Redacción Oxígeno
10/11/2015 - 13:02

El TSE prohíbe a niveles del Estado a hacer propaganda por el Sí o el No

Hoy el TSE difundió un comunicado en el que explica que si bien la Ley del Régimen Electoral ya establecía la prohibición de propaganda del Gobierno desde 30 días antes de los comicios, “la nueva norma profundiza y precisa las características y plazos en los que se permitirá su difusión”.

Los vocales del Tribunal Supremo Electoral (Foto: AFKA)

La Paz, 10 de noviembre (Oxígeno).-  El nuevo Reglamento para la Campaña y Propaganda Electoral en Referendo aprobado por Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) incorpora por primera vez toda una sección destinada a normar la propaganda gubernamental en todos los niveles de Estado.

Hoy el TSE difundió un comunicado en el que explica que si bien la Ley del Régimen Electoral ya establecía la prohibición de propaganda del Gobierno desde 30 días antes de los comicios, “la nueva norma profundiza y precisa las características y plazos en los que se permitirá su difusión”.

Mensajes que induzcan al voto

“Una nueva incorporación respecto a la propaganda gubernamental es la destinada a limitar la difusión de mensajes que induzcan al voto, en este sentido, el reglamento prohíbe que el gobierno central, los gobiernos sub-nacionales o las empresas del Estado emitan spot o cuñas que contengan mensajes utilizando frases o imágenes que hagan referencia al ‘SÍ’ o al ‘NO’”, se lee en parte de la nota de prensa.

La norma también establece que 30 días previos a la votación no estará permitida la difusión de actos de entregas de obras de ningún nivel gubernamental, aunque admite la cobertura periodística o de tipo informativo. Asimismo, limita la transmisión en vivo y en directo de dichos actos a 15 minutos en cada caso.

Redes sociales y páginas web

Por otro lado, el reglamento señala que desde un mes antes del referendo, los distintos niveles de gobierno deberán suspender su propaganda en cualquier medio de comunicación, incluyendo páginas web y redes sociales oficiales. Sin embargo, exime de esta disposición a las empresas del Estado y a la difusión de mensajes estrictamente informativos como, por ejemplo, los vinculados a situaciones de emergencia, y siempre y cuando no utilicen imágenes o voces de alguna autoridad electa.

Como en anteriores procesos, el nuevo Reglamento establece que las servidoras y los servidores públicos que tengan un horario laboral fijo no podrán hacer campaña en esas horas, pero esta  nueva normativa dispone que ningún servidor/a público/a podrá hacer campaña o propaganda electoral en actos de gestión, como la inauguración de obras, y menos utilizando recursos públicos. En caso de incumplimiento de esta prohibición, el caso será puesto en conocimiento de la Contraloría General del Estado para el establecimiento de las responsabilidades que correspondan.

Si bien el TSE difundió una nota de prensa con algunos detalles que dan a conocer en qué consiste el Reglamento para la Campaña y Propaganda Electoral en Referendo, el documento no fue socializado aún.

El Tribunal Supremo Electoral aprobó el viernes el calendario electoral para el referendo constitucional para el 21 de febrero. Los bolivianos acudirán a las urnas para definir con su voto si están de acuerdo o no con la modificación de la Carta Magna para una repostulación del presidente Evo Morales el 2019.

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