aprobó ayer el Proyecto de Ley 311, de Regulación del derecho propietario de entidades públicas en áreas rurales. El proyecto será remitido a la Cámara de Senadores para su revisión.
El objetivo de la norma, establecido en su art. 1, es “regular el derecho propietario rural sobre tierras fiscales disponibles a favor de entidades públicas para el desarrollo de fines y funciones esenciales”. Con esta norma el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) podrá reconocer “a título gratuito” el derecho propietario de tierras fiscales a favor de entidades públicas para “funciones esenciales del Estado”.
A través del INRA las entidades públicas, presentando proyectos, pueden pedir espacios y tierras para sus proyectos con la condición de que éstos inician un máximo de dos años después de emitida Resolución Administrativa del INRA. Además, estas tierras no podrán ser transferidas a particulares ni cumplir otra función que no sea la establecida en el proyecto presentado, según su art. 4.
El proyecto consta de 7 artículos y habría sido recibido en la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas el 7 de noviembre del presente año. En el análisis presentado por la Comisión, se establece que “el Estado Plurinacional y la magnitud de inversiones estatales en actividades estratégicas orientadas a fines o funciones esenciales del Estado, conllevan la exigencia de constituir derecho propietario a favor de las entidades o empresas públicas a fin de otorgar seguridad jurídica a las inversiones y operaciones, favoreciendo con ello al desarrollo del país”.
Asimismo, el documento presentado por la Comisión, dice que “es necesario regular un procedimiento que permita el reconocimiento del derecho propietario en tierras fiscales disponibles, siempre que la condición de fin o función esencial del Estado se califique mediante Decreto Supremo. El art. 7 del proyecto de ley establece que “las entidades públicas que tengan constituidos derechos de usufructo en tierras fiscales podrán acceder al reconocimiento del derecho propietario sujetándose a lo establecido en la presente ley”.
Según el director nacional del INRA, Johnny Cordero, "mediante esta ley se otorgará derecho propietario a predios en área rural que coadyuven a proyectos de investigación, educación, ciencia y tecnología, salud, educación, entre los más importantes. Es un gran paso para la inversión del gobierno sea duradera y pensada en proyectos de bien común, a corto, mediano y largo plazo".