Comité de Diputados aprueba proyectos de ley de debate obligatorio y equidad de género en candidaturas
Las dos normas son parte de las seis leyes que el Legislativo se comprometió a aprobar – en el Tercer Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia- antes de la emisión de la convocatoria a las elecciones generalas, prevista por el TSE para abril.

Por unanimidad, el Comité de Democracia y Sistema Electoral aprobó este jueves los proyectos de ley de equidad de género en binomios presidenciales y de debate obligatorio con miras a las elecciones generales del 17 de agosto, y los remitió a la Comisión de Constitución para su tratamiento.
“Nosotros hemos aprobado por unanimidad estos dos proyectos de ley, el 112 que es el de debate obligatorio y el 269 de equidad y paridad de género. El Comité va a pasar el informe a la Comisión de Constitución y seguramente el día martes se dará el tratamiento y aprobación”, informó la secretaria del Comité de Democracia y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados, la diputada Blanca López.
Las iniciativas fueron presentadas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en 2024 y su impulsora es la vocal Nancy Gutiérrez.
De acuerdo a procedimiento legislativo, los proyectos de ley deben pasar por la aprobación de un comité y una comisión antes de llegar al pleno de Diputados o de Senadores.
El proyecto de ley 269/2024-2025 plantea la modificación del artículo 28 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas “para que las candidaturas de Presidente y Vicepresidente y de autoridades ejecutivas departamentales cumplan con los criterios constitucionales de paridad y equidad de género”.
“En el proceso de nominación de candidaturas para Presidente y Vicepresidente del Estado y de Autoridades Ejecutivas Departamentales, por parte de las organizaciones políticas o alianzas, se garantizará el cumplimiento de los criterios de paridad y alternancia en las listas entre hombres y mujeres. En el caso que los Estatutos Orgánicos de las organizaciones políticas señalen la elección de binomios u otras modalidades similares de autoridades y representantes en los diferentes niveles del Estado Plurinacional de Bolivia, se aplicarán los principios de equidad de género en la nominación de las candidaturas. En caso de incumplimiento, las listas serán rechazadas por el Tribunal Electoral correspondiente de acuerdo a la normativa vigente", refiere el artículo 2 de la propuesta.
La disposición final de la iniciativa establece que el TSE tendrá un plazo de sesenta días para reglamentar la aplicación de la paridad y equidad de género en las postulaciones a partir de la promulgación de la ley.
Mientras que el proyecto de ley 112/2024-2025 plantea la incorporación del artículo 137 bis a la Ley 026 del Régimen Electoral. En la disposición se establece que el debate electoral público es obligatorio para la reflexión y deliberación de las propuestas programáticas de las candidatas y candidatos a cargos públicos elegibles, es decir, presidente, vicepresidente, gobernadores, alcaldes y concejales.
Los candidatos o candidatas que incumplan con la participación en debates serán sancionados con la suspensión de la subvención indirecta estatal del fortalecimiento público a su organización política.
Estas dos propuestas son parte de las seis leyes que el Legislativo se comprometió a aprobar – en el Tercer Encuentro Multipartidario e Interinstitucional por la Democracia- antes de la emisión de la convocatoria a las elecciones generalas, prevista por el TSE para abril.
Entre las normas también está el referido al préstamo BV-C3 de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA) por $us 100 millones.