Normativa
Redacción Oxígeno
10/10/2016 - 19:27

Presentan Reglamento contra el acoso y la violencia política hacia las mujeres

Los ministerios de Justicia y Autonomías presentaron el Decreto que establece mecanismos de prevención, atención y sanción contra actos individuales y coletivos de acoso. 

Los ministros de Justicia y Autonomías en la Presentación el Decreto Supremo. Foto: Min. Justicia.

Los ministerios de Justicia y Autonomías presentaron el Decreto Supremo Reglamentario de la Ley 243 Contra el Acoso y Violencia política hacia las mujeres. El documento establece mecanismos de prevención, atención y sanción contra actos individuales y coletivos de acoso. 

“Este Decreto Supremo reglamentará la prevención sanción y atención de las mujeres víctimas de acoso y violencia política… Determinará una sanción administrativa que será aplicada en la Fiscalía y dentro de cada municipio… Bolivia es el primer país que tiene una Ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres…” dijo la Ministra de Justicia, Virginia Velasco al presentar el reglamento.

Esta normativa es el resultado de un proceso de construcción de consensos entre el Ministerio de Justicia, el Ministerio de  Autonomías, el Órgano Plurinacional Electoral (OPE), la Asociación de Concejalas de Bolivia (Acobol) y el Comité de impulso de la agenda política y legislativa, el cual aglutina a diversas organizaciones de mujeres.

Al momento de presentar la norma, Velasco explicó que a nivel nacional se procesan 272 causas por acoso y violencia política hacia las mujeres en la función pública. De éstas, la mayoría se encuentran en cinco departamentos: 64 en Chuquisaca, 54 en La Paz, 48 en Potosí, 37 en Santa Cruz y 16 en Cochabamba.

El Ministro de Autnomías, Hugo Siles, manifestó que se ha “desarrollado una normativa y legislación innovadora que de forma directa protege contra toda forma de violencia, acoso político contra las mujeres autoridades, contra las mujeres que ejercen un cargo electivo…para que se pueda reglamentar de forma específica estos casos de hostigamiento de persecución de discriminación de violencia en ejercicio de sus funciones públicas”.

El Decreto tiene 3 capítulos, 20 artículos, 3 disposiciones adicionales y una disposición única. El primer capítulo define las dispoisicones generales, el objetivo y la definiciones sobre el ámbito de protección y sobre los actos de acoso y violencia política hacia las mujeres. El segundo capítulo, establece el diseño y la implementación de estrategias y mecanismos de prevención, capacitación e información para la implementación de la Ley 243. Entre las que están las grabaciones de las sesiones de órganos deliberativos de las Entidades Territoriales Autónomas, y la activación inmediata de un mecanismo de prevención y atención cuando se conozca un caso de acoso y/o violencia política hacia las mujeres que ponga en peligro la vida o integridad física de éstas. El tercer capítulo, determina que la Comisión Ética de cada organo deliberativo es la encargada de resolver denuncias en la vida administrativa bajo un procedimiento marco y exclusivo en la vía administrativa para las autoridades electas.

La Ley 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacia las mujeres fue promulgada el 28 de mayo del 2012 y se constituye la primera norma de éste tipo en la región.

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