Elecciones 2025
César Sánchez
16/08/2024 - 19:26

Vocal del TSE afirma que organizaciones como la CSUTCB o las Bartolinas pueden presentar sus candidatos presidenciales

El vocal Tahuichi Tahuichi recordó que la Constitución, en su artículo 209, establece que “las candidatas y los candidatos a los cargos públicos electos, con excepción de los cargos elegibles del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, serán postuladas y postulados a través de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las agrupaciones ciudadanas y los partidos políticos, en igualdad de condiciones y de acuerdo con la ley”.

La CSUTCB podría postular a sus candidatos para aspirar a la presidencia del Estado el 2025.

Las organizaciones sociales, como la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb) y la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia - Bartolina Sisa, pueden participar con candidatos de las elecciones de alcance nacional cumpliendo cinco requisitos, informó el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Tahuichi Tahuichi Quispe.

La Constitución Política del Estado (CPE) establece en su artículo 209 que “las candidatas y los candidatos a los cargos públicos electos, con excepción de los cargos elegibles del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, serán postuladas y postulados a través de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las agrupaciones ciudadanas y los partidos políticos, en igualdad de condiciones y de acuerdo con la ley”.

“Este artículo dice que hay tres tipos de organizaciones políticas que tienen la misma jerarquía, ni una es más ni una es menos. Y se van a caer de espaldas los políticos, porque hoy día vivimos una suerte de monopolio de partidos políticos. Hay analistas que ni siquiera se asoman a este artículo”, afirmó en un taller con periodistas y jefes de prensa del departamento de Cochabamba sobre los acuerdos suscritos en la Declaratoria por la Democracia del 10 de julio.

Basado en la disposición constitucional, aseguró que las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos “pueden participar en un proceso electoral de alcance nacional”.

“Por ejemplo, la Confederación Sindical Única de Campesinos de Bolivia no necesita de ningún partido. Ellos (sus afiliados) pueden postular a su candidato presidencial, vicepresidencial, pueden postular a sus diputados y senadores. Las hermanas Bartolinas, que se acomodan a este artículo, no necesitan de ningún partido político. Ellas solas tienen que postular a su presidenta, vicepresidenta, senadoras, diputadas”, aseguró.

El tratamiento a estas organizaciones “es distinto” al de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas que tienen militantes y deben cumplir ciertos requisitos para lograr la personalidad jurídica.

En cambio, explicó, “una organización indígena, para participar de un proceso electoral de alcance nacional necesita cinco requisitos: primero, su nombre, su sigla y colores; segundo, su estatuto orgánico; tercero, su personería jurídica; cuarto, que se cuente con un acta donde se exprese la voluntad de la organización para participar en ese proceso electoral; y quinto, su propuesta programática de gobierno”. “Así pueden participar”, aseguró.

En 2025, los bolivianos volverán a las urnas para elegir al presidente y renovar 36 senadores y 130 diputados por el periodo 2025 – 2030. Las nuevas autoridades deben asumir sus cargos el 8 de noviembre de 2025.

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