Discovery prepara documental sobre demora del desminado en frontera Bolivia - Chile
El Ministerio de Defensa apoyará la iniciativa para realizar el documento audiovisual. El Gobierno chileno se comprometió hasta el 2012 a sacar las minas personales colocadas las regiones fronterizas de Caihuasi, Oruro y Bella Vista, en Potosí en el marco del tratado de Ottawa. Sin embargo, después, solicitaron una ampliación para cumplir con ese objetivo hasta 2020.
La Paz, 18 de noviembre (Oxígeno).- El ministro de Defensa, Reymi Ferreira, informó hoy que el canal internacional Discovery Channel prepara un documental con el apoyo de medios bolivianos para dar a conocer sobre el tema de las minas antipersonales en la frontera entre Bolivia y Chile.
“Hay campos minados no desactivados en la frontera cercanas a Potosí y Oruro y esto no ha sido cumplido por Chile (…) Un medio de comunicación, Discovey Channel, va a trabajar con algunos medios de comunicación (bolivianos), van hacer un documental para demostrar y denunciar internacionalmente que esto se está produciendo”, declaró Ferreira en entrevista con radio Patria Nueva.
El Gobierno chileno se comprometió hasta el 2012 a sacar las minas personales colocadas las regiones fronterizas de Caihuasi, Oruro y Bella Vista, en Potosí en el marco del tratado de Ottawa. Sin embargo, después, solicitaron una ampliación para cumplir con ese objetivo hasta 2020.
Ferreira indicó que el Ministerio de Defensa apoyará la iniciativa para realizar el documento audiovisual. Bolivia cumplió formalmente a través de Cancillería con el pedido de desminado que hasta el momento no logró resultados favorables.
El Tratado de Ottawa o la Convención sobre la prohibición de minas antipersonales es un acuerdo internacional de desarme que prohíbe la adquisición, la producción, el almacenamiento y la utilización de minas antipersonales.
Las prohibiciones establecidas en la convención son:
Nunca emplear, poner a punto, producir, adquirir, almacenar, conservar o transferir a quien sea minas antipersonales.
-Destruir todas las minas antipersonales en su posesión a más tardar cuatro años después de la entrada en vigor de la Convención para este Estado miembro.
Destruir todas las minas antipersonales presentes en zonas de su territorio dentro de los diez años después de la entrada en vigor de la Convención para ese Estado miembro y después de haberlas identificado y señalado.
Proveer y/o pedir asistencia a otros Estados miembros para cumplir con sus obligaciones si fuera posible y en la medida de lo posible.
Tomar todas las medidas legislativas apropiadas para prevenir y reprimir toda actividad prohibida a un Estado miembro en virtud de la Convención.
- Es posible conservar un pequeño número de minas antipersonales a fin de capacitar en técnicas de detección y destrucción de minas.