Ley
César Sánchez
26/09/2024 - 13:32

El Senado sanciona la norma que modifica la Ley de modificación de pensiones

La Cámara de Senadores ratificó la anulación de la disposición adicional que era rechazada por el sector salud, el Magisterio, entre otros sectores, por considerar que imponía una jubilación forzosa.

La Cámara de Senadores en una sesión anterior.

La Cámara de Senadores aprobó este jueves la Ley 035 de modificación a la Ley de pensiones y ratificó la anulación de la disposición adicional que era rechazada por el sector salud, el Magisterio, entre otros sectores, por considerar que imponía una jubilación forzosa.

“Pleno de Senado sanciona por unanimidad el proyecto de Ley N° 035 de modificaciones a la Ley N° 065 de Pensiones, y lo remite a Órgano Ejecutivo para fines constitucionales de promulgación”, informó el Senado a través de su cuenta oficial en las redes sociales.

Según información oficial, la Ley aumenta los límites solidarios en función a la cantidad de años de aportes, estableciendo Bs720 como límite inferior para quienes han aportado 10 años y eleva de Bs 4.200 a Bs 5.200 el límite superior para quienes han contribuido durante 35 años.

Actualmente, la Pensión Solidaria de Vejez beneficia al menos al 69% de los jubilados del SIP, es decir, que 152.566 pensionados, de un total de 220.526, tienen una mejora en su pensión gracias a los límites solidarios.

Para financiar esta mejora y garantizar la sostenibilidad del Fondo Solidario, la Ley modifica los aportes de los empleadores, públicos y privados y de los trabajadores con ingresos elevados. Este fondo tiene el propósito de ayudar a aquellos trabajadores que tienen un capital pequeño en su Cuenta Personal Previsional por lo que reciben una pensión de jubilación baja.

Con la modificación, el Aporte Patronal Solidario aumentará del 3% al 3,5%, mientras que el Aporte Solidario Minero del Empleador subirá del 2% al 2,3%. Asimismo, el Aporte Nacional Solidario de los trabajadores con ingresos mayores a Bs13.000, aumentará   del 1% al 1,15% (para quienes ganan entre Bs13.000 y Bs 24.000); del 5% al 5,74% (para los que perciben entre Bs 25.000 y Bs35.000) y del 10% al 11,48% (remuneraciones mayores a Bs35.000).

Por ejemplo, con la Ley, un trabajar que percibe Bs15.000 y contribuye con Bs20 al Fondo Solidario, verá su aporte aumentar a Bs23, es decir solo Bs3 adicionales. Para un trabajador que gana Bs25.000 su aporte se incrementará de Bs120 a Bs138, es decir, solo Bs18 de aumento.

Por otra parte, tras un acuerdo entre la Central Obrera Boliviana (COB) y el Colegio Médico de Bolivia, representados por sus máximos dirigentes, la Cámara de Diputados suprimió la Disposición Adicional Única y la Disposición Transitoria Segunda del proyecto de ley.

La Disposición establecía que los asegurados de 65 años, para su continuidad laboral y a su solicitud expresa, deberían “someterse a un examen médico de aptitud física y mental a cargo del Instituto Nacional de Salud Ocupacional”.

Pero se excluía de esa disposición a “las autoridades electas, designadas y de libre nombramiento”, por lo que se generó, en su momento, una serie de protestas, principalmente, en el sector salud del país.

El Periódico Digital OXIGENO.BO, es desarrollado y administrado por Gen Film & Crossmedia Ltda. Teléfono: 591-2-2445455. Correo: info@gen.com.bo