ALP
César Sánchez
20/06/2024 - 21:12

TCP notifica su auto constitucional que define que actos de la sesión de la ALP liderada por Andrónico son “nulos”

En el auto constitucional, el TCP confirma que admitió el recurso de nulidad presentado por el diputado del ala renovadora del Movimiento al Socialismo (MAS), Juan José Jáuregui, y evidenció que la sesión convocada por Rodríguez presentaba la “existencia de una nulidad procesal por su origen”.

Andrónico Rodríguez lideró una polémica sesión de la ALP el 6 de junio.

Finalmente este jueves el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) notificó a todas las partes con su auto constitucional en el que declara “nulo de pleno derecho” todos los actos desarrollados en la sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) encabezada por el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, el pasado 6 de junio.

En el auto constitucional, el TCP confirma que admitió el recurso de nulidad presentado por el diputado del ala renovadora del Movimiento al Socialismo (MAS), Juan José Jáuregui, y evidenció que la sesión convocada por Rodríguez presentaba la “existencia de una nulidad procesal por su origen”.

“La Sala Plena del TCP, en aplicación del art. 147 del Código Procesal Constitucional, evidencia en el trámite del presente recurso de nulidad, la existencia de una nulidad procesal por su origen; en consecuencia, resultan nulos de pleno derecho todos los actos legislativos, efectuadas por la autoridad recurrida, Andrónico Rodríguez Ledezma, presidente de la Cámara de Senadores”, señala el auto constitucional del TCP.

Asimismo, el auto constitucional del TCP- que lleva la firma de ocho magistrados, excepto Georgina Amusquivar por estar declarada en comisión- específica que aún no se emitió la sentencia sobre el fondo del caso, cuyo plazo es de 30 días.

En ese sentido, según Correo del Sur, el TCP especifica que, aún, no dejó sin efecto la convocatoria a la séptima sesión ordinaria de la ALP, ni la sesión y tampoco estableció si Rodríguez usurpó o no funciones que no le competían al momento de convocar a la sesión. Todos esos asuntos se darán a conocer en la sentencia final del caso.

Cabe recordar que el TCP admitió el recurso de nulidad de Jaúregui y horas antes de que dé inicio la polémica sesión y dispuso su suspensión.

Ese mismo día la admisión del recurso fue notificada a Rodríguez, sin embargo, éste la devolvió argumentando que en el documento se lo identificó como Presidente del Senado cuando ese momento, consideraba que ejercía el cargo de Presidente en Ejercicio de la ALP debido a que el Jefe de Estado, Luis Arce, estaba de viaje en Rusia y entregó al bastón de mando al vicepresidente David Choquehuanca.

No obstante, el artículo 147 del Código Procesal Constitucional (CPCo) dispone la suspensión de las competencias de la autoridad demandada una vez admitido el recurso de nulidad.

 “Desde el momento de la notificación con el Recurso Directo de Nulidad (RDN) queda suspendida la competencia de la autoridad recurrida con relación al caso concreto. Será nula de pleno derecho toda disposición que se dicte con posterioridad”, señala la normativa.

En la cuestionada sesión, y con el apoyo de los legisladores del evismo, Comunidad Ciudadana y Creemos, Andrónico sancionó la ley 075 que cesa de sus funciones a los magistrados y consejeros “autoprorrogados” del Órgano Judicial.

Además, también dieron luz verde a la “Resolución de Asamblea, que dispone la prosecución de la preselección judicial, instruyendo a las Comisiones Mixtas de Constitución y Justicia Plural dar continuidad a este proceso para garantizar las elecciones judiciales”.

Por otro lado, la Sesión liderada por Rodríguez aprobó el crédito para la construcción de la doble vía Caracollo-Confital-Bombeo-Colomi y decididó suspender el tratamiento de otro préstamo internacional.

Finalmente, aprobó el Decreto Presidencial que aprueba la "Concesión de Amnistía e Indulto por Razones Humanitarias".

Sobre el tema, ayer, martes, el presidente de la ALP, David Chpquehuanca, había adelantado que la validación de la sesión liderada por Andrónico, y la consecuente promulgación de las normas sancionadas en ella, dependía del TCP.

La mañana de este jueves, Rodríguez se refirió a la decisión del TCP y afirmó que el auto constitucional no tiene “valos legal” y acusó a los magistrados de buscar “asegurar” su autoprórroga.

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